El Tribunal de Cataluña ve legal que Puigdemont prometiera el cargo sin acatar la Constitución

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El expresidente catalanista Artur Mas Gavarró (i) junto al nuevo presidente Carles Puigdemont Casamajó (c) y la presidenta del Parlamento Carme Forcadell Lluís (d9 durante la toma de posesión. Lasvocesdelpueblo

Agencias – En un auto, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado hoy NO admitir a trámite la denuncia presentada por Unión Cívica Española-Partido por la Paz, Reconciliación y Progreso de España contra el presidente separatista al frente de la generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont Casamajó, los consejeros de su gobierno, el secretario general de su gobierno, Joan Vidal, y la presidenta del Parlamento autonómico de Cataluña, Carme Forcadell Lluís, por la fórmula de promesa que emplearon cuando asumieron sus cargos. Barcelona, 10 mayo 2016. Fotografía: El expresidente catalanista Artur Mas Gavarró (i) junto al nuevo presidente Carles Puigdemont Casamajó (c) y la presidenta del Parlamento Carme Forcadell Lluís (d9 durante la toma de posesión. Lasvocesdelpueblo.

El TSJC ha avalado la fórmula con que prometieron su cargo el presidente de Puigdemont y los consejeros separatistas catalanes, al entender que no tenían la «obligación legal» de acatar la Constitución española ni el Estatuto autonómico de Cataluña en su toma de posesión. El auto sostiene que la fórmula con la que los miembros del Govern prometieron cumplir sus funciones, en que eludieron acatar la Constitución y expresar lealtad al Rey, «carece de relevancia da efectos penales», dado que en la normativa no consta «regulación específica» sobre ese asunto.

Puigdemont asumió su cargo el pasado 12 de enero 2016 ante Carme Forcadell, prometiendo «fidelidad a la voluntad del pueblo de Cataluña representada por el Parlamento de Cataluña», sin alusión alguna a la Constitución Española ni al Rey. Dos días después, fueron los consejeros de su gobierno los que prometieron cumplir las obligaciones de su cargo «de acuerdo con la ley», «al servicio de Cataluña» y con «lealtad al presidente de la Generalidad de Cataluña».

La denuncia de Unión Cívica, inicialmente presentada en los juzgados de Zaragoza pero que acabó en manos del TSJC por afectar a aforados, acusaba de los delitos de prevaricación y desacato a la autoridad a los miembros del gobierno separatista y a la presidenta del Parlamento autonómico de Cataluña por aceptar su fórmula de promesa del cargo.

La sentencia sostiene que ni el Estatut de Autonomía ni el Reglament del Parlament «regulan o contemplan el uso o no de alguna fórmula concreta de juramento o promesa», por lo que esa cuestión «queda dentro del ámbito exclusivo de la actividad parlamentaria». Es más, recalca el auto del TSJC, esa normativa, así como la Ley de Puigdemont y de su gobierno, no establece «ni siquiera» que los miembros del ejecutivo catalán, al ser nombrados, «deban jurar o prometer sus cargos ni, por ende, deban emplear fórmula alguna de juramento o promesa».

El tribunal precisa además que, en el caso de que hubiera algún «defecto» en la fórmula de promesa empleada por los miembros del gobierno separatista catalán, «ello solo podría afectar a la validez del acto en sí, pero nunca daría lugar a la configuración de un ilícito penal».

Asimismo, el TSJC ha decidido no admitir a trámite otra denuncia por falsedad documental e intrusismo profesional que presentó la misma asociación contra Puigdemont por hacer constar en su currículum oficial que es filólogo y periodista, cuando su máxima graduación es la de bachiller y carece de licenciatura.

La denuncia incluía un fragmento de la biografía de Puigdemont que publica la página web del gobierno de la Generalidad de Cataluña y que sostiene que Puigdemont «cursó estudios en Filología Catalana en el Colegio Universitario de Gerona» y «desarrolló su carrera periodística especialmente en el diario catalán ‘El Punto’, donde llegó a ser redactor jefe».

El TSJC hace suyos los argumentos de la Fiscalía, que se opuso a la admisión de la denuncia, y razona que la página web de la Generalidad de Cataluña no ha sido redactada por Puigdemont y que, además, en la misma no se afirma que obtuviera la Licenciatura de Filología Catalana, sino que «cursó estudios de Filología Catalana», sin precisar que los concluyera.

«Puede admitirse que induce o puede inducir a confusión a los lectores de la página web, e incluso que dicha confusión pueda tener un propósito interesado, pero lo cierto es que en ningún momento se afirma que el denunciado sea Licenciado en Filología Catalana», recuerda el auto, reproduciendo así un argumento de la Fiscalía. En relación con el delito de intrusismo profesional -por ejercer sin tener la licenciatura-, el TSJC recuerda que Puigdemont «obtuvo el carné de prensa tras ejercer las labores periodísticas», por lo que «de modo patente» no encaja en el delito del que le acusa Unión Cívica Española.