El Supremo quiere reconocer a ANC como Acusación Popular en la Causa contra el separatismo

0
652
Simpatizantes separatista de la organización fanática ANC en Cataluña, de uno d elos Jordis, Jordi Sánchez, durante unas de sus asambleas en Granollers (Barcelona). Archivo ACN.

Efe – El Tribunal Supremo le ha exigido 6.000 euros a un abogado cercano a la independentista Asamblea Nacional de Cataluña (ANC) para reconocerle legitimidad como acusación popular y como paso previo a estudiar si admite o no a trámite su querella contra la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. Madrid (España), martes 19 de diciembre de 2017. Fotografía:

Fuentes cercanas a la ANC han divulgado que han iniciado una campaña para recoger dinero de personas que quieran apoyar la causa del letrado, de nombre Josep Asensio i Serqueda.

La acusación de la querella es por un delito de prevaricación en relación con la instrucción llevada a cabo por Lamela del sumario abierto por el procés hacia la declaración unilateral de independencia.

Los tres magistrados que han estudiado el asunto, Manuel Marchena, Luciano Varela y Andrés Martínez Arrieta, exigen la fianza como paso previo a estudiar la admisión a trámite de la querella. Una vez superado ese paso, el estudio de la admisión o no de la querella requerirá un informe previo del fiscal.

La exigencia de fianza no prejuzga en absoluto una resolución favorable a la admisión. Es decir, no hay una querella admitida a trámite contra Lamela en el Supremo, ni el auto citado supone que vaya a ser así, según explican fuentes del Supremo.

«Una cuestión previa que se debe resolver antes de entrar en una decisión de fondo es la relativa a la naturaleza jurídica de la acción ejercitada por el querellante», dice el auto.

O sea, para que exista esa legitimidad en el querellante en tanto que acción popular el abogado apoyado por ANC deberá prestar la fianza citada.

La ley establece que así sea, recuerda el tribunal, que también especifica que la cantidad a exigir deberá «ser proporcionada y equitativa de tal manera que no impida a nadie, en función de su condición económica, el acceso al proceso negándole así su derecho a la tutela judicial efectiva». El alto tribunal entiende que los 6.000 euros exigidos encajan en este requisito.