El marroquí detenido en 2015 por yihadismo, condenado a 5 años de cárcel 

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Efe – «Todo este material tiene un único sentido, presentar como heroico el combate que bajo la bandera del Dáesh se esta llevando a cabo en todo el mundo y llamar a los musulmanes a hacer la yihad», recogen los jueces en la sentencia. Vista exterior del edificio de la Audiencia Nacional en Madrid. Efe.

La Audiencia Nacional ha condenado a cinco años de cárcel y a otros tantos de libertad vigilada a la joven de 18 años procedente de Gandía que intentó viajar a Siria para enrolarse en las filas del Dáesh al considerar que incurrió en un delito de colaboración con organización terrorista.

Sin embargo, la absuelve de los delitos de integración en organización terrorista, autoadoctrinamiento y tentativa de desplazamiento a territorio extranjero, de los que le acusaba la Fiscalía, que pedía para ella nueve años de cárcel.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por Fernando Grande-Marlaska, ha considerado probado que Raja E.A. se radicalizó en los postulados del Dáesh e intentó viajar a una zona de conflicto pese a la oposición de sus padres.

Todo ello con el objetivo de viajar a Siria y «contraer matrimonio con un muyahidín como forma de llevar a cabo su propia yihad».

Para conseguir su fin, la joven de origen marroquí y que fue detenida en 2015 entró en contacto con gente que le informó acerca del viaje: saldría de Estambul, donde «un hermano coordinador» la recogería y la llevaría a Siria.

Fue al volver de un viaje a Marruecos cuando siguió difundiendo con mayor proliferación fotografías y vídeos de propaganda del Dáesh en numerosas cuentas que tenía abiertas en redes sociales.

«Todo este material tiene un único sentido, presentar como heroico el combate que bajo la bandera del Dáesh se esta llevando a cabo en todo el mundo y llamar a los musulmanes a hacer la yihad», recogen los jueces en la sentencia.

Para los magistrados, no solo ha quedado probado que la acusada ensalzaba al Estado Islámico en las redes sociales sino que también «hizo llamamientos a llevar cabo la yihad» y facilitó «información, ayuda y hasta consejos sobre la forma de desplazarse a las zonas de conflicto».

Según la sentencia, mantuvo conversaciones con personas de múltiples países en las que llegó a hacer hincapié en que el Estado Islámico lo que realmente necesita no es dinero, sino muyahidines.

E incluso llegó a utilizar chats de acceso restringido manejados por miembros del Dáesh y «utilizados para defender sus postulados, legitimar sus actividades terroristas y captar nuevos miembros».

La acusada desmintió en el juicio que intentase captar a nadie o querer viajar a Siria para enrolarse en las filas del Dáesh y pidió al tribunal que la dejase volver a casa: «No soy terrorista, yo quiero estudiar y estar con mi familia».

Dijo que fue una amiga la que intentó influir en ella acerca de la organización terrorista y que ella al principio la creyó porque era «muy inocente y un poco tontita».

Además de la pena de cárcel, el tribunal la condena a 6 años de inhabilitación pero la absuelve de los delitos de adoctrinamiento y tentativa de desplazamiento al entender que éstos están implícitos en el de colaboración con organización terrorista.

Y lo mismo hace con el de integración en organización terrorista en tanto que considera que el tiempo que ha estado en contacto con los postulados del Dáesh no es el suficiente para demostrar que pudo llegar a tener «una vinculación estable y permanente» con la organización yihadista.