Elecciones Andalucía| La Junta Electoral rechaza los recursos de los AntiVox y avala el uso discreto de la bandera de España por los verde

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FOTOGRAFÍA. SALOBREÑA (GRANADA) ESPAÑA, 03.06.2022. La cabeza de lista por Granada al Parlamento de Andalucía y candidata a la presidencia de la Junta de Andalucía, Macarena Olona Choclán, en uno d elos carteles del Programa Electoral de los verdes para el 19J Andalucía 2022. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Lasvocesdelpueblo y Agencias.- Sevilla (España), miércoles 8 de junio de 2022. La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha desestimado dos denuncias contra la utilización de la bandera de España en la propaganda de Vox para los comicios del próximo 19 de junio porque no aprecia «pretensión de apropiación o de empleo como instrumento de confrontación».

Así lo recogen dos acuerdos adoptados el martes, 7 de junio, por la JEA en respuesta a dos denuncias presentadas por la coalición de ultraizquierda Andaluces Levantaos, -un grupo de AntiVox que intentó ilegalizar la candidatura de los verdes por Granada al Parlamento de Andalucía considerando fraude el simple hecho de que una española viva donde quiera en España y se registre en un padrón municipal, concretamente, el padrón municipal de la candidata Macarena Olona Choclán en Salobreña (Granada)- que criticaba el «uso partidista» de la bandera de España en la propaganda electoral de Vox, y por el «podemita» Rubén Sánchez García, secretario general de la ONG afín a la ultraizquierda Facua-Consumidores en Acción (FACUA).

Antecedentes

Agencia Efe.- Sevilla, 6 de junio de 2022. El secretario general de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, ha presentado un escrito ante la Junta Electoral en el que reclama que se impida a Vox que utilice la bandera española como eslogan de campaña electoral, al entender que vulnera el artículo 8 de la Ley 39/1981, de 28 de octubre.

En el escrito, remitido a Efe este lunes, Sánchez indica que el partido de Santiago Abascal está incluyendo la bandera de España, junto a su logotipo y eslogan de campaña, en todo tipo de soportes gráficos de su propaganda electoral, lo que atentaría contra la citada ley, que regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas.

El artículo 8 de dicha ley establece que «se prohíbe la utilización en la bandera de España de cualesquiera símbolos de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas».

Sánchez alude a decisiones anteriores para indicar que hay jurisprudencia que señala que «la bandera de España no puede ser instrumentalizada por ningún partido o grupo», y recuerda que el artículo 8 de la citada Ley 39/1981 establece que «las autoridades corregirán en el acto las infracciones de esta ley, restableciendo la legalidad que haya sido conculcada».

Además, indica que el artículo 46.5 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, establece que «no pueden presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan la bandera o el escudo de España».

Por ello, pide que se evalúe si la propaganda electoral de Vox conculca la prohibición de utilizar la bandera de España y, de ser así, «corrija la infracción garantizando la retirada de todos los soportes en los que el citado partido haya incluido la misma de forma indebida».