
Madrid, lunes 21 de septiembre de 2026 (Lasvocesdelpueblo).— El caso Begoña Gómez llega a su punto de inflexión. El juez Juan Carlos Peinado ha dictado la apertura de juicio oral con jurado popular contra la esposa de Pedro Sánchez por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. Tras resistir una campaña de acoso político y digital sin precedentes, el magistrado sienta un hito histórico en la democracia de España justo antes de su jubilación. Conozca los paralelismos internacionales y las claves del procesamiento de la asesora de Moncloa.
- El magistrado Juan Carlos Peinado dicta el auto que sienta por primera vez en la historia democrática de España a la esposa del presidente del Gobierno ante un tribunal, rechazando medidas cautelares pero ordenando auditar su patrimonio fiscal.
Tras la primicia avanzada por la Agencia EFE, que adelantó los términos clave de la resolución judicial, Lasvocesdelpueblo amplía los detalles de un escenario procesal histórico. El juez titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado García, ha mantenido una firme resistencia judicial durante los más de dos años y medio que ha durado la instrucción de la causa. A lo largo de este período, el magistrado ha sido objeto de una intensa campaña de presión política y mediática sin precedentes, que ha incluido fuertes descalificaciones provenientes tanto del entorno del Ejecutivo de Pedro Sánchez como del ámbito digital. Desde la Moncloa se llegó a tildar al instructor de figuras peyorativas que cuestionaban su salud mental o lo acusaban de buscar un mero «protagonismo ególatra».
En el ecosistema de las redes sociales e internet, la figura del juez Peinado ha sufrido ataques continuos y coordinados que han buscado minar su credibilidad institucional. El Gobierno y sus terminales mediáticas han esgrimido repetidamente acusaciones de una presunta «persecución judicial» o lawfare contra la esposa del jefe del Ejecutivo. Este clima de polarización provocó que el magistrado se viera envuelto en un constante hostigamiento en plataformas digitales, donde se difundieron críticas agresivas hacia sus resoluciones e incluso se llegaron a escrutar aspectos personales y familiares ajenos al caso.
Pese a la presentación de querellas en su contra por parte de la propia defensa de los investigados y de la Abogacía del Estado, Peinado ha completado la instrucción sin alterar el curso de sus pesquisas judiciales. Su última gran resolución llega precisamente esta misma semana, a escasos días de su jubilación oficial, fijada para el próximo domingo 27 de septiembre. Con este dictamen, el juez escenifica su resistencia a las presiones externas y traslada la resolución definitiva del proceso a la Audiencia Provincial de Madrid.
El proceso judicial contra María Begoña Gómez Fernández comenzó formalmente el 16 de abril de 2024 tras admitirse a trámite una denuncia del sindicato Manos Limpias, fundamentada inicialmente en informaciones periodísticas sobre sus actividades profesionales en la Universidad Complutense de Madrid. La causa original se centró en los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, fijando la mirada en los supuestos tratos de favor y recomendaciones emitidas para beneficiar a empresas vinculadas a su entorno, como las del empresario Juan Carlos Barrabés.
A medida que avanzaba la instrucción, el caso fue ampliándose de forma significativa. En noviembre de 2024 se sumaron nuevas líneas de investigación referidas a la presunta apropiación indebida de una plataforma de software de la universidad y un supuesto delito de intrusismo profesional. El punto álgido de la expansión de la causa se produjo en agosto de 2025, momento en el que el juez Peinado decidió imputar también un delito de malversación de caudales públicos a Gómez y a su asesora personal en el Palacio de la Moncloa, María Cristina Álvarez Rodríguez. La instrucción apuntó indicios de que se habrían utilizado de forma estable recursos públicos y personal contratado por Presidencia para gestionar fines eminentemente privados.
La resolución notificada este lunes por el magistrado Peinado culmina el procedimiento instructor al decretar formalmente la apertura de juicio oral. Aunque las acusaciones particulares llegaron a contemplar penas que sumaban hasta 13 años de prisión, el tribunal ha acotado finalmente el enjuiciamiento a los delitos de tráfico de influencias y malversación en el caso de la esposa del presidente, y únicamente de malversación (como cooperadora necesaria) para su asesora. Al estar la malversación cometida por funcionarios o asimilados en la lista de delitos competencia de la Ley del Jurado, Peinado ha ordenado que ambas se sienten en el banquillo para ser juzgadas por un jurado popular.
La apertura de este juicio oral constituye un hito judicial sin precedentes históricos en la democracia de España, dado que Begoña Gómez se convierte en la primera esposa de un presidente del Gobierno en activo en ser imputada, procesada y enviada formalmente al banquillo de los acusados. Si bien la legislación española no regula la figura jurídica o institucional de la «primera dama», la relevancia del caso radica precisamente en el presunto uso de la posición institucional de su cónyuge para el desarrollo de su proyección profesional privada.
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Al trazar un paralelismo en el resto de Europa, la situación cuenta con escasos precedentes de índole idéntica en democracias consolidadas. El caso más cercano en el entorno europeo occidental ocurrió en Francia en 2017 con Penelope Fillon, esposa del ex primer ministro y entonces candidato presidencial François Fillon; Penelope fue procesada y posteriormente condenada por malversación de fondos públicos debido a un entramado de empleos ficticios pagados con dinero estatal.
En el resto del mundo, los procesos judiciales contra consortes de mandatarios estatales son sustancialmente más habituales, especialmente en Hispanoamérica, donde las primeras damas ejercen a menudo funciones de alta influencia política sin marcos de rendición de cuentas claros. Ejemplos notables incluyen a Nadine Heredia en Perú (esposa de Ollanta Humala), imputada por lavado de activos; Ana Ligia de Saca en El Salvador o Rosa Elena Bonilla en Honduras, ambas procesadas y condenadas por tramas de desvío y malversación de fondos públicos durante los mandatos de sus respectivos cónyuges.
El salto del caso español a la fase de juicio oral equipara este proceso con las grandes causas internacionales donde la línea entre el entorno familiar del poder y el uso de recursos institucionales es dirimida ante los tribunales.
