Caso Dani Alves| Ocio nocturno quiere ejercer la acusación popular

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FOTOGRAFÍA FOXBOROUGH (MASSACHUSETTS) ESTADOS UNIDOS. 13.08.2016. Dani Alves (d) de Brasil disputa un balón con Christian Cueva (c) de Perú hoy, domingo 12 de junio de 2016, en un partido entre Brasil y Perú en el Grupo B de la Copa América Centenario en el estadio Gillete de Foxborough Massachusetts) (Estados Unidos). Efe

Efe.- Barcelona (España), lunes 23 de enero de 2023. La patronal del ocio nocturno de Cataluña Fecasarm y la estatal Spain Nigthlife han presentado un escrito a la jueza del caso de la presunta violación cometida por el futbolista Dani Alves para ser acusación popular en la causa, como medida disuasoria y porque sería un delito que afecta a «intereses colectivos».

En el escrito dirigido a la titular del juzgado de Instrucción 15 de Barcelona, al que ha tenido acceso Efe, ambas patronales argumentan para ser aceptadas como acusación popular que, entre otras de sus finalidades, está «la prevención general intimidatoria para evitar futuras acciones similares en locales de ocio nocturno o en sus inmediaciones».

«Este no solo es un interés legítimo, sino que preserva la futura comisión de futuros delitos similares», esgrime el escrito.

Las patronales catalana y española recuerdan, en este sentido, que la acusación popular «no actúa por interés propio», sino en defensa de la «legalidad» y más, agrega el escrito de personación en la causa, teniendo en cuenta que en este caso «ostentan un claro interés legítimo y personal junto al interés general existente», al haber tenido lugar los hechos objeto de investigación en un local de ocio nocturno.

Las patronales consideran de esta manera que su personación en la causa es de «gran utilidad», en la medida en que se trata de delitos que «afectan a intereses difusos o colectivos».

Argumentan, además, que no se encuentran en ninguno de los supuestos previstos por la legislación vigente para ser excluidas de un proceso judicial en curso como es el de este caso, por un delito contra la libertad sexual, puesto que media una denuncia previa por parte de la víctima.

De esta manera, se acogen al artículo 191 del Código Penal, que en ningún caso excluye a la acusación popular de perseguir los delitos que atentan contra la libertad sexual.

«Para proceder por los delitos de agresiones, acoso o abusos sexuales, será precisa denuncia de la persona agraviada, de su representante legal o querella del Ministerio Fiscal», recoge el escrito para fundamentar su solicitud.

También, esgrimen el articulo 125 de la Constitución, en el que se reconoce la potestad de ser acusación popular sin que sea necesaria la «condición de ofendido» por el delito, es decir, sin ser la persona directamente afectada.

), donde ha pasado su primera noche y donde permanece en el módulo de ingresos a la espera de que se le asigne un grupo en este centro penitenciario.

De acuerdo con el protocolo, los internos que ingresan en una prisión deben seguir una serie de procedimientos.

En primer lugar, los funcionarios de vigilancia tienen que verificar su identidad y realizar un registro personal y de sus pertenencias.

Después, personal sanitario visita al recluso y, posteriormente, el equipo de tratamiento lo entrevista para decidir su inclusión en el grupo correspondiente.

El reglamento penitenciario fija un máximo de cinco días para este procedimiento de ingreso, que se pueden ampliar por motivos de seguridad o sanitarios.