(GESTHA) apoya la denuncia Hacienda contra Cristiano Ronaldo por delitos fiscales en 2012

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El delantero portugués del Real Madrid Cristiano Ronaldo celebra su tercer gol, y tercero del equipo frente al Wolfsburgo alemán, en el partido de vuelta de cuartos de final de la Liga de Campeones jugado en el estadio Santiago Bernabéu, en Madrid. EFE

Lasvocesdelpueblo y Agencias – Agencia Tributaria (Hacienda) en un comunicado: «Si el juez redujera las penas a la cuarta parte (pena mínima de 5 años de cárcel), la pena de prisión total quedaría en 15 meses, por lo que al carecer de antecedentes podría acordar que no entre en prisión». Los Técnicos del ministerio de Hacienda (GESTHA) apoyaron la denuncia de Hacienda. (…) aunque ese último año pagó a Hacienda cerca de seis millones, los técnicos indicaron que el futbolista del Real Madrid pudo incurrir en un delito fiscal en 2011 y en otros dos delitos fiscales agravados en 2012 y 2013, ya que las cuotas presuntamente defraudadas superan los 600.000 euros. Madrid (España), viernes 26 de mayo de 2017. Fotografía: El delantero portugués del Real Madrid Cristiano Ronaldo celebra su tercer gol, y tercero del equipo frente al Wolfsburgo alemán, en el partido de vuelta de cuartos de final de la Liga de Campeones jugado en el estadio Santiago Bernabéu, en Madrid. Archivo Efe.

Los Hechos

Toda la crónica sobre los hechos en el siguiente enlace: Lasvocesdelpueblo, Madrid (España), 02 de diciembre de 2016-. Dicen que «Cristiano Ronaldo cobró a través de una sociedad de Irlanda» para no pagar impuestos. Los culés (FC Barcelona) y TV3 se frotan las manos ante la dudosa noticia.

El diario ‘El Confidencial’ dice: «La estrella del Real Madrid llegó a acuerdos publicitarios con grandes multinacionales empleando una compañía domiciliada en el país del euro que paga el menor Impuesto de Sociedades. Cristiano Ronaldo cobró de Nike, KFC, Toyota y Konami a través de una sociedad de Irlanda».

Hacienda se ha enterado

Los Técnicos del ministerio de Hacienda (GESTHA) apoyaron la denuncia de la Agencia Tributaria (AEAT) a la Fiscalía por presuntos delitos del jugador portugués del Real Madrid Cristiano Ronaldo contra la Hacienda Pública por el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) de 2011 y delitos fiscales agravados de 2012 y 2013.

«Lamentan la demora de la AEAT en remitir esta denuncia sobre un asunto tan complejo a la Fiscalía»

En un comunicado enviado a la agencia española Efe, este jueves 25 de mayo de 2017, también «lamentan la demora de la AEAT en remitir esta denuncia sobre un asunto tan complejo a la Fiscalía, que deberá formular su querella antes del 30 de junio para evitar que prescriba penalmente el presunto delito cometido en el IRNR de 2011».

Después de que diversos medios de comunicación informaran de la denuncia de Hacienda a la Fiscalía porque Cristiano Ronaldo (CR7) pudo defraudar ocho millones de euros de sus derechos de imagen entre 2011 y 2014, aunque ese último año pagó a Hacienda cerca de seis millones, los técnicos indicaron que el luso pudo incurrir en un delito fiscal en 2011 y en otros dos delitos fiscales agravados en 2012 y 2013, ya que las cuotas presuntamente defraudadas superan los 600.000 euros.

El delantero del Real Madrid Cristiano Ronaldo celebra el gol durante el partido correspondiente a la trigésimo séptima jornada de Liga, contra el Valencia, que ambos equipos disputaron en el estadio Santiago Bernabéu. Efe.

«Pena de prisión de dos a seis años»

«Estos dos delitos conllevan penas de prisión de dos a seis años por cada uno de ellos, lo que implicaría la petición de la Abogacía del Estado de una pena mínima total de cinco años», precisaron.

No obstante aclararon que el juez podría aplicar la atenuante «muy cualificada de regularización extemporánea introducida en el Código Penal en 2013 y reducir la pena a la mitad o a la cuarta parte de cada delito si el jugador reconoce los hechos y paga las cuotas defraudadas, los intereses y las multas en el plazo máximo de dos meses desde la citación judicial como investigado».

 «La pena de prisión total quedaría en 15 meses»

«Si el juez redujera las penas a la cuarta parte, la pena de prisión total quedaría en 15 meses, por lo que al carecer de antecedentes podría acordar que no entre en prisión, mientras no sea condenado en el tiempo de la pena suspendida», indicó GESTHA.

El delantero portugués Cristiano Ronaldo celebra uno de sus goles en el Hugría-Portugal en el Stade de Lyon en Lyon, Francia. Efe

El colectivo de técnicos también consideró que los asesores fiscales de Cristiano Ronaldo deberían ser investigados «por cooperadores necesarios en los presuntos delitos fiscales, especialmente tras conocerse las revelaciones de ‘Football Leaks’, que alertaban sobre los correos electrónicos que se cruzaron los abogados del jugador y los del representante».

Gestha denunció a su vez que la llamada Ley Beckham facilitara «la elusión de un impatriado que hubiera firmado un contrato antes de final de 2009, como es el caso de CR7», y recordó que esta normativa permitía tributar por el IRNR a un tipo fijo del 24% durante 2010 (cuando se efectúa el cambio de residencia fiscal a España) y durante los cinco períodos siguientes, de 2011 a 2015.

Aquella ley (vigente de 2004 a 2009) otorgaba otros privilegios fiscales extraordinarios, como no tributar por la renta mundial como cualquier residente o no estar obligado a presentar la declaración de bienes en el extranjero, según criterio de la Dirección General de Tributos, por lo que CR7 declaró que obtenía en España 14,9 millones, el 20% de los 74,8 millones de ingresos publicitarios que se cifraron entre 2009 y 2014.

«Hacienda entiende que otros 32 millones de euros que obtuvo el jugador en estos tres años son ingresos obtenidos realmente dentro de España, por lo que reclama esos 8 millones de cuotas presuntamente defraudadas entre 2011 y 2013», explicaron.

El comunicado de GESTHA recordó que durante la inspección el portugués presentó de forma voluntaria la declaración del modelo 720 que informó de sus bienes en el extranjero valorados en 203 millones de euros.

GESTHA denunció también que en casos de grandes fraudes cometidos por artistas, deportistas o entrenadores se limita la investigación a solo un impuesto en un máximo de tres años, lo que permite que estas personas puedan ver reducida su condena de prisión por debajo de 24 meses, a diferencia de otras personas anónimas a las que se investigan más ejercicios o más impuestos.

Los técnicos reiteraron por último su petición al director de la AEAT, Santiago Menéndez, para que dé explicaciones en el Congreso sobre aspectos como el criterio para enviar o no a Fiscalía los supuestos de grandes fraudes «cometidos por deportistas o entrenadores» y el motivo por el que no se aumentan sus competencias para investigar a «un mayor número de personas con enormes patrimonios y rentas».