El Tribunal Supremo envía a prisión al marido de la Infanta Cristina, Iñaki Urdangarin

0
635
Iñaki Urdangarin asiste a la presentación de las conclusiones del juicio del caso Nóos, hoy en la sede de la Escuela Balear de la Administración Pública (EBAP) de Palma. Archivo Efe

Efe – Le ha mantenido una pena de cinco años y diez meses. Urdangarin ha resultado condenado por malversación, prevaricación, fraude a la Administración, dos delitos fiscales y tráfico de influencias. En cuanto a la infanta Cristina, el Supremo minora la cuantía que la Audiencia de Palma consideró que debía pagar como responsable civil a título lucrativo: de 265.088 euros a 136.950 euros. Madrid (España), martes 12 de junio de 2018. Fotografía: Iñaki Urdangarin asiste a la presentación de las conclusiones del juicio del caso Nóos, hoy en la sede de la Escuela Balear de la Administración Pública (EBAP) de Palma. Archivo Efe

El Tribunal Supremo ha rebajado levemente la condena que la Audiencia de Palma impuso a Iñaki Urdangarin, pero le ha mantenido una pena suficiente, cinco años y diez meses, como para que ingrese en prisión, y ha reducido la cantidad que debe pagar la infanta Cristina como responsable a título lucrativo.

La entrada en la cárcel de Urdangarin, de este modo, parece cada vez más clara y, de hecho, la Audiencia de Palma le ha citado mañana, junto a otros condenados (el ex ministro Jaume Matas y su ex socio Diego Torres) para entregarles la orden de prisión.

Urdangarin ha resultado condenado por malversación, prevaricación, fraude a la Administración, dos delitos fiscales y tráfico de influencias.

El tribunal solo admite uno de los puntos de su recurso contra la sentencia de la Audiencia de Palma y le absuelve de un delito de falsedad en documento público cometido por funcionario al entender que no ha quedado probada su intervención.

En cuanto a la infanta Cristina, el Supremo minora la cuantía que la Audiencia de Palma consideró que debía pagar como responsable civil a título lucrativo: de 265.088 euros a 136.950 euros.

El alto tribunal entiende que no debe responder como partícipe a título lucrativo por delitos fiscales, pero sí por malversación y fraude, que son los otros dos por los que fue condenada a pagar responsabilidad civil y que el Supremo mantiene.

También rebaja la condena al exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, de 8 años y medio a 5 años y 8 meses de prisión, una condena que también anticipa su probable encarcelamiento.

Por lo que se refiere al expresidente del Govern de Baleares Jaume Matas, se mantiene su condena a 3 años y ocho meses de cárcel.

Las penas recibidas por los tres principales condenados implican que su ingreso en prisión inminente es prácticamente inevitable, aunque sus situaciones sean diferentes.

Así lo demuestra el hecho de que la Audiencia de Palma los haya citado mañana para comunicarles ese ingreso. Al tratase de una sentencia firme, ni siquiera es necesario celebrar una vistilla para escuchar a las partes.

Aún así, Urdangarin podría dilatar su ingreso en la cárcel si recurre al Constitucional y consigue que la Audiencia de Palma espere a que ese tribunal decida si admite o no el recurso antes de ejecutar la sentencia.

Sin embargo, aunque lo admitiera a trámite, es poco probable que el TC suspenda el ingreso en prisión dada la envergadura de la condena. Solo lo hace cuando la pena es inferior a los cinco años,y no es el caso. Para el cálculo, tomará de referencia el total de la condena (5 años y 10 meses) y no que se trata de la suma de varias penas menores.

Algo similar sucederá con Diego Torres en cuanto al ingreso en prisión. Y por lo que respecta a Matas, esta es la tercera condena firme para el expresidente balear, que ya pasó por la cárcel a causa del sumario Palma Arena. También resulta poco probable, en principio, que la Audiencia de Palma no le envíe a prisión en una fecha no muy lejana.

Respecto a otros puntos de la condena, Urdangarin deberá pagar en total algo más de un millón de euros si se suman las multas y las indemnizaciones a las que resulta condenado.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Del Moral, avala uno de los principales argumentos en los que la Audiencia de Palma fundamentó la condena y, así, reprocha a Urdangarin que utilizara el «trampolín de su privilegiada posición» para lograr el «sometimiento» del expresidente balear Jaume Matas a sus intereses.

«Está acreditado», dice el Supremo, que el acusado «a través de su amistad» con Diego Torres y el ex director general de Deportes del Govern balear, José Luis Ballester, y dada «la situación de privilegio que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien entonces era Jefe del Estado, consiguió mover la voluntad» del presidente balear Jaume Matas para obtener contratos. Por lo tanto, cometió tráfico de influencias.

Además, señala que no puede cuestionarse la naturaleza pública de los fondos sustraídos mediante la comisión de un delito de malversación, que cuantifica en 450.000 euros.

Estos fondos fueron pagados a Nóos «pese a no haberse producido» la contraprestación o, en otras palabras, pese a que «los servicios que correspondían a esos pagos no se habían llevado a cabo». Urdangarin, de este modo, fue inductor y cooperador necesario de esta malversación.

Además, para ocultar los fondos o para poner en práctica sus planes, cometió delitos de fraude y contra la Hacienda Pública, dice la sentencia. Las empresas que negociaron con Nóos no pagaron a Hacienda a causa de «la información falsa y falaz» que les suministró Urdangarin.

A la infanta Cristina le aplica el mismo criterio que a la mujer de Torres, Ana María Tejeiro, al entender que las mujeres no pudieron beneficiarse de un incremento patrimonial de sus maridos porque, a criterio del tribunal, no pagar a Hacienda no supone un enriquecimiento.

Se da la circunstancia de que la infanta no recurrió la sentencia, pero se beneficia del recurso que presentó Tejeiro.

Por otra parte, la Sala ratifica las condenas de prisión de los cuatro acusados de la «rama balear», aunque recuerda que se puede sustituir por multa.

Confirma el tribunal las absoluciones de otros diez acusados, entre ellos las de la infanta Cristina y la esposa de Diego Torres respecto al delito de colaborar en los delitos fiscales de sus maridos, y las de los acusados de la «rama valenciana».