Querella contra Forcadell por «su contumaz y obstinada voluntad de incumplir» la Ley y sentencias

0
675
CATALUÑA (ESPAÑA), 08.09.2017. La presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a su salida del pleno donde los partidos han proseguido con el debate sobre el proceso separatista abierto por el Parlamento catalán y el Gobierno de la Generalidad, después de que el Tribunal Constitucional haya suspendido de forma cautelar la convocatoria del referéndum de separación de Cataluña del 1 de octubre. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias – La Fiscalía Superior de Cataluña se ha querellado contra la presidenta del Parlamento catalán, Carmen Forcadell, y los otros cuatro miembros de la Mesa que votaron admitir las leyes del Referéndum y Transitoriedad por «su contumaz y obstinada voluntad de incumplir los mandatos constitucionales». Barcelona (España), domingo 10 de septiembre de 2017. Fotografía: CATALUÑA (ESPAÑA), 08.09.2017. La presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a su salida del pleno donde los partidos han proseguido con el debate sobre el proceso separatista abierto por el Parlamento catalán y el Gobierno de la Generalidad, después de que el Tribunal Constitucional haya suspendido de forma cautelar la convocatoria del referéndum de separación de Cataluña del 1 de octubre. Efe

En la querella presentada este viernes, 8 de septiembre de 2017, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la Fiscalía les achaca delitos de «desobediencia grave cometida por autoridad pública», prevaricación y malversación, este último tipificado con penas de prisión.

«La conducta de Carme Forcadell que, como presidenta del Parlamento de Cataluña y junto con el resto de los miembros de la Mesa querellados, rechazaron las reconsideraciones a la tramitación de las dos proposiciones de leyes permitiendo su inclusión en el orden del día y finalmente su aprobación, evidencian su contumaz y obstinada voluntad de incumplir los mandatos constitucionales», afirma el escrito.

La Fiscalía pide que se tome declaración como investigados a Forcadell y a los otros cuatro querellados: Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet, de Junts pel Si, y Joan Josep Nuet, de Cataluña Si Que Se Puede.

Reclama también citar como testigos al secretario general del Parlamento catalán, Xavier Muro, al letrado mayor de la cámara, Antoni Bayona; al vicepresidente segundo de la Mesa, José María Espejo-Saavedra, y a su secretario segundo, David Pérez.

La Fiscalía afirma que «en ningún caso pueden los querellados excusarse en el privilegio de la inviolabilidad», ya que esta «no alcanza a cualquier actividad delictiva que comentan los parlamentarios».

Lejos de ellos, sus decisiones, dice la querella, «desbordaron claramente los estrechos márgenes de la excusa absolutoria (…) para convertirse en puras vías de hecho, ajenas al normal desempeño de su función representativa y, en consecuencia, susceptibles de persecución penal».

El escrito recoge, entre otras, la sentencia de 2015 del Tribunal Constitucional que anuló una resolución del Parlament que pretendía abrir la vía para celebrar el proceso independentista y en la que el alto tribunal señalaba que «la Cámara catalana no puede erigirse en fuente de legitimidad jurídica y política hasta arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad».

Los querellados, según el escrito, han demostrado con su actuación una «desvinculación absoluta con los poderes del Estado español a los que niega cualquier tipo de legitimidad», lo que es constitutivo de un delito de desobediencia.

El Parlamento de Cataluña catalán, recuerda la Fiscalía, «no puede desconocer que la Comunidad Autónoma de Cataluña carece de competencias para convocar y celebrar un referéndum».

En cuanto al delito de malversación, que conlleva penas de cárcel, basa su acusación en que «la convocatoria de un referéndum implica un gasto de dinero público», y por tanto cualquier partida que se destine a su financiación es ilegal.

«Por tanto, impulsar la aprobación de la proposición de ley es permitir que pueda consumarse el despojo de fondos públicos» y «con su actuación, los miembros de la Mesa querellados posibilitan la realización de pagos para llevar a cabo un acto, no ya contrario a derecho, sino constitutivo de delito».

En cuanto a la prevaricación administrativa, indica que las decisiones de admitir a trámite las dos leyes no son «actos políticos a los efectos de quedar fuera del ámbito de este delito», sino de «decisiones que afectan al funcionamiento del Parlament y que potencialmente pueden generar una grave quiebra del ordenamiento constitucional».