El Tribunal rechaza el recurso y obliga a Puigdemont a devolver los bienes de Sijena robados

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FOTOGRAFÍA. ARAGÖN (ESPAÑA), 11.12.2017. En la imagen facilitada por la entidad aragonesa APUDEBA, unas piezas del Sigena robado por la Generalidad de Cataluña. «El retablo de la Virgen del Comendador o la tabla de Jesús ante los Doctores están en el MNAC de Barcelona y se vendieron antes de 1923, por lo que ni se reclaman ni se devuelven», denuncia en su cuenta oficial en las redes sociales Twitter APUDEBA, durante el traslado de las 43 obras de arte del Sigena de Cataluña a Huesca. Sijena. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Agencias.- Huesca (España), viernes 14 de julio de 2017. La Audiencia de Huesca ha considerado este viernes innecesaria la petición del Gobierno autonómico de la Generalidad de Cataluña del presidente Carles Puigdemont Casamajó y del Museo Nacional de Arte de Cataluña de practicar unas pruebas periciales y documentales que ya fueron rechazadas en primera instancia para resolver las sentencias que les condenan a devolver bienes históricos del Monasterio de Sijena.

En concreto, la Audiencia de Huesca rechaza las peticiones referidas tanto a la sentencia que condena a la administración catalana a devolver 44 piezas del patrimonio de Sijena depositadas en el Museo de Lérida como la que orden la devolución al cenobio de las pinturas románicas de su sala capitular.
FOTOGRAFÍA. CATALUÑA, 05.06.2016. El Museo Nacional de Arte de Cataluña incluye en sus colecciones un buen número de obras de arte desgajadas. Ñ Pueblo
El tribunal oscense rechaza la práctica de prueba documental ya que fue debidamente rechazada en primera instancia por las titulares de los juzgados números 1 y 2 de la capital altoaragonesa.

Por esta razón, de acuerdo con los argumentos planteados desde la representación del Gobierno aragonés y del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, la Audiencia de Huesca rechaza la celebración de nuevas vistas para resolver en segunda instancia los recursos interpuestos.

En relación a la sentencia del juzgado que resolvió el litigio por las pinturas murales, el tribunal deniega también la comparecencia como perito del experto en derecho canónico Josep Casanovas, al no haber aportado la parte catalana un informe médico en torno a la recuperación de la enfermedad que le impidió asistir al juicio celebrado en primera instancia.

Sobre la pericial solicitada por la Generalidad de Cataluña para citar a los expertos que tasaron las pinturas murales, la Audiencia recuerda que la jueza de primera instancia ya rechazó la práctica de la prueba.

A juicio de los magistrados, «la prueba testifical-pericial propuesta es impertinente como tal prueba, pues no atañe al objeto del pleito sino a su cuantía».

En relación a la sentencia por las 44 piezas del patrimonio histórico que la titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 ha ordenado devolver a Aragón, la Audiencia de Huesca admite como parte al Consorcio del Museo de Lérida, aunque sólo como parte coadyuvante y como principal.
FOTOGRAFÍA. HUESCA (ESPAÑA), 14.07.2017. El monasterio del Sijena (Huesca) España en una imagen Efe (1)
Los magistrados consideran que en relación a ambos casos disponen de elementos suficientes para la resolución de los dos litigios.

Por otra parte, el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Huesca ha respondido a una petición del representante del Ayuntamiento de Sijena para enviar a la brigada policial de patrimonio histórico al Museo de Lérida si no se entregan las 44 piezas reclamadas antes de las 11:30 horas del próximo 31 de julio.

La titular del juzgado ha considerado en su respuesta al letrado que la solicitud hecha será resuelta una vez que pasen el plazo máximo dado a Cataluña para su devolución, el próximo 31 de julio.