Al banquillo el ex-consejero del gobierno catalán Francesc Homs por el golpe separatista 9N

0
701
En la imagen durante una rueda de prensa en la sede de l gobierno autonómico de la generalidad de Cataluña, Francesc Homs, el ex-consejero de presidencia del gobierno antiespañol del presidente secesionista catalanista Artur Mas Gavarró. Archivo Lasvocesdelpueblo.

lasvocesdelpueblo y Agencias – El Tribunal abrirá juicio contra Francesc Homs Molist, el ex-consejero de Presidencia del Gobierno de la Generalidad de Cataluña durante la etapa del ex-presidente catalán Artur Mas Gavarró porque el presunto delincuente Francesc Homs Molist —actual portavoz del grupo parlamentario de Convergencia Democrática de Cataluña (CDC) en el Congreso de los Diputados del Reino de España— «era consciente de la prohibición del referéndum» separatista del pasado 9 de noviembre de 2014 en Cataluña (9N). Madrid (España), jueves 29 de diciembre de 2016. Fotografía: En la imagen durante una rueda de prensa en la sede de l gobierno autonómico de la generalidad de Cataluña, Francesc Homs, el ex-consejero de presidencia del gobierno antiespañol del presidente secesionista catalanista Artur Mas Gavarró. Archivo Lasvocesdelpueblo.

El juez basa su auto, entre otros indicios, en la respuesta que Homs dio a una carta de la empresa T-Systems, a la que se habían encargado diversas tareas de tratamiento informático en relación al golpe del 9N 2014, que preguntaba si la suspensión acordada por el Constitucional afectaba a esos trabajos.

El juez instructor de la causa seguida en el Tribunal Supremo (TS) contra el actual diputado Nacional y ex-consejero de Presidencia de la Generalidad de Cataluña Francesc Homs Molist por la consulta secesionista del 9N 2014 ha dado el último paso previo a la apertura de juicio contra él con un auto que recuerda que el político convergente era consciente de su desobediencia al Tribunal Constitucional del Reino de España (TC).

Homs «potenció» el golpe separatista del 9N 2014 «a pesar de ser consciente de la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional y la consecuente inviabilidad de su celebración», apunta el magistrado.

Con ello cometió «desacato» al Tribunal Constitucional (TC) de manera «abierta, obstinada y pertinaz» y con pleno conocimiento de que perseguía imponer la voluntad del gobierno catalán a la del poder constituyente, despreciando así su legitimidad, dice el juez.

Andrés Palomo ha cerrado hoy, jueves 29 de diciembre de 2016, la investigación del caso y ha pedido a la Fiscalía que solicite apertura de juicio contra Homs o el archivo de la causa.

El juez apunta una vez más la existencia de indicios de desobediencia y prevaricación en la conducta del ex-consejero separatista Francesc Homs

En concreto, el magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo, instructor de la causa seguida por delitos de prevaricación y desobediencia contra Homs en relación a la consulta del 9N de 2014, ha dictado auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado.

Con ello pone fin a la investigación de los hechos y da un plazo de diez días a la Fiscalía para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien el sobreseimiento de las actuaciones.

El fiscal podría, excepcionalmente, solicitar la celebración de alguna diligencia complementaria.

En su auto, el juez apunta una vez más la existencia de indicios de desobediencia y prevaricación en la conducta de Homs en relación con el golpe secesionista del 9N 2014 tras la sentencia del Tribunal Constitucional que suspendió la convocatoria de la consulta sobre el futuro político de Cataluña convocada por el gobierno catalán para ese día.

En el auto, de 33 folios, el juez recuerda que Homs, como portavoz del Gobierno de la Generalitat y conseller de Presidencia en el momento de los hechos, era máximo responsable de los Servicios Jurídicos de la Generalitat, de la coordinación interdepartamental, así como de la publicidad institucional y de la comunicación.

Desde esa responsabilidad, «no suspendió ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta, ni siquiera los que dependían directamente del Departament de la Presidencia del que era titular, a pesar de ser consciente de la inviabilidad de la celebración» de la consulta.

Al contrario, dice, Homs «potenció el desarrollo del denominado proceso participativo» y «dio amparo, que afirmaba resultante de consultas jurídicas en realidad inexistentes, a otras actividades de carácter decisivo para la celebración de la consulta».

Incluso «realizó también alguna contratación ulterior tendente a la efectividad de la consulta, y comunicó la no difusión de la campaña institucional por parte de algunos medios al organismo administrativo competente para sancionarlos».

El auto del juez es recurrible en apelación ante la Sala de lo Penal del Supremo en el plazo de cinco días

El juez basa su auto, entre otros indicios, en la respuesta que Homs dio a una carta de la empresa T-Systems, a la que se habían encargado diversas tareas de tratamiento informático en relación al golpe del 9N 2014, que preguntaba si la suspensión acordada por el Constitucional afectaba a esos trabajos.

La contestación instada por Homs fue que, tras consultar a los servicios jurídicos de la Generalitat (lo cual no había hecho, recuerda el auto), la conclusión era que T-Systems no estaba afectada por la providencia del Constitucional.

Para el magistrado instructor, las resoluciones de Homs fueron «arbitrarias, omisivas y activas, contrarias absolutamente a la Constitución» y motivadas por la decisión de «imponer la voluntad» de la Generalitat «sobre la del órgano constitucional».

Ello supuso «una suplantación del poder constituyente» mediante unas actuaciones «injustas, contrarias a derecho» y realizadas «con plena conciencia de su ilicitud».

El auto del juez es recurrible en apelación ante la Sala de lo Penal del Supremo en el plazo de cinco días.