El juez pide al Tribunal Supremo imputar al líder de Podemos Pablo Iglesias

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FOTOGRAFÍA. CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. INVESTIDURA DEL CANDIDATO PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN. 07.01.2020. El investido nuevo presidente de Gobierno de coalición para España, Pedro Sánchez Pérez-Castejón (i), saluda al futuro vicepresidente de Gobierno de coalición para España, Pablo Manuel Iglesias Turrión (d), tras el segundo debate de investidura. Le han dado el «sí» 167 diputados (PSOE, Unidas Podemos, PNV, Más País, Nueva Canarias, BNG y Teruel Existe), frente a los 165 en contra (PP, Vox, Ciudadanos, Juntos por Cataluña, Navarra Suma, la CUP y el PRC). Las 18 abstenciones de ERC y EH Bildu han resultado imprescindibles para que Sánchez salga del hemiciclo camino de La Moncloa ya como presidente proclamado y no en funciones, y con el que será el primer gobierno en coalición de la actual democracia. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias – El juez del caso Villarejo, Manuel García Castellón, ha elevado exposición razonada al Tribunal Supremo para que investigue al vicepresidente segundo del Gobierno de coalición de ultraizquierda de España y líder de Podemos, Pablo Manuel Iglesias Turrión, alias Pablo Iglesias, por denuncia falsa en relación a la pieza de Dina sobre el robo del móvil a la exasesora de Podemos Dina Bousselham. Madrid (España), miércoles 7 de octubre de 2020.

Según ha adelantado han confirmado a Efe fuentes jurídicas, el magistrado ha optado finalmente por dirigirse al Supremo al no poder él imputarle en relación a esta causa por tratarse de un aforado.

El magistrado ha optado finalmente por elevar exposición al Tribunal Supremo al no poder él imputarle en relación a esta causa por tratarse de un aforado.

La exposición razonada incluye también a la ex responsable de los servicios jurídicos de Podemos y vicepresidenta cuarta del Congreso, Gloria Elizo, y a los letrados de esta formación Marta Flor Nuñez y Rául Carballedo, así como a la propia Dina Bouselhan y a su pareja Ricardo Dasaferreira, estos dos últimos por falso testimonio.

El magistrado considera que Iglesias usó de forma fraudulenta este proceso para intentar lograr algún tipo de ventaja electoral ante los comicios de abril de 2019.

El juez califica de «consciente y planificada actuación falsaria desplegada por el Sr. Iglesias con su personación, fingiendo ante la opinión pública y ante su electorado, haber sido víctima de un hecho que sabía inexistente, pocas semanas antes de unas elecciones generales».

El magistrado relata que bajo las instrucciones dadas por Iglesias, y con el beneplácito de la dirección de la asesoría jurídica de Podemos, presentaron la desaparición del teléfono de Dina «como un encargo realizado por el Gobierno del PP al ex comisario Villarejo, para publicar en el digital OK Diario, en el contexto de una campaña para perjudicar a Iglesias, y por ende a Podemos».

«Pese al conocimiento de su falsedad y puestos de común acuerdo», Iglesias, Elizo y la letrada del partido Marta Flor Núñez, como ejecutora material, «simulan que la publicación de las imágenes en el semanario OK Diario durante los días 21 y siguientes del mes de julio, fue el resultado de un encargo realizado al Sr. Villarejo para perjudicar» al líder de Podemos.

Según recuerda el juez, Iglesias recibió del presidente del Grupo Zeta Antonio Asensio, el 20 de enero de 2016, la tarjeta de memoria original procedente del teléfono de Bousselham, en la que comprobó que almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo.

«Pese a ello se guardó la tarjeta en su poder, sin decírselo a su propietaria aun cuando ambos eran personas cercanas (ella había sido su asesora) y el conocimiento que tenía de la desaparición de los objetos de Dina desde noviembre de 2015», explica el juez en otro auto en el que decide propone juzgar al resto de imputados, sobre los que sí tiene competencia.

Se trata del ex comisario José Manuel Villarejo, el ex director de la revista Interviu, Alberto Pozas, y el periodista Luis Rendueles, a los que se investiga en la Audiencia Nacional por descubrimiento y revelación de secretos.

De acuerdo con la investigación, el contenido de la tarjeta llegó a Villarejo a través del exdirector de Interviú, quien a su vez entregó una copia a Asensio y éste se la dio a Iglesias, que se guardó la tarjeta de memoria sin decírselo a su propietaria.

A esto añade que cuando devolvió la tarjeta a Dina ésta ya estaba «inservible para su funcionamiento».

El magistrado apunta como otro hecho destacado el que durante en el mes de julio de 2016 se publicaron en Ok Diario imágenes procedentes del dispositivo de Dina y que Pablo Iglesias había visto en la tarjeta de memoria.

García Castellón también destaca como hecho relevante la comparecencia de Bouselham el pasado marzo, en la que el juez considera que faltó a la verdad, al igual que hizo su marido tres días más tarde.

«Ambos hechos se entienden conexos a la actuación desplegada por los servicios jurídicos del partido Podemos para construir ante el órgano judicial un relato coherente con las instrucciones dadas por el aforado, secretario general del partido», concluye el magistrado.

Para contextualizar su decisión, el juez recoge el reciente auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional, en el que, además de avalar la condición de perjudicado de Pablo Iglesias, declaraba la falta de competencia del juzgado para investigar otras hipótesis alternativas de los hechos, en relación con la autoría y naturaleza de los desperfectos de la tarjeta del móvil.

Según argumentaba la Sala, al haberse presuntamente cometido fuera de la organización criminal investigada en esta pieza, los hechos carecerían de conexidad para poder investigarlos la Audiencia Nacional.

Así pues, la Sala de lo Penal instaba al magistrado a remitir al órgano competente los testimonios oportunos para esclarecer los hechos que han ido apareciendo y de los que se infiere, según el magistrado, «la existencia de indicios razonables de la participación delictiva del aforado Pablo Iglesias Turrión».

Una interpretación muy distinta a la que esperaba Podemos, que asegura «no dar crédito» ante la decisión de García Castellón cuando la Sala de lo Penal le había pedido que devolviera la condición de perjudicado al secretario general del partido.

El juez, después de analizar la doctrina jurisprudencial sobre la revelación de secretos, concluye que se podría «apreciar un acceso no consentido a datos de carácter personal por parte del Sr. Iglesias, además de un apoderamiento de los archivos aprehendiendo el dispositivo en el que se almacenaba la información».

El magistrado indica que la interrupción de la investigación tras el auto de la Sala ha impedido recabar una prueba directa de la destrucción material de la tarjeta por parte del aforado.

Ello, indica, «no impide, sin embargo, que se pueda sostener en esta fase, y desde la provisionalidad del momento procesal inicial», que existen elementos de cargo suficientes para poder atribuir a Iglesias «los daños sufridos por la micro tarjeta SD»

«La única explicación posible, a partir de los indicios recabados, para entender la inoperatividad de la tarjeta, es que los daños se causaran mientras estaba en poder del Sr. Iglesias, pues la micro tarjeta funcionaba en el momento en el que el sr. Asensio se la entrega, y ya no lo hace cuando el sr. Iglesias se la devuelve», sostiene.