El Tribunal Constitucional rechaza el recurso y avala la condena de Irene Montero Gil 

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 17 DE JUNIO DE 2023. La presidente del Consejo Ciudadano de Podemos, Ione Belarra Urteaga (3 d), la secretaria Internacional y Relación con Otras Fuerzas, Idoia Villanueva (i), la secretaria de Organización y Formación, Lilith Verstrynge (2i), la ministra de Igualdad y secretaria de Acción de Gobierno del partido, Irene Montero (2d), y la portavoz del Partido, Isabel Serra Sánchez (Isa Serra) (d), durante la celebración del Consejo Ciudadano de Podemos este sábado en Madrid. Efe

Madrid (España), lunes 6 de noviembre de 2023 (Lasvocesdelpueblo y Agencias).- El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso y ha avalado la condena de la ministra de Igualdad y dirigente de la ultraizquierda Podemos, Irene Montero Gil, de  indemnizar con 18.000 euros al exmarido de María Sevilla, expresidente de Infancia Libre, por daño moral al llamarle maltratador.

Según explica el Constitucional en una providencia a la que ha tenido acceso Efe, no tiene «la especial trascendencia constitucional» que requiere la ley para que los recursos de amparo sean admitidos a trámite.

El Tribunal Supremo condenó a Montero el pasado junio al estimar parcialmente la demanda interpuesta por el exmarido de María Sevilla, Rafael Marcos.

Las declaraciones en cuestión fueron pronunciadas por Montero el 25 de mayo de 2022, en la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres.

«Las madres protectoras -dijo la ministra – sufren injustamente y, en muchos casos, suponiendo una vulneración de muchos de sus derechos, la criminalización y la sospecha por parte de la sociedad, cuando lo que están haciendo no es otra cosa que defenderse a sí mismas y defender a sus hijos e hijas frente a la violencia machista de los maltratadores».

Rafael Marcos denunció que Irene Montero hizo estas declaraciones tras conocerse que el Gobierno indultaba parcialmente a María Sevilla, condenada en 2020 a dos años y cuatro meses de cárcel y a la pérdida de la patria potestad de su hijo por un delito de sustracción de menores de ese niño, al que no permitía acercarse a su padre.