El Tribunal Constitucional suspende la celebración de referéndum separatista en Cataluña en 2017

0
568
En la imagen, la fachada del Tribunal Constitucional del Reino de España. Archivo Efe.

Lasvocesdelpueblo y Agencias – El Tribunal Constitucional del Reino de España (TC) ha suspendido cautelarmente la resolución del Parlamento autonomico de Cataluña que prevé un referéndum secesionista en septiembre de 2017 para dinamita la Unidad Nacional española, al haber admitido a trámite el incidente de ejecución de sentencia presentado por el Gobierno del presidente Mariano Rajoy Brey en contra de aquella decisión xenófoba de la coalición separatista de Artur Mas (CDC) y Oriol Junqueras (ERC), Juntos por El Sí (JxSi) 62 diputados y la CUP con 10 escaños –CUP no forma parte de la Mesa del Parlamento de Cataluña pero pacto la fecha del referéndum durante las negociaciones de los presupuestos de las Generalidad de Cataluña–. Madrid (España), miércoles 14 de diciembre de 2016. Fotografía: La sede del Tribunal Constitucional de España en una imagen archivo de la agencia española de noticias ‘Efe’.

El Pleno del Constitucional ha acordado tramitar el incidente de ejecución que presentó la Abogacía del Estado contra esa resolución del Parlamento catalán, como en ocasiones anteriores, advierte a los miembros de la Mesa del Parlamento y del Gobierno catalán de las responsabilidades, incluidas las penales, en las que pueden incurrir si ignoran su mandato.

El Gobierno defiende en su escrito que el Parlamento catalán desobedeció la sentencias del Constitucional con su resolución del pasado 6 de octubre referida al «Referéndum» y al «Proceso Constituyente», incluidos en el Título I sobre «El futuro político de Cataluña».

Esa iniciativa –aprobada con el apoyo de (JxSí) y la CUP y la abstención de la coalición de Podemos en Cataluña (Cataluña Sí Que Se Puede)– implica la convocatoria de un referéndum vinculante en 2017 y la convocatoria de unas «elecciones constituyentes» seis meses después si el ‘sí’ a la separación de Cataluña del resto de España vence por más del 50 % de los votos.

La suspensión cautelar de los apartados objeto del incidente de ejecución es consecuencia directa y automática de la invocación por parte del Gobierno del artículo 161.2 de la Constitución, que determina a su vez que el Tribunal debe levantar o ratificar esa suspensión en un plazo de cinco meses.

Esta suspensión será notificada personalmente a la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell; al resto de miembros de la Mesa; al secretario general de la cámara; al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y a los demás integrantes del Ejecutivo catalán.

A todos ellos se les advierte del deber de «impedir o paralizar» cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada y les apercibe de las «eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir».

No es la primera advertencia de esas características que hace el Constitucional.

De hecho, como consecuencia de la anterior, el mismo 6 de octubre el tribunal emplazó al fiscal a actuar contra Forcadell por desobedecer sus resoluciones que anulaban la hoja de ruta racista de JxSi y CUP.

Esa decisión derivó en una querella de la Fiscalía contra la presidenta del Parlamento catalán, que está citada el viernes 16 de diciembre como investigada (imputada) en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

En el acuerdo alcanzado hoy, el tribunal de garantías requiere a Forcadell, a los miembros de la Mesa del parlamento catalán y al secretario general de la Cámara para que informen si las actuaciones que derivaron en la aprobación de la resolución por la que se convocó el referéndum separatista contravienen las decisiones anteriores del Constitucional contra ese proceso.

Además, el Pleno ha dado veinte días de plazo al fiscal y al Parlamento catalán que presenten alegaciones al escrito de la Abogacía del Estado.