El TC decide por unanimidad no suspender el Pleno golpista de JxSí y CUP del lunes 9N

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Redacción y Agencias – El Tribunal Constitucional de la Patria (TC) ha decidido esta noche por unanimidad no suspender el Pleno del parlamento autonómico de Cataluña sobre que debatirá el próximo lunes 9 de noviembre 2015 (9N) sobre la resolución de inicio oficial del golpe de Estado separatista catalán de las candidaturas separatistas catalanas al 27-s: Juntos Por El Sí de Artur Mas Gavarró (CDC), Oriol Junqueras Vies (ERC) con los colectivos separatistas catalanes ANC, Ómnium Cultural y AMI y la Candidatura de Unidad Popular (CUP) de Antonio Baños Boncompain. Barcelona, 5 de noviembre 2015. <Fotografía: Los magistrados del TC durante una reunión en la el TC de la Nación>.

El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido, por unanimidad, desestimar los recursos de amparo presentados por Ciudadanos y el PP que pedían medidas cautelares para impedir la celebración del pleno del Parlamento de Cataluña el próximo lunes. Este pleno, por tanto, se podrá celebrar sin ningún problemas.

El tribunal argumentó que el Parlamento es la sede de los debates políticos, y que no se puede impedir que ejerza esta función, por mucho que haya el riesgo de que se apruebe una declaración que pueda ser inconstitucional. Prevalecería así el derecho de discusión política por encima de los derechos que, presuntamente, el pleno podía vulnerar.

Los once magistrados reunidos este jueves en pleno han acordado durante la mañana admitir a trámite los recursos de amparo de la formación naranja española: Ciudadanos (C’s) PSC y PPC por la vulneración de su derecho fundamental a la participación política en la cámara autonómica. Por la tarde, los magistrados se han vuelto a reunir para discutir la suspensión del pleno pedida por el Ciudadanos y PPC y han rechazado esta medida cautelar. El PSC no incluyó en su recurso al entender que el tribunal de garantías no la aceptaría.

El pleno del Constitucional ha admitido este jueves por la mañana los recursos al apreciar que cumplen el requisito de «especial trascendencia constitucional» que exige la ley para su admisión «porque plantea cuestiones sobre las que no hay doctrina» en este tribunal y porque el asunto planteado «trasciende del caso concreto, al suscitar una cuestión jurídica de relevante repercusión social, con consecuencias políticas generales».

Este tribunal ha decidido asumir la competencia para tramitar los recursos, que han sido formulados concretamente contra los acuerdos adoptados contra dos tipos de resoluciones: los acuerdos de la Mesa del Parlamento autonómico de Cataluña para admitir a trámite la propuesta de resolución y para rechazar las peticiones de reconsideración presentadas por Ciudadanos y el PSC; y la convocatoria y celebración de una Junta de Portavoces previa al pleno sin que el PPC hubiera formado aún grupo parlamentario, para lo que tiene plazo hasta el viernes.

El Constitucional ha acordado dirigirse al Parlamento autonómico de Cataluña para que, en un plazo que no exceda de 10 días, «remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones parlamentarias correspondientes a los acuerdos impugnados» y para que pueda personarse en el procedimiento

Diferencias con el Plan Ibarretxe

Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, no existen antecedentes jurídicos de anulación de acuerdos parlamentarios por parte del Tribunal Constitucional. Dichas fuentes diferencian el caso de la moción independentista del que llevó al Constitucional en abril de 2004 a inadmitir los recursos presentados por el Gobierno contra los acuerdos del Ejecutivo vasco que aprobaron el denominado Plan Ibarretxe y contra la decisión de la Mesa del Parlamento vasco que dio luz verde al inicio de la tramitación del proyecto.

En dicho caso se trataba de recurso de inconstitucionalidad, y además presentado por el Gobierno -lo que conlleva suspensión de ser admitido a trámite-, mientras que las iniciativas presentadas este miércoles son recursos de amparo firmados por grupos parlamentarios.

Siempre que se han pedido medidas cautelares en un recurso de amparo se ha hecho para tratar de dejar en suspenso ejecuciones de sentencias cuyo cumplimiento podría afectar gravemente a derechos fundamentales de las personas en el caso, por ejemplo, de desahucios, o presos por una condena leve. Además, el Tribunal Constitucional solo ha acordado este tipo de medidas de forma excepcional.

El TC, integrado actualmente por once magistrados tras el fallecimiento de Luis Ortega el pasado 15 de abril, tiene una clara mayoría conservadora al haber sido siete de sus magistrados -entre ellos su presidente Francisco Pérez de los Cobos- designados con un claro apoyo del PP frente al resto de miembros, tres de los cuales -Adela Asúa, Juan Antonio Xiol y Fernando Valdés-, se incardinan en la denominada ala progresista. A todos ellos se suma Encarnación Roca, propuesta por el Parlamento catalán en 2012 con el visto bueno de la federación separatista de Artur Mas Gavarró disuelta el pasado mes de julio 2015, Convergencia y Unión 8CIU).