El TC anulará mañana miércoles la declaración separatista del Parlamento de Cataluña

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Agencias – El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) emitirá sentencia previsiblemente este miércoles, 2 de diciembre 2015, sobre la declaración de ruptura de Cataluña con el resto de España con la desobediencia a las instituciones del Estado empezando por el TC aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado lunes 9 de noviembre 2015 y con toda probabilidad la declarará inconstitucional y nula. Madrid, 1 de noviembre 2015. Fotografía:  Fachada exterior del Tribunal Constitucional. lasvocesdelpueblo.

Los magistrados han abordado la cuestión durante cuatro horas en el pleno de este martes 1 de noviembre 2015 y han suspendido la reunión hasta este miércoles a las once de la mañana. Tienen sobre la mesa la ponencia del magistrado conservador Andrés Ollero, miembro del Opus Dei y que fue diputado del PP en el Congreso durante 17 años. En una muestra de celeridad nunca vista en el TC -que tiene recursos pendientes de resolver desde hace años, como por ejemplo la del PP contra la ley del aborto de Zapatero- los magistrados buscan emitir una sentencia sólo tres semanas después de admitir a trámite el recurso. La sentencia acelerará la vía para que el TC haga uso de sus nuevas atribuciones que le permiten multar o suspender cargos públicos en el caso de que el Parlamento o el Gobierno incumpla esta anulación y desarrolle cualquier iniciativa soberanista.

Los magistrados trabajan en la unanimidad en la sentencia y también acertar en el tono que utilizarán en la respuesta a la declaración independentista del Parlamento. La sentencia llegará previsiblemente este miércoles, justo antes del inicio de la campaña electoral la noche del jueves y también antes de la celebración de las elecciones españolas del 20-D.

Si cumplen las previsiones y emiten sentencia en la reunión que comienza el miércoles a las 11, tendrán necesidad sólo tres semanas para resolver sobre la declaración separatista de Juntos Por El Sí (JxSí) de Artur Mas Gavarró (CDC) y Oriol Junqueras Vies (ERC) y Candidatura de Unidad Popular (CUP) de Antonio Baños Boncompain y Anna Gabriel Sabaté y no habrán utilizado ni siquiera los cinco meses de suspensión cautelar que se activaron el 11 de noviembre cuando admitió a trámite el recurso del Gobierno de la Nación.

Para responder a la declaración de soberanía del Parlamento de 2013 habían necesitado casi 11 meses, para resolver la consulta del 9-N siete meses, y para resolver el recurso contra el Estatuto cuatro años justos. Tienen sobre la mesa recursos mucho más antiguos pendientes de resolver. Uno de los ejemplos más claros es el recurso que 50 diputados y senadores del PP presentaron contra la Ley del aborto el 31 de mayo de 2010, que aún no tiene sentencia.

Los mismos argumentos que el Estado

Los magistrados rechazarán previsiblemente las alega alegaciones del Parlamento de Cataluña, que defendía que la resolución es una «simple instrucción indicativa para la que se manifiesta más una aspiración o deseo que una disposición vinculante (para el Gobierno)». Según el Parlamento la declaración no genera «efectos jurídicos», ya que no «obliga» formalmente al Gobierno a cumplirla, y se circunscribe únicamente al debate político.

También indicaba que las resoluciones no tienen la fuerza legal para «anular» la aplicación del principio de legalidad y no se puede presuponer que el Ejecutivo incumplirá la ley aunque una moción del inste a hacerlo. En cambio, la sentencia redactada por Andrés Ollero apoyaría los argumentos del Gobierno de la Nación, que en su recurso denunciaba el incumplimiento por parte del Parlamento de Cataluña de siete artículos de la Constitución de la patria y tres del Estatuto de Cataluña.

Según el texto que la Abogada del Estado registró, la declaración independentista supuso un «desprecio absoluto al Estado de derecho» y es «radicalmente inconstitucional». El texto argumentaba que la declaración «atacaba» la soberanía española y por tanto también al Estado de derecho ya sus poderes.

Una vía hacia la suspensión

Una sentencia firme contra la declaración de soberanía reforzará la posibilidad de que el TC haga uso de las nuevas atribuciones que le otorgó la reforma impulsada por el PP, que le permite suspender y multar a los cargos públicos que no cumplan sus sentencias. Se podría activar esta vía desde el momento en que el Parlamento o el Gobierno aprueben cualquier iniciativa soberanista. Con todo, la reforma deja en manos del TC los plazos en que puede actuar, o no, si detecta un incumplimiento.

El mecanismo que recoge la ley establece que, cuando se decida a actuar, primero el TC ha de advertir a la persona o institución que podría estar incumpliendo una resolución, dándole de esta manera la posibilidad de rectificar. La ley, sin embargo, no establece el plazo máximo de que dispone el Tribunal para hacer esta advertencia ni tampoco los días que deja al supuesto incumplidor para actuar.