Comienza el juicio a jefes de los Mozos por su papel en el proceso separatista en Cataluña

0
864
BARCELONA (ESPAÑA), 27.09.2017. En la Imagen, El mayor de los Mozos de Escuadra, Josep Lluís Trapero, que acudirá a la reunión de mandos policiales que la Fiscalía ha convocado para mañana, miércoles 27 de septiembre de 2017, para coordinar las actuaciones encaminadas a evitar la celebración del referéndum del 1 de octubre, suspendido por el Tribunal Constitucional. Efe.

Efe – La Audiencia Nacional comienza mañana a juzgar el papel de los Mossos d’Esquadra en el Procés, por el responderán como acusados sus máximos responsables durante el 1-O: el mayor Josep Lluís Trapero, su jefe político Pere Soler y el que fuera segundo en la Consellería de Interior, César Puig. Madrid (España), domingo, 19 de enero de 2020.

Los tres se sentarán en el banquillo por un delito de rebelión, por el que la Fiscalía pide a cada uno 11 años de cárcel, mientras que una cuarta acusada, la intendente de los Mossos Teresa Laplana, se enfrenta a 4 años de cárcel por sedición por su actuación durante el cerco a la Consellería de Economía el 20 de septiembre de 2017 con motivo de un registro judicial para frenar el 1-O.

La principal incógnita con la que comienza este juicio es si la Fiscalía modificará su acusación de rebelión después de que el Supremo descartara condenar por ese delito a los impulsores políticos del Procés, en contra del criterio de la Fiscalía.

A principios de diciembre, tras conocerse la sentencia del Procés, la Fiscalía de la Audiencia Nacional dejó claro que «en este momento procesal» no tenía previsto cambiar su acusación y que por tanto mantenía la de rebelión, «sin perjuicio de lo que resulte tras iniciarse el juicio oral».

Retirar la acusación por rebelión conlleva una rebaja en la petición de penas a los tres principales acusados en esta causa, que quedó en manos de la Audiencia Nacional tras aceptar la entonces instructora, Carmen Lamela, que la parte que afectaba a los exconsellers y exmiembros del Parlament se enjuiciara en el Supremo.

Esta magistrada, cuando dictó el auto de procesamiento, imputó a Trapero, Puig y Soler un delito de organización criminal y otro de sedición por la «total inactividad» de los Mossos el 1-O, que en el caso de Trapero ampliaba a dos delitos de sedición por atribuirle también responsabilidad en los incidentes del 20 de septiembre.

El fiscal del caso, Miguel Ángel Carballo, dejó abierta la posibilidad de modificar su acusación al informar sobre la petición de la defensa de Trapero de que su cliente fuera juzgado por la Audiencia de Barcelona por sedición, al entender que este era el tribunal competente, una vez que el Supremo descartó que los líderes del «procés» incurrieran en un delito de rebelión.

Para ello solicitó que se pronunciase al respecto la Fiscalía, que finalmente optó por mantener la acusación inicial de rebelión hasta que empiece el juicio.

Esto significa que la Fiscalía puede anunciar en cualquier momento de la vista oral si tiene intención de modificar esta acusación, si bien ese cambio no se haría efectivo hasta el trámite de las conclusiones definitivas, según fuentes jurídicas consultadas por Efe.

En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía relata cómo entre septiembre y octubre de 2017 los acusados «constituyeron una pieza clave para, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, impedir o dificultar gravemente el cumplimiento de las órdenes emanadas por los Tribunales de Justicia con la finalidad de llevar a cabo el plan secesionista».

En ese plan, dice el escrito, cobró especial relevancia el papel desempeñado por los Mossos d’Esquadra, «imprescindible para proteger las acciones dirigidas a la celebración del referéndum, dedicándose a funciones impropias de un cuerpo policial como fue la realización de seguimientos a otros cuerpos policiales, entorpecer su labor y en algunos casos, incluso, oponerse físicamente».

Antes de ser juzgado, Trapero accedió a declarar como testigo en el juicio del procés en el Supremo y allí desveló por primera vez que se ofreció para detener al expresidente Carles Puigdemont y a los consellers tras la declaración de independencia y que instó en dos ocasiones al Govern a cumplir la legalidad porque la policía autonómica no rompería con la Constitución.

También reiteró como testigo la versión que ofreció en la Audiencia Nacional, donde compareció tres veces durante la instrucción, la primera de ellas vestido con su uniforme policial.

Su estrategia de defensa se basa fundamentalmente en que la cúpula de los Mossos con él al frente mantuvo dos reuniones con Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y el exconsejero de Interior Joaquim Forn (estos dos últimos citados como testigos) dada su preocupación por la seguridad ciudadana el día del referéndum y ante su malestar por las afirmaciones de miembros del Govern asegurando que los Mossos iban a «facilitar y promover» su celebración.

En esas reuniones, celebradas el 26 y el 28 de septiembre de 2017, la cúpula de los Mossos quiso dejar claro que ellos se mantenían al margen del Procés y que cumplirían con los mandatos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña relativos a impedir la votación.

En su escrito de defensa ante la Audiencia Nacional, su abogada, Olga Tubau, insistió en que Trapero no compartió el «plan ideado» por el Govern y el Parlament para la independencia, y que permaneció «de forma inequívoca» al servicio de la justicia, desmarcando al cuerpo policial de los «designios secesionistas».

Para probarlo, esgrime dos escritos que el mayor envió al presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, y el entonces fiscal superior de Cataluña, José María Romero de Tejada, el día en que se aprobó en el Parlament «la constitución de la República catalana como estado independiente y soberano».

En esos escritos, el mayor ponía a los Mossos al servicio del TSJC y de la Fiscalía, «con el fin de dar cumplimiento a las órdenes que se pudieran derivar» en relación con la Declaración Unilateral de Independencia (DUI), «desconociendo la consecuencias jurídicas» de esa resolución «y sobre quién podían recaer las mismas».