
Madrid (España), lunes 29 de junio de 2026 (Lasvocesdlepueblo).- Comunicado sindicato Equiparación Ya (EYA) sobre paga extra de junio de 2026 para la Policía. «¿Cuánto dinero te falta en la nómina de junio de 2026?
1. Paga Extra Actual Junio 2026 en Policía Nacional
Las pagas extraordinarias en la Policía Nacional carecen de una regulación específica en su normativa propia, ya que el Real Decreto 950/2005 no las regula. En el año 2005 no había nada que regular, dado que las pagas extraordinarias se componían exclusivamente de sueldo base y trienios, según lo estipulado por la Ley 30/1984, limitando su contenido básico a estos conceptos.
La Ley 30/1984 fue derogada en este aspecto por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP de 2007), la cual supuso que las pagas extraordinarias debían ser completas (total de las retribuciones básicas y total de las complementarias mensuales, a excepción de las gratificaciones por servicios extraordinarios y las productividades).
Actualmente, el importe percibido se fundamenta en varios parches normativos a conveniencia de la DGP sin contar con una negociación sindical desde el año 2007.
Las normas que regulan la estructura real son:
- Sueldo Base Recortado: Se abona la cantidad de 778,42 €, lo que representa aproximadamente un 86,4% de su valor mensual normal de 900,63 €. Esta diferencia se debe a los recortes salariales en el sector público aprobados en el año 2010 a través del Real Decreto-ley 8/2010, motivado por la crisis económica.
- Complemento de Destino: Se percibe al 100% con un valor de 465,75 €. Este cobro íntegro se aplica de forma ininterrumpida desde diciembre del año 2006 por disposición de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y no por una norma específica de la Policía Nacional, dando cumplimiento al acuerdo alcanzado en la mesa de la función pública del año 2005.
- Exclusión de Complementos Específicos: Por decisión estrictamente administrativa de la Dirección General de la Policía (DGP), los complementos específicos fijos mensuales (Componente Singular, Componente General y Equiparación) quedan totalmente excluidos del cálculo ordinario de la paga extra.
- Compensación Parcial (Adicional General): Como un parche compensatorio en los meses de junio y diciembre, se añade el concepto «Adicional General» por un importe de 565,29 €. Este concepto equivale a duplicar el Componente Específico General (CEG), una medida de la DGP que ha modificado el Real Decreto 950/2005 de forma unilateral en tres ocasiones (mediante los Reales Decretos 5/2007, 10/2008 y 29/2009) con el objetivo de acomodar progresivamente el Complemento Específico General para su percepción en 14 pagas.
TOTAL REAL PERCIBIDO EN JUNIO (EXTRA + ADICIONAL): 1.809,46 €
2. Paga Extra según la Norma General del Funcionario Público (EBEP)
De acuerdo con el principio de jerarquía normativa, toda norma específica de un cuerpo de funcionarios que no regule un aspecto concreto se regirá por la norma general. Bajo este precepto, la paga extra regulada por el EBEP desde 2007 estipula que debe incluir la totalidad de las retribuciones del mes, tanto básicas como complementarias, quedando excluidos únicamente los conceptos variables (productividades o servicios extraordinarios accidentales).
Para este perfil, el modelo ideal del EBEP se compondría de:
- Sueldo Base íntegro: 900,63 €
- Complemento de Destino íntegro: 465,75 €
- Componente Específico General (CEG): 565,29 €
- Componente Específico Singular (CES): 274,53 €
- Complemento Equiparación R15: 440,09 €
TOTAL SEGÚN EL EBEP: 2.646,29 €
3. Análisis Numérico Desglosado mensual
Nota explicativa: Los conceptos de Productividad Funcional (107,67 €) y Productividad Equiparación (48,34 €) de la nómina mensual ordinaria quedan excluidos de ambos modelos según dicta el EBEP. No se han incluido los trienios para no desvirtuar la comparativa.
4. Resumen de la Brecha Retributiva
La diferencia fundamental radica en que el EBEP concibe la paga extra como una segunda mensualidad completa de prácticamente todo lo que el empleado público percibe fijamente al mes. En cambio, el diseño actual en la Policía Nacional genera una pérdida limpia constante:
Impacto Económico Calculado
- Pérdida limpia en la nómina de junio: – 836,83 €
- Perjuicio económico total al año: – 1.673,66 €
Ampliación de la Brecha según el Destino: Este cálculo se realiza sobre un perfil mínimo básico. Todo Policía Nacional que devengue el complemento de territorialidad o indemnización por residencia, así como cualquier otro complemento de carácter fijo y periódico ligado a su puesto, debería sumarlo de manera directa, por lo que la brecha económica real aumentaría considerablemente.
Fundamento Jurídico contra el Modelo Actual: A este respecto, existen sentencias judiciales que determinan que una Ley Presupuestaria carece de función habilitante para decidir de forma de manera arbitraria qué complementos se cobran o se excluyen de la nómina; su función está limitada única y exclusivamente a fijar las cuantías y los límites presupuestarios globales, subordinándose al régimen jurídico general de la función pública.
El Sindicato Equiparación Ya (EYA) registró un Conflicto Colectivo el 28 de octubre de 2025 reclamando la percepción íntegra de las pagas extraordinarias. Ante la negativa de la Dirección General de la Policía a resolver esta injusticia por la vía administrativa, hemos interpuesto la correspondiente demanda judicial para que sean los tribunales quienes diriman la cuestión.
Madrid, 29 junio de 2026.
Sindicato Equiparación Ya (EYA)
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