Caso Arandina Club| El Tribunal Supremo revisa las penas de delincuentes sexuales con la «ley del solo sí es sí»

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FOTOGRAFÍA. ZARAGOZA (ESPAÑA), 11.06.2021. Irene Montero Gil, la ministra de Igualdad del Gobierno de coalición de España y mujer del exvicepresidente de Gobierno de coalición de España -quien dimitió y abandonó la política tras sufrir una humillación histórica en las urnas de las elecciones madrileñas del 4 de mayo de 2021 84M), pablo Manuel Iglesias Turrión, este viernes en Zaragoza. Efe

Efe.- Madrid (España), martes 29 de noviembre de 2022. El Supremo, en plena polémica por la aplicación de la «ley del sólo sí es sí», revisa hoy la sentencia en la que un exjugador de la Arandina fue absuelto tras ser condenado previamente a 38 años de cárcel y otros dos vieron rebajadas sus penas a 3 y 4 años, al ver los jueces abuso sexual y no agresión.

La Sala de lo Penal se reúne para la deliberación y fallo de los recursos de la Fiscalía y los dos condenados contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que modificó notablemente la dictada anteriormente por la Audiencia de Burgos, si bien no está claro que el tribunal avance su decisión este martes.

El Supremo empezó la pasada semana a revisar los primeros recursos respecto de cómo afecta la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, o ley del solo sí es sí, a la revisión de condenas por delitos sexuales.

No obstante, fuentes del alto tribunal dejan claro a Efe que este es un caso muy particular en el que la clave gira más en la atenuante sobre la cercanía de edad entre los encausados y la víctima, que en la aplicación de la ley del solo sí es sí.

La Fiscalía solicita elevar las penas a 10 años a Carlos Cuadrado «Lucho» y a Víctor Rodríguez «Viti», sentenciados a cuatro y tres años de prisión, respectivamente, una petición que mantiene tras la entrada en vigor de la nueva ley.

Tras estudiar la nueva horquilla de penas que ha introducido la ley -y que ha motivado la reducción de algunas condenas a delincuentes sexuales-, la Fiscalía explica que, según la norma, que eliminó el delito de abuso sexual, los hechos son constitutivos de agresión sexual a menor de 16 años, sancionado con entre 6 a 12 años de cárcel, de modo que mantiene su petición de 10 años.

En diciembre de 2019, la Audiencia de Burgos condenó a 38 años de cárcel a cada uno de los tres exjugadores de la Arandina Club de Fútbol -Carlos Cuadrado «Lucho», Víctor Rodríguez «Viti» y Raúl Calvo- por la agresión sexual a una menor el 24 noviembre de 2017.

Sin embargo, al revisar la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León absolvió a Calvo y rebajó la condena a Cuadrado a cuatro años de cárcel y a Rodríguez a tres años al calificar los hechos de abuso sexual y no de agresión.

Lo hizo porque no consideró probada la existencia de intimidación -en ese momento clave para contemplar la agresión sexual- y calificó los hechos de abuso sexual con la atenuante de la cercanía de edad y de madurez de los encausados y la víctima. El debate sobre si se debe aplicar o no esta atenuante será clave en el Supremo.

Las defensas de los tres encausados pedirán la absolución y las dos acusaciones particulares que se imponga los 38 años de cárcel a cada uno. Como la Fiscalía, ninguna de ellas ha variado su petición con la nueva ley.