El TSJC rechaza el recurso de Artur Mas y continuará con la querella criminal por el 9N, golpe separatista catalán

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado los seis recursos del gobierno separatista catalán: la consejera de educación, Irene Rigau; la vicepresidenta del gobierno catalán, Joana Ortega y el presidente del gobierno catalán, Artur Mas Gavarró sobre las seis querellas criminales admitidas a trámite total o parcialmente en el TSJC, presentadas por el Sindicato de Funcionarios Públicos Manos Limpias; la nueva formación política, VOX; el Partido liderado por Rosa Díez, Unión Progreso y Democracia (UPyD); Asociación Projusticia Siglo XXI; un Sindicato de Policía; y la querella de la Fiscalía; porque, según defiende el TSJC en su auto «que no se puede recurrir», la admisión a trámite de las querellas criminales contra el golpe separatista del 9-N a la democracia de España «es un simple procedimiento para iniciar la investigación, y no prejuzga nada» sobre el proceso admitido a trámite en la máxima Instancia Judicial en Cataluña, TSJC, alega el Pleno del Tribunal.

Este viernes, 27 de febrero 2015, el Pleno del Tribunal Superior de Cataluña (TSJC), en seis autos diferentes ha rechazado todos los recursos, un total de seis, presentados Artur Mas Gavarró, Joana Ortega Alemany e Irene Rigau Oliver contra los seis autos que admitió a trámite total o parcialmente contra miembros del gobierno separatista catalán por desobediencia a las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de España sobre la convocatoria y la celebración del golpe separatista del 9 de noviembre 2014 en la comunidad autónoma española de Cataluña.

Por otra parte, el Pleno del TSJC ha rechazado, también, ampliar las querellas criminales contra: la mesa del Parlamento regional de Cataluña que impulsó y participó de forma activa a la humillación de España; la actual presidenta del Parlamento regional de Cataluña, Núria de Gispert Català, y contra el consejero de Interior del gobierno catalán, Ramon Espadaler Parcerinas, y finalmente, ampliar los delitos, actualmente circunscritos a desobediencia, a los de usurpación de funciones y delito electoral, tal como solicitó la formación política liderada por Rosa Díez, Unión Progreso y Democracia (UPyD) porque así alegaba UPyD, la aprobación del orden del día de una sesión del Parlamento para aprobar órganos de control de la consulta es un delito.

El Pleno del TSJC ha rechazado esta solicitud de UPyD porque tanto la comisión de control como las comisiones delegadas debían entrar en funcionamiento teniendo en cuenta el ordenamiento jurídico vigente, como decía la misma ley, lo que suponía tener que esperar la aprobación del Tribunal Constitucional (TC), defiende el TSJC y añade el consejero de Interior del gobierno separatista catalán, Ramon Espadaler Parcerinas, que debería velar por el orden público ordenando al Cuerpo de Policía regional de Cataluña ‘Mossos de Esquadra’ mantener el orden Constitucional el pasado 9 de noviembre 2014, que ninguna autoridad judicial le ordenó que los agentes de Policía regional ‘Mossos de Esquadra’ «retiraran las urnas» ilegales de cartón del golpe separatista del 9-N, explica el TSJC en su auto de este viernes 27 de febrero 2015.