Hasta el 29 junio se puede pedir cita y el 30 es el último día de la campaña de la Renta 2015

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 04.05.2016. Los contribuyentes en la sede de la Agencia Tributaria en Barcelona. Efe

lasvocesdelpueblo y rtve – Hoy día 25 de junio 2016 se ha acabado el plazo para domiciliar las declaraciones de renta con resultado a ingresar. Hasta el próximo miércoles 29 de junio 2016 se puede pedir cita previa y el próximo día 30 de junio 2016 acaba la campaña de la Renta 2015, la primera después de la entrada en vigor de la reforma fiscal, que incluye la reducción de los tipos del IRPF, los nuevos mínimos personales y la deducción para familias numerosas o con personas discapacitadas, entre otras novedades. Barcelona (España), sábado 25 de junio de 2016. Fotografía: Los contribuyentes en la sede de la Agencia Tributaria en Barcelona en una imagen de archivo Efe.

Hasta ese día, los contribuyentes pueden presentar la declaración vía internet. Aquellos que hayan pedido cita previa con la Agencia Tributaria pueden modificarla o confeccionarla de forma presencial. La solicitud se puede hacer por internet (en www.agenciatributaria.es) o por teléfono, en el 901 22 33 44 (de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas), hasta el próximo miércoles 29 de junio. Sin embargo hay que tener en cuenta que el plazo para presentar las declaraciones con resultado a ingresar y que se quieran domiciliar concluye el sábado 25 de junio.

¿Qué puedo hacer desde el 6 de abril al 30 de junio?

1-. Modificar y confirmar el borrador por internet en la web de la Agencia Tributaria (las 24 horas del día) o 2-. llamando al 901 200 345 (esta opción solo de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas).
3-. Descargar de forma gratuita el Programa PADRE por internet.
4-. Presentar la declaración de Patrimonio (solo se podrá hacer por internet).
5-. Presentar por internet las declaraciones Renta 2015 confeccionadas con el nuevo sistema Renta WEB (excepto si el contribuyente tiene actividades económicas), con el programa PADRE o con otros programas informáticos homologados.

¿Qué es eso de Renta WEB?

Es un nuevo sistema por el que todos los contribuyentes accederán a su borrador o propuesta de declaración directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde estará la información más actualizada. Los únicos que no lo podrán usar son los declarantes de renta de actividades económicas (como, por ejemplo, los autónomos o los profesionales liberales). Ellos solo podrán utilizar el programa PADRE.

Este sistema permite iniciar el procedimiento en cualquier dispositivo (ordenador, tableta, móvil…) y acabarlo en otro. Si un contribuyente no puede usarlo, el sistema le avisará de ello.

¿Qué necesito para usar Renta WEB y hacer la declaración de la Renta por internet?

El número de referencia, Cl@vePIN o certificado o DNI electrónico

¿Cómo consigo el número de referencia?

Para obtener el número de referencia que permite acceder al borrador o datos fiscales, hay que comunicar -por internet o en el teléfono 901 12 12 24- el número de identificación fiscal, el importe de la casilla 490 de la declaración del año 2014 y el número de móvil en el que desean recibir por SMS el número de referencia.

La referencia, que el año pasado era de 12 caracteres, pasa a tener 6. Y se podrá actualizar en cualquier momento. Cada vez que se pida un nuevo número, el contribuyente tendrá -si quiere- la información más actualizada. De hecho, cada vez que alguien entre en Renta WEB se le preguntará si quiere seguir una la misma sesión o en otra diferente.

Además, esa referencia podrá utilizarse para otros trámites, no solo durante la campaña, sino también después, como por ejemplo para hacer una declaración complementaria.

¿Me seguirá llegando el borrador por correo?

Sí, siempre que lo solicitara expresamente en la declaración del año anterior y siempre que no se hubieran obtenido con anterioridad por cualquiera de los medios telemáticos anteriores.

¿Puedo seguir presentando mi declaración con el programa PADRE?

Sí, cualquier contribuyente que quiera seguir presentando su declaración por este sistema podrá seguir haciéndolo.

¿Y sigue siendo posible presentar la declaración de forma presencial?

Por supuesto. De hecho, la declaración presencial de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria empieza el 10 de mayo y se extenderá hasta el 30 de junio.

El plazo concluye el día 25 de junio en el caso de las declaraciones con resultado a ingresar y que se quieran domiciliar.

¿Me pueden hacer la declaración de la Renta en la Agencia Tributaria?

Sí, como todos los años se podrá confeccionar las declaraciones y modificar los borradores en oficinas de la Agencia Tributaria y de otras administraciones.

Pero antes hay que pedir cita en internet o en el teléfono 901 22 33 44 (de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas). El plazo para ello será del 4 de mayo al 29 de junio.

Si me sale a ingresar, ¿puedo fraccionar el pago?

Sí, en dos partes. La primera, del 60% del importe, en el momento de presentar la declaración; y la segunda, del 40% restante, hasta el 7 de noviembre de 2016, inclusive.

¿Y si tengo más dudas?

Puede resolverlas en la web de la Agencia Tributaria o llamando al 901 33 55 33 (de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas).