El PP presenta la reforma electoral para evitar elecciones el 25-D, recortando a 8 días y de 54 a 47 días el periodo

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Fotografía facilitada por el Partido Popular de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, que ha afirmado hoy que la decisión del dirigente del PSOE, Pedro Sánchez, de no apoyar la investidura de Mariano Rajoy es 'un insulto' y una "tomadura de pelo" a los españoles. Efe.

Efe – El PP ha presentado hoy su propuesta de reforma electoral para evitar que, si se repiten las elecciones, se celebren el día de Navidad, recortando la duración de la campaña a ocho días y reduciendo de 54 a 47 días el periodo que tiene que transcurrir desde la convocatoria hasta la cita con las urnas. Madrid (España), lunes 3 de octubre de 2016. Fotografía: La secretaria general del PP, Maria Dolores De Cospedal, durante una rueda de prensa en la sede del PP. Archivo Efe.

Se trata de una proposición de ley con la que el grupo popular quiere afrontar la situación extraordinaria que supone tener que repetir unos comicios legislativos por falta de acuerdo de gobernabilidad y sólo se aplicará en estos casos.

De acuerdo con los planes del PP, la iniciativa estaría aprobada la última semana de octubre, después de su tramitación en el Congreso y en el Senado.

La propuesta del PP, que cuenta, en principio, con el apoyo del PSOE y de Ciudadanos, contempla además que las fuerzas políticas con representación en las Cortes se pongan de acuerdo para rebajar los gastos de campaña.

Según el texto, que se debatiría en el pleno del 18 de octubre, para acortar la duración del proceso electoral «se ha optado» por reducir el tiempo previsto para la campaña, que se limita a ocho días en vez de los quince para los procesos ordinarios.

Y el PP lo justifica al considerar que los candidatos «no necesitan el mismo tiempo» para captar el voto.

De la misma manera, el periodo que tiene que transcurrir entre el día de la convocatoria de los comicios y su celebración pasaría de 54 días a 47, lo que es «plenamente conforme» con la Constitución, que establece que las elecciones tendrán lugar entre los 30 y los 60 días «desde la terminación del mandato».

Con esta modificación lo que plantean es adaptar el procedimiento general a una repetición electoral como consecuencia de la «imposibilidad» de cumplir con la «primera obligación» del Parlamento, que no es otra -señala el texto- que «la investidura de un presidente del Gobierno y la formación de un gobierno parlamentario».

Para estos procedimientos electorales que son considerados como una repetición, se establece que las Juntas Electorales Provinciales y de Zona se constituirán al día siguiente de la convocatoria y su composición será «idéntica» a la que tuvieran en el momento en que finalizó su mandato.

Los partidos que no hayan obtenido representación parlamentaria no tendrán que volver a recoger los avales para volver a concurrir y las coaliciones ya constituidas tampoco tendrán que volver a constituirse y solamente tendrán que comunicar su voluntad de presentarse en el mismo formato.

Igualmente, las candidaturas podrán mantener sus listas salvo que deseen modificarlas.

En cuanto a los españoles residentes en el extranjero que ya solicitaron el voto en las anteriores elecciones no tendrán que repetir el procedimiento.

Al reducirse la campaña electoral a la mitad, también se reduce en la misma proporción el tiempo gratuito de publicidad electoral en los medios públicos.

También afecta esta proposición a los contratos de la administración pública relacionados con el proceso electoral, que se declaran de «emergencia» y a los que se les aplicará el régimen «excepcional» previsto en la Ley de Contratos del Sector Público.