Redacción – En su auto-inculpación (querella de Torra contra Torra) tal como recoge el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), el inhabilitado Joaquim (Quim) Torra reconoce, simplemente «haber tomado parte» los pasados días 20 de septiembre y 1 de octubre de 2017 (1-O), en un momento en el que no ostentaba ningún cargo público. Barcelona (España), lunes 23 de diciembre de 2019.
El inhabilitado Joaquim Torra Pla presentó una auto denuncia, tres conocerse la sentencia dictada por el Tribunal Supremo sobre el 1 de octubre, en la que pide que se le investigue también a él por haber participado en la consulta del 1 de octubre de 2017.
En su auto-inculpación, tal como recoge el fallo, el condenado Torra reconoce, simplemente «haber tomado parte» los pasados días 20 de septiembre y 1 de octubre de 2017, en un momento en el que no ostentaba ningún cargo público.
El delincuente condenado por el delito de desobediencia a la Junta Electoral, por el Caso de los lazos amarillos y mensajes políticos en periodo electoral, solicitaba que se incoaran las oportunas diligencias Previas en las que se le diera la condición y las garantías procesales que correspondan a las personas investigadas por razón del delito.
En este sentido, la jurisprudencia, explica el auto, declara que no tiene ninguna justificación la apertura de un proceso penal para comprobar unos hechos que, de ser acreditados, no serán constitutivos de delito.
Este es el caso de los hechos a los que alude el escrito que ha dado lugar a la incoación de este procedimiento.
La sala, pues, se declara competente para conocer de la causa y declara la inadmisión de la denuncia ordenando su archivo.