Castro solicita las cautelarísimas al Tribunal Supremo mientras recurre la decisión de la Junta Electoral que impide a VOX participar en los debates del 13F de Castilla y León

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 17.11.2021. La vicesecretaria Jurídica Nacional de VOX, Marta Castro Fuentes (c); la portavoz del Grupo Parlamentario VOX en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio San Martín (i); y el portavoz del Grupo Municipal de VOX en el Ayuntamiento de Madrid, Francisco Javier Ortega Smith Molina (d); han interpuesto un recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), contra la Ordenanza «Madrid 360» del Gobierno municipal del alcalde del PP, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Redacción.- Madrd (España), lunes 24 de enero de 2022. VOX ha solicitado medidas cautelarísimas a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, mientras que recurre la resolución de la Junta Electoral de Castilla y León, que desestima la petición de esta formación de acudir a los debates electorales previstos durante la campaña a las elecciones a las Cortes de la Región del próximo 13 de febrero.

En concreto, la Vicesecretaría Nacional Jurídica, que dirige Marta Castro, ha solicitado a la Sala que adopte un acuerdo de inclusión en los debates programados para los grupos parlamentarios propios a esta formación, previstos para el 31 de enero y 9 de febrero así como otros que pudieran convocarse en el ámbito de las elecciones de Castilla y León.

Castro recuerda el criterio de la Junta Electoral Central, del acuerdo del 9 de mayo de 2019 -cuando VOX aún no había obtenido representación- para mantener el pluralismo político y proporcionalidad, según el cual «se otorgaría información compensatoria suficiente a las formaciones que aún teniendo representación en las Cortes no tuvieran grupo parlamentario propio».

VOX solicitó que se definieran las medidas compensatorias, a lo que se remitió a los medios de comunicación, públicos o privados para ello.

Por esta razón, Castro argumenta que «corresponde a las Juntas velar para que la información compensatoria sea realizada cumpliendo con los requisitos de pluralismo político y proporcionalidad que impone la LOREG».

Y recuerda que «la exigencia legal de dos debates de formato restringido en una campaña de 15 días hace difícil la celebración de otros debates más amplios de carácter general».

Considera importante la vicesecretaria Jurídica destacar a la Sala que VOX concurre con la representatividad general de las elecciones nacionales de noviembre de 2019, donde obtuvo seis diputados nacionales por las provincias castellano-leonesas. Una situación que «modifica la representatividad obtenida en la anterior convocatoria equivalente por la que además ya obtuvo un procurador en Cortes».

Por ello, considera que se interpreta de manera «restrictiva el artículo 31 bis de la ley electoral castellano-leonesa» y «vulnera el principio de pluralismo y proporcionalidad que debe observarse en periodo electoral», además de «favorecer a los partidos mayoritarios» con un «criterio temporal superado y, además, que perjudica las minorías».

VOX advierte también de que excluir de los debates a la formación, «traslada el mensaje al elector de la inexistencia de otras opciones políticas más allá de las mayoritarias, cuando además esta situación no es conforme a la realidad política actual».