AECC denuncia a la ministra Irene Montero en el Tribunal Supremo

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 08.03.2023. La ministra de Igualdad, dirigente de Podemos y diputada del Grupo Parlamentario de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados, Irene Montero Gil, participa junto a la cúpula del Ministerio y desu partido, Podemos, a la manifestación del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer Trabajadora, 8M, en Madrid. Efe

Madrid (España), lunes 4 de septiembre de 2023 (Lasvocesdelpueblo).- La Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción (AECC) denuncia ante el Tribunal Supremo a Irene Montero por un presunto delito de dejación de funciones de la omisión del deber de perseguir delitos tipificado en el artículo 408 CP por parte de la ministra manteniéndose al margen del asunto.

«El funcionario público o autoridad que, de manera intencional, dejase de promover la persecución de los delitos de los que tenga conocimiento o de sus responsables, incluso si se ha iniciado la investigación, la cual luego cesará, será sancionado por el delito de dejación de funciones, quedando exceptuados aquellos casos en los que el Código Penal solicite la previa denuncia o querella del ofendido».

La entidad solicita «responsabilidades penales» al Gobierno de coalición de España en funciones por la polémica «Ley del Solo Sí Es Sí» (Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual), entre otros.

TEXTO ÍNTEGRO DE LA DENUNCIA QUE LASVOCESDELPUEBLO HA TENIDO ACCESO HOY, 04 DE SEPTIEMBRE DE 2023.

«Tribunal Supremo

Registro general, 4 de septiembre de 2023. Presentado a las 12:02 horas.

La Sala de LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO

Don Manuel Romeral Frías, como presidente de la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción con CIF G87724969, con NIF con domicilio a efectos de notificaciones en […].

El Denunciante ante el Juzgado comparece y DIGO:

Que mediante el presente escrito vengo a formular la correspondiente DENUNCIA. al amparo lo dispuesto en el art.259 CP y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento criminal contra la Ministra de Igualdad D° Irene Montero GIL con domicilio a estos efectos en calle Alcalá 37. 28014 Madrid.

La Sra. D° Irene Montero Gil, tiene la condición de aforada ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, como expresamente recoge el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), Artículo 57.2.

Denuncia que fundamento en los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- Desde esta asociación nos sorprende que la vicepresidente segunda del Gobierno y ministra en funciones de Trabajo y Economía Social D° Yolanda Díaz Pérez sea la quien desde el gobierno salga o defender el polémico asunto Luis Manuel Rubiales Béjar y el consentimiento o no de la jugadora de fútbol femenino, Jennifer Hermoso Fuentes (Jenni Hermoso).

Entendemos que la máxima responsable de los presuntos delitos que el señor Rubiales pudiera haber cometido es la ministra en funciones de Igualdad D° Irene María Montero Gil, pues dichos delitos están relacionados directamente con la polémica ley del «Sólo si es si», impulsada por la señora Dicho esto, entendemos que se ha producido un delito de dejación de funciones de la omisión del deber de perseguir delitos tipificado en el artículo 408 CP por parte de la ministra manteniéndose al margen del asunto.

«El funcionario público o autoridad que, de manera intencional, dejase de promover la persecución de los delitos de los que tenga conocimiento o de sus responsables, incluso si se ha iniciado la investigación, la cual luego cesará, será sancionado por el delito de dejación de funciones, quedando exceptuados aquellos casos en los que el Código Penal solicite la previa denuncia o querella del ofendido».

El bien jurídico protegido en este caso es el buen funcionamiento de la Administración Pública conforme a los valores previstos en la ley.

SEGUNDO.- Primer agresor sexual reincidente excarcelado por la Ley de ‘sólo sí es sí’ Manuel R. C., residente en el barrio sevillano de Torreblanca. Había abandonado la prisión en abril de este año gracias a los beneficios penitenciarios que permitió la Ley del ‘sólo sí es sí’, que impulsó la ministra de Igualdad Irene Montero, la Ley que posteriormente tuvo que ser reformada en el Congreso de los Diputados.

El pasado 21 de agosto en Entrenúcleos, término municipal de Dos Hermanas, cuando una mujer de mediana edad que salía de trabajar de su turno de noche fue abordada por el agresor en un descampado de la zona. El individuo tras seguirla, le dio con un palo en la cabeza con el objetivo de agredirla sexualmente. La dejó aturdida pero la mujer pudo defenderse, logrando escapar entre gritos.

¿Quién va a dar protección a estas mujeres que están siendo agredidas por delincuentes reincidentes gracias a la perversa ley que ha beneficiado a más de 1.200 agresores sexuales?

Esas 1.127 rebajas de pena representan ya el 31,4 % del total de las revisiones efectuadas. Por tribunales, el Supremo ha rebajado en el 39,1 % de los casos examinados; los TSJ, en el 33,3 %; las audiencias provinciales, en el 30,8 %; y la Audiencia Nacional, en el 14,3 %.

De las 1.127 reducciones de condena, 968 han sido acordadas por las audiencias provinciales, 133 por los ¡Si. 25 por el Supremo y solamente una por la Audiencia Nacional. En el caso de las excarcelaciones, se concentran en las audiencias provinciales, con 105, y tan solo una decena en los TSJ.

Dicho esto, entendemos que alguien debe responsabilizarse penalmente de estos hechos y resarcir de alguna forma a esas mujeres que han visto cómo sus agresores andan sueltos por la calle, pero no se ha producido ni siquiera una sola dimisión, cese o inhabilitación por parte del gobierno, incluso dejaron que pasarán más de seis meses para aprobar la reforma de la ley, cuando debería haberse realizado de forma urgente y exigiendo responsabilidades.

El más grave de los daños, es la revictimización o victimización secundaria de unas víctimas, muchas de ellas menores de edad, que ven cómo a sus agresores se les reducen las penas y, a algunos de ellos, se les anticipa su salida de prisión, quedando ellas ante esta situación en la más absoluta indefensión y desamparo.

SOLICITO AL JUZGADO: que habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo por si los hechos descritos pueden ser constitutivos de delito.

En Madrid, a 04 de septiembre de 2023

Fdo.- Manuel Romeral Frías».

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