El Supremo a Torra: Nadie puede impedir que se cumpla una decisión judicial

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 14 DE OCTUBRE DE 2019. Vista de la fachada del tribunal Supremos. El Tribunal Supremo considera, en la sentencia del "Procés" que ha hecho pública este lunes, que nadie está habilitado para impedir el cumplimiento de una decisión judicial ni llamar a la desobediencia civil solo por el hecho de no compartirla o considerarla injusta. Efe

Efe – El Tribunal Supremo considera, en la sentencia del «procés» que ha hecho pública este lunes, que nadie está habilitado para impedir el cumplimiento de una decisión judicial ni llamar a la desobediencia civil solo por el hecho de no compartirla o considerarla injusta. Madrid (España), lunes 14 de octubre de 2019.

«Si ante cualquier decisión judicial llegáramos a admitir que quien no la comparte y la considera injusta, está habilitado para impedir su cumplimiento ¿qué tutela se prestaría a quienes pudiera beneficiar esa decisión o a quienes la comparten y la consideran justa?», se pregunta el alto tribunal, que ha condenado a los líderes del «procés» a entre 9 y 13 años.

Precisamente, en los últimos días dirigentes del Govern, entre ellos su presidente, Quim Torra, han avalado la desobediencia civil como respuesta social a la sentencia.

Incluso, el Parlament aprobó a finales de septiembre una resolución de la CUP, apoyada por JxCat y ERC, que avala la «desobediencia civil e institucional» para defender derechos civiles, políticos y sociales.

En su sentencia, el Tribunal Supremo reconoce que se ha visto en la desobediencia civil «un patrimonio irrenunciable de toda cultura política madura, un aumento en la calidad moral de la sociedad e, incluso, la expresión de una ética de la disidencia».

Y no solo eso, sino que se trata de un mecanismo «dinamizador, imprescindible para no caer en una democracia adocenada, instalada en el conformismo acomodaticio», a la vez que tiene «un valioso papel encaminado a la reinterpretación de lo que mayoritariamente se ha considerado como el bien común».

El tribunal sentenciador insiste en que nadie puede impedir el cumplimiento de una decisión judicial y se muestra tajante al afirmar: «Un planteamiento absolutista de las propias ideas o convicciones, habilitante para desoír a los poderes públicos legítimos, condena a quienes se sitúan al lado de la ley al papel de ciudadanos de segundo orden».

Porque de esa manera, las ideas de quien desobedece civilmente se impondrían sobre «las de quien se somete a la ley y a lo que dispone la autoridad judicial o de otro orden».

De este modo, el Supremo cree que «nadie puede arrogarse el monopolio de interpretar qué es lo legítimo, arrojando al ámbito de lo ilegítimo al que no comparta sus ideas sobre la autodeterminación, por más que alegue como justificación la prevalencia del ejercicio del derecho a la desobediencia civil».

Cree también que los argumentos con los que los independentistas pretenden justificar su disidencia «no pueden ser utilizados para derrotar al que no piensa igual, ni para imponerse a la legalidad», toda vez que para el Supremo los ciudadanos que profesan otras concepciones sobre el problema territorial «gozan de iguales derechos».

«Y con iguales métodos -tanto en el plano del tejido social como en el de la política institucional- ha de respetarse su capacidad y derecho de oponer a esas ideas otras que para ellos son las que encarnan la legitimidad».

El alto tribunal deja claro que en la Constitución y en las leyes tienen cabida las diferentes ideas, unas normas que han sido objeto de consenso por todos los ciudadanos pero que no son «inalterables, sino que pueden ser modificados a través de cauces democráticos» garantes de que «las ideas de unos pocos no sea impuestas a la mayoría».

«Y al mismo tiempo que las mayorías no menoscaben los derechos de las minorías», añade.

Cuando se pretende modificar la legalidad para «conformarla a las propias ideas o aspiraciones, se ha de asumir que el mismo ordenamiento reaccione con los resortes previstos en él como autodefensa frente a vías, no ya carentes de cobertura, sino en abierta oposición y rebeldía frente a la legalidad», advierte el Supremo.