Huelga de hambre del Ocio Nocturno en Plaza San Jaime de Barcelona por los cierres por COVID 19

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FOTOGRAFÍA. PLAZA SAN JAIME 8BARCELONA) ESPAÑA, 02.09.2021. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado reabrir el Ocio Nocturno en Cataluña, cerrado por el Gobierno separatista del presidente Pere aragonés García (ERC), porque la patronal del sector no ha aportado ninguna prueba de que las medidas de control de acceso a recintos cerrados tengan la misma «eficacia» que su cierre para contener brotes del Plandemia del COVID 19. Efe

Efe.- Barcelona (España), jueves 2 de septiembre de 2021. Declaraciones de Ramón Mas, secretario general del Gremio de Discotecas de Barcelona y Provincia, y Glòria Cabrera, responsable de comunicación de FECALON. Después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) haya avalado de nuevo la prórroga de la limitación de las reuniones de máximo 10 personas y haya dado la razón al Gobierno de la Generalidad de Cataluña en cuanto al cierre del ocio nocturno, la Generalitat ha prorrogado las restricciones.

VÍDEO.

El sector del ocio nocturno reacciona.

Estas son las medidas anticovid vigentes en Cataluña desde esta medianoche y hasta el 9 de septiembre:

ACTIVIDADES SOCIALES

Límite de 10 personas en las reuniones y encuentros familiares y de carácter social, tanto en el ámbito público como en el privado.

Recomendación de llevar la mascarilla siempre, tanto en interiores como en exteriores, cuando haya interacción con no convivientes.

Evitar espacios públicos como playas, parques, etcétera, donde se puedan producir aglomeraciones de gente entre las 00:30 y las 06:00 horas.

Prohibido consumir comida y bebidas en grupo en el espacio público, incluso en espacios habilitados, y tampoco se puede fumar en la vía pública si no se garantiza distancia de 2 metros entre personas.

HORARIOS

Todas las actividades deben finalizar como máximo a las 00:30 horas, con 30 minutos adicionales para desalojar locales.

Se mantiene el cierre del ocio nocturno interior, con la excepción de terrazas, después de que el TSJC haya rechazado las medidas cautelares que había solicitado la patronal para la reapertura de discotecas.

AFOROS

En cines, teatros, auditorios, circo, música y otras actividades de cultura, el aforo máximo es del 70%, con un límite de 3.000 personas sentadas.

En cuanto a las competiciones deportivas, el aforo también es del 70% con un máximo de 3.000 personas, pero en el caso de estadios o pabellones con capacidad superior a 10.000 asistentes, se permite llenar hasta el 30%.

En la restauración, capacidad del 100 % en el exterior y 50 % en el interior, con un máximo de 6 personas por mesa en el interior y 10 en las terrazas, con 2 metros de separación entre comensales de mesas diferentes en el interior y 1,5 en caso de exterior y terrazas.

Limitación del 70 % de aforo en pequeño comercio, establecimientos y centros comerciales y mercados no sedentarios, así como en equipamientos cívicos.

Actos religiosos y ceremonias civiles también con aforo del 70% y con un máximo de 3.000 personas en exterior o interior con ventilación reforzada, mientras que en casinos y salones de juego, es el mismo pero limitado a 1.000 personas.

EDUCACIÓN

Presencial al 100% en guarderías y en toda la etapa educativa y, en el ámbito universitario, aforo del 70% en las clases teóricas.

TRABAJO

Se recomienda a los titulares de los centros de trabajo, públicos y privados, que adopten medidas para la reincorporación progresiva de la presencialidad en los puestos de trabajo y que fomenten el uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.