El Tribunal Supremo apoya el indulto parcial al denunciante del caso «Gürtel» José Luis P.

0
312
TRIBUNAL (AUDIENCIA NACIONAL) MADRID (ESPAÑA), AÑO 2018. (Primera fila - de izda a dcha) Álvaro Pérez Alonso 'El Bigotes', responsable de la empresa Orange Market; Pablo Crespo, número dos de la trama Gürtel, y Francisco Correa, empresario y 'cabecilla' de la trama, durante el juicio que se celebró en la Audiencia Nacional sobre la supuesta financiación ilegal del PP de Valencia a través de la trama Gürtel. Efe.

Redacción.- Madrid (España), viernes 19 de noviembre de 2021. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha informado favorablemente a la concesión de un indulto parcial al denunciante del caso Gürtel, José Luis P., condenado por delitos de asociación ilícita, cohecho, falsedad documental, fraude, malversación de caudales públicos y prevaricación, con la atenuante de confesión, a 5 años y 3 meses de prisión, 5 años y 1 mes de inhabilitación absoluta, 7 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público y 130.600 euros de multas.

En su informe, remitido al Ministerio de Justicia, apoya que se conmuten las dos penas de inhabilitación absoluta a las que José Luis P. fue condenado (una de 3 años y otra de 2 años y 1 mes) por dos penas de inhabilitación especial, de idéntica duración que las conmutadas, para cargos públicos de libre designación o elección.

La Sala ha tenido en cuenta el criterio del fiscal, que respaldaba la concesión del indulto parcial a José Luis P., atendiendo a razones de justicia, equidad y utilidad pública, requisitos que exige la Ley del Indulto, y al arrepentimiento del solicitante. Además, el fiscal expresaba en su informe la falta de protección de los denunciantes en España, a diferencia de lo que sucede en el derecho comparado en el que la figura del «whistleblower» (delator o arrepentido) es reconocida y protegida.

Asimismo, valoraba la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

El informe del Ministerio Público destacaba que el cumplimiento de inhabilitación absoluta en el caso de Peñas significaría la pérdida de su trabajo, lo que supondría para él una aflicción desmedida e innecesaria.

En cambio, consideraba que el indulto parcial, conmutando las penas de inhabilitación absoluta por dos de inhabilitación especial, le permitiría no perder la condición de funcionario público y seguir en el desempeño de sus funciones como ordenanza en el Ayuntamiento de Madrid.

Informe desfavorable al indulto de Carmen R.Q.

Por otra parte, la Sala se opone a la concesión de un indulto parcial a Carmen R.Q., exmujer de Francisco C., que fue condenada por el alto tribunal a 17 años y 8 meses de prisión.

En este caso, lo rechaza de acuerdo también con el informe del fiscal, que fue desfavorable.