Absuelta la Brigada de los «Quita Lazos» tras querella del Ayuntamiento de Lloret de Mar

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MARESME (BARCELONA), 05.04.2018. Los miembros de 'El Segadors del Maresme' posan después de una trabajo clandestino contra el separatismo en la comarca española. Lasvocesdelpueblo

Redacción – La juez del Juzgado de Primer instancia e Instrucción número seis de Blanes (Gerona), Paloma Tomás Manglano, ha absuelto éste martes 9 de julio de 2019 a una de las principales entidades del primer de la primera línea de frente contra el totalitarismo amarillo en la región catalana, principal en la comarca del Maresme (Barcelona) «Brigada de Limpieza Els Segadors del Maresme», acusada de un de un «delito leve de hurto» de un gigante «Lazo amarillo» del independentismo «instalado en la rotonda sita en la cruce de la Avenida Just Marlés con Avenida Vila de Blanes de Lloret de Mar (Gerona), entre los días 24 y 25 de febrero de 2019″. Barcelona (España), domingo 14 de julio de 2019. 

El resistente español, vecino de Cataluña, Francisco Gabriel Romero Felip, asistió al juicio en representación de la entidad española de los ‘Quita Lazos’, asistido por el letrado español Javier Berzosa Hergueta. Por su parte, la separatista Sandra Call Lloreda, representó al Ayuntamiento de Lloret de Mar, asistida por el letrado separatista Jordi Orobitg Solé.

PDF SENTENCIA, Blanes (Gerona), 09.07.2019. El independentismo pierde otra batalla ante la Resistencia española en Cataluña. Ésta vez, desde Lloret de Mar (Gerona) -su bastión-, sin entrar en el fondo de la cuestión sobre la financiación de propagandas separatistas con los fondos públicos y su instalación en espacios públicos incumpliendo ordenanzas municipales leyes sobre la neutralidad política de los espacios públicos, fuera del periodo electora, los hijos de España han ganado una gran batalla judicial contra el poder corrupto municipal de Lloret.

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En el auto del Juzgado de Primer instancia e Instrucción número seis de Blanes (Gerona), que el digital español Lasvocesdelpueblo ha tenido acceso este domingo sobre 03:56 horas de la madrugada, la independentista Sandra Call Lloreda —asistida por el abogado de la acusación, Jordi Orobitg Solé— en representación del Ayuntamiento de Lloret de Mar —origen de las diligencias policiales número 190627/2019 por unos hechos presuntamente constitutivos de infracción penal—, asegura que: «si bien el testigo no vio quien se llevó el Lazo amarillo, habiendo podido observar el que aparece en la fotografía que aparece en una publicación de la red social Facebook y reconociendo que dicho lazo es muy parecido al que se encontraba citada rotonda sita en la cruce de la Avenida Just Marlés con Avenida Vila de Blanes de Lloret de Mar, entre los días 24 y 25 de febrero de 2019».

Unos hechos que la defensa de la Resistencia española, ejercida por el letrado Javier Berzosa Hergueta, y el representante legal de Brigada Els Segadors de Maresme rechazaron durante el juicio alegando que «cualquier asociado o incluso simpatizante de la Brigada pudo llevar a cabo la acción denunciada haciendo uso del nombre de la entidad», en palabra del representante legal de Brigada Els Segadors del maresme, Francisco Gabriel Romero Felip, «desconociendo el denunciado comparecido quien sustrajo el lazo y manifestando no haber sido él, sin que tampoco d ela citada fotografía resulte acreditada suficientemente la autoria de los hechos enjuiciados», tal como desprende del auto de la juez Paloma Tomás Manglano.

Por «falta de prueba de cargo suficiente a los efectos de estimar desvirtuada la presunción de inocencia d ela que es titular, la Fiscalía informó en el sentido de interesar la libre absolución» de esa brigada de limpieza de la contaminante amarilla del independentismo en Cataluña.

HECHOS NO PROBADOS

La jueza dicta que la querella presentada por el letrado separatista Jordi Orobitg Solé el pasado 1 de marzo de 2019 contra la Resistencia española en Cataluña, por quitar lazos en Lloret de Mar, esos hechos -señala la juez- «sin embargo, no han quedado acreditados en modo alguno, que determinarían la responsabilidad penal» d ela Brigada de limpieza de la Resistencia española en el Maresme.

Por lo que la Justicia decidió «absolver a Segador del Maresme, como autor de un delito leve, con declaración de oficio de todas las costas procesales», dice la magistrada en su fallo y precisa que la sentencia no es firme por lo tanto recurrible «en el plazo de 5 días desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 976 d ela Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que será resuelto por la Audiencia Provincial de Gerona».

«Así lo pronuncio, mando y firmo», sella la magistrada del Primer instancia e Instrucción número seis de Blanes (Gerona), Paloma Tomás Manglano.