La Ley del referéndum y Transición de Cataluña reconoce a catalanes como únicos «sujeto político y soberano»

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El presidente de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont (d), y el vicepresidente, Oriol Junqueras (i), en una sesión del Parlamento de Cataluña. Archivo ACN

Lasvocesdelpueblo y Agencias – El preámbulo de la ley Transición de la Cataluña española a la «Cataluña República (nuevo Estado en Europa) y del referéndum separatista del Gobierno catalán y partido separatistas para el 1 de octubre de 2017, al que también ha tenido acceso hoy, lunes 3 de julio de 2017, la agencia catalana de noticias (ACN), establece que «todas las autoridades, personas y empresas que participen ya sea directa o indirectamente en la preparación, celebración y/o implementación del resultado del referéndum, quedan amparadas por esta ley». Barcelona (España), lunes 3 de junio de 2017. Fotografía: Los principales altos cargos del actual gobierno de la generalidad de Cataluña, el presidente Carles Puigdemont (d) junto al vicepresidente del Gobierno de Cataluña, Oriol Junqueras (i), durante una sesión de control al gobierno autonómico de Cataluña. Archivo Efe.

La ley del referéndum separatistas del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, partidos y colectivos secesionistas para la consulta de autodeterminación en Cataluña El 1 de octubre de 2017 se remite a las resoluciones de la ONU y el Tribunal de La Haya para justificar la vía unilateral, según avanzan hoy varios medios.

El borrador final prevé que la ley esté por encima de cualquier otra con la que pueda colisionar y deja la Ley de transitoriedad (transición de la Cataluña autonómica a la Cataluña nuevo estado «República Catalana») para una segunda fase, ya que prevé toda la casuística posterior al referéndum en caso de que se imponga el sí el 1 de octubre en Cataluña.

Por otra parte, la ley se presenta como la «respuesta democrática a la frustración» que provocó la sentencia del Estatuto autonómico de Cataluña.

Además, el preámbulo de la ley, al que también ha tenido acceso la agencia catalana de noticias (ACN), establece que «todas las autoridades, personas y empresas que participen ya sea directa o indirectamente en la preparación, celebración y/o implementación del resultado del referéndum, quedan amparadas por esta ley».

El Gobierno de la generalidad de Cataluña del presidente Carlos Puigdemont y Oriol Junqueras presentarán este martes, 4 de julio de 2017, el contenido global del texto, que se tramitará la segunda quincena de agosto, en un acto en el Teatro Nacional de Cataluña.

En los tres primeros artículos, la ley deja claro que regula la celebración del referéndum de autodeterminación «vinculante» sobre la separación de Cataluña y como el Parlamento de Cataluña «actúa como representante de la soberanía de Cataluña», además de reconocer el pueblo (separatista) de Cataluña como «sujeto político y soberano» con el derecho a «decidir libre y democráticamente, su condición política».

En el preámbulo de la ley, también se hace constar la «voluntad mayoritaria del pueblo (separatista catalán), del que emanan sus poderes, haciendo uso de su representatividad legal y democrática con el objetivo de poner en manos de los catalanes y las catalanas la decisión sobre el futuro político con la herramienta más radicalmente democrática de la que disponemos:

El voto «y recuerda que el Parlamento de Cataluña» ha expresado de manera continuada e inequívoca el derecho de Cataluña a la autodeterminación».

En este sentido, recuerda las diversas resoluciones aprobadas por la cámara catalana en los últimos años y como la adoptada el 6 de octubre de 2016 afirma el derecho «imprescriptible e inalienable de Cataluña a la autodeterminación» y como la aprobación de esta ley es la «máxima expresión del mandato democrático surgido de las elecciones del 27 de septiembre».

Por otra parte, el preámbulo también hace constar que los dictámenes recientes del Tribunal Internacional de Justicia recogen casos de nuevos estados que han ejercido su derecho de autodeterminación en la segunda mitad del siglo XX «sin que el ejercicio de este derecho viniera motivado por el fin del imperialismo «.

Según el texto de la ley, el Tribunal Internacional constata que «el derecho a decidir de los pueblos ha evolucionado y que en contra de esta evolución no ha surgido ninguna norma ni costumbre en el orden internacional que prohíba estas nuevas prácticas».

La ley de referéndum ilegal de Puigdemont recuerda el  el pacto sobre derechos civiles y políticos aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1966 reconoce el derecho de los pueblos a la autodeterminación como el primero de los derechos humanos.

La Constitución española determina en el artículo 96 que los tratados internacionales ratificados por España, como es el caso de los derechos civiles y políticos de la ONU, forman parte de su ordenamiento interno, y en el artículo 10.2, establece que las normas relativas a los derechos fundamentales y las libertades públicas se interpretarán de acuerdo con los tratados internacionales aplicables en esta materia.

Así pues, la ley argumenta que las resoluciones de las Naciones Unidas, como el derecho a la autodeterminación, forman parte del ordenamiento jurídico de España.

Un acto de soberanía necesario

Según la misma ley del referéndum, aprobar esta normativa es un «acto de soberanía» y «la opción necesaria para poder ejercer el derecho de los catalanes a decidir el futuro político de Cataluña, especialmente después de la ruptura del pacto constitucional español de 1978, que representa la anulación parcial y la completa desnaturalización del Estatuto de autonomía de Cataluña.

El texto asegura que la ley representa la «respuesta democrática» a la «frustración» generada y señala que se han hecho «todos los esfuerzos» para encontrar una vía acordada para que el pueblo (separatista) de Cataluña pudiera decidir libremente su futuro.

«El Parlamento de Cataluña, atendiendo al mandato mayoritario del pueblo de Cataluña, asume la plena representación soberana de los ciudadanos una vez que se han agotado todas las vías del diálogo y negociación con el Estado», concluye el preámbulo.

Una ley jurídicamente «excepcional» que ampara los funcionarios

El artículo tres dice que la ley establece un «régimen jurídico excepcional» dirigido a regular y garantizar el referéndum.

Por este motivo, «prevalece jerárquicamente sobre todas aquellas normas que puedan entrar en conflicto, en tanto que regula el ejercicio de un derecho fundamental e inalienable del pueblo de Cataluña».

El mismo artículo tres dice que «todas aquellas autoridades, personas y empresas que participen ya sea directamente, ya sea indirectamente en la preparación, celebración y / o implementación del resultado del referéndum, quedan amparadas por esta ley dado que desarrolla el ejercicio del derecho a la autodeterminación que forma parte del ordenamiento jurídico vigente».

Fuentes del Gobierno catalán defienden que la ley dibuja una convocatoria con el mismo funcionamiento que cualquiera de las elecciones o referendos de los últimos 30 años, con sólo dos cambios:

Se crea una sindicatura electoral propia que sustituye la Junta Electoral y se crea una comisión internacional de garantías, formada por prestigiosos juristas y politólogos de todo el mundo, que tendrá como objetivo validar la calidad democrática del proceso y hacer el seguimiento de la jornada electoral.