El Tribunal rechaza las medidas de (AEGC) sobre mascarillas y Test para los guardias civiles

0
746
FOTOGRAFÍA. FRONTERA LAPURDI (FRANCIA) Y IRÚN (ESPAÑA), 11.04.2020. Agentes de la Guardia Civil y de la Policía Nacional cierran este sábado la frontera con la localidad francesa de Lapurdi por el puente de Behobia, en Irún. Efe

Efe – La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado la medida cautelar solicitada por la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) para que en el plazo de 24 horas la Dirección General del Instituto Armado entregue equipos de protección individual (EPI) y haga pruebas de detección del coronavirus a todos los agentes en activo. Madrid (España), miércoles 15 de abril de 2020. 

En un auto, la Sala considera que desde finales de enero la Guardia Civil hace acopio de material de prevención en una situación de «escasez» a nivel mundial, por lo que utilizar esos recursos de forma indiscriminada y no de forma racional puede suponer un mayor riesgo de salud pública.

Los magistrados lamentan además la ausencia de acreditación alguna, si quiera indiciaria -por parte de la asociación que insta las medidas- de las graves «aseveraciones» que se contienen de forma genérica y que, por otro lado, quedan prácticamente desvirtuadas por la documental aportada por la Abogacía del Estado.

Según dicha documentación, explica la Sala, se acredita que desde finales de enero, por parte de la Dirección General de la Guardia Civil, se está desarrollando una actividad preventiva, encaminada a evaluar los riesgos de las diferentes unidades, así como las gestiones necesarias para el acopio de recursos preventivos en una situación mundial de desabastecimiento para paliar los riesgos de exposición a la COVID-19, «habiendo dado cumplida cuenta del material que se dispone y de los criterios adoptados para su uso».

En esta situación, el tribunal entiende que «difícilmente puede apreciarse la actitud de inobservancia de la normativa en materia de seguridad y salud laboral que, de forma un tanto gratuita», imputa la Asociación Española de la Guardia Civil a la Dirección General del Instituto Armado.

Además, dicen los magistrados de la Audiencia, la medida que se solicita relativa a la entrega de los EPI y la realización de los test de forma indiscriminada a todos los agentes que se encuentren en servicio activo de protección de la seguridad, «lejos de mitigar el riesgo de retardo, lo acrecienta, poniendo, a juicio de esta Sala, en peligro un bien jurídico superior y trascendente al que se pretende proteger con la futura demanda, cual es la salud pública de la sociedad en su conjunto».

«En efecto -continua el texto- ante una situación de notoria y conocida escasez de recursos preventivos y de test diagnósticos eficaces para la detección de la COVID-19, producida por el alcance mundial de los contagios (…), la pretensión de la parte, amén de trascender las competencias de la DGGC (…) pone en peligro el uso racional que de los mismos debe efectuar».

En otro auto, la Sala rechaza la medida cautelar solicitada por el Sindicato Alternativa Sindical de Policía para que se realicen de forma urgente test de detección rápida a los funcionarios de la Policía Nacional.

Respecto a su petición de que dicha medida se extienda al resto de cuerpos policiales y a la Guardia Civil, los magistrados estiman la falta de legitimación del sindicato para la ampliación de dicha medida al resto de miembros de las fuerzas de seguridad.