Informe «La Realidad Sobre el Proceso Independentista» de España Global

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 15.08.2019. Vista de los folios del documentos de 75 página con el que, bajo título «La Realidad Sobre el Proceso Independentista», España Global desmonta las maniobras y mentiras del Proceso separatista en cataluña, conocido como el 'Procés'. Lasvocesdelpueblo

Redacción – Nos quedamos en la destacada Página 38 de los 75 folios de ese dossier que desmonta el ‘Procés’, titulado «La Realidad Sobre el Proceso Independentista». Allí, la entidad —que sustituya la famosa ‘Marca España’ del exministro de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo y Marfil (PP), con el nombre «España Global», liderada por una patriota sin complejos; nada más que una ex alto cargo del partido de Rosa Diez, Unión Progreso y Democracia (UPyD), quien se paso al PSOE tras el hundimiento de (UPyD) ante la irrupción con fuerza de Ciudadanos en la política nacional, y asume en la actualidad la Secretaría de Estado de «España Global» en el Ministerio de Asuntos Exteriores de Josep Borrell, Irene Lozano— dice su Capítulo «La Realidad en España y en la Comunidad autónoma de Cataluña», punto 7: «Consignas del Secesionismo» lo siguiente: «Esta es una más de las batallas que se están librando en el mundo contra la desinformación y las fake news. A continuación, se recogen algunas falsedades difundidas sobre el proceso independentista y la situación de Cataluña, contrapuestas con los hechos objetivos que las rebaten», recuerda la patriota ex cargo de UPyD antes de tumbar a las mentiras del ‘Procés’. con «falso» y «verdadero». Barcelona (España), martes 3 de septiembre de 2019. 

El digital español Ñ Pueblo Lasvocesdelpueblo ha tenido acceso al documento «La Realidad Sobre el Proceso Independentista» de España Global. 

El documento publicado la semana del 15 de agosto de 2019 dice entonces en ese punto 7: Falso. España nos roba. Verdadero. Cataluña es la comunidad más rica de España. Su PIB es de 223.987 millones de euros, lo que equivale al 19,2% del PIB de España. Madrid está por debajo. (Cifras de 2017, Instituto Nacional de Estadística, 2017). El sistema de contribución de las CCAA en España es proporcional: cada comunidad autónoma aporta en función de su riqueza y recibe en función de su población. Esta percepción de injusticia es habitual y ocurre en muchas otras regiones de Europa con una organización territorial descentralizada.

Falso. El movimiento independentista es pacífico. Verdadero. Como en todos los movimientos, se producen formas de actuar diferentes. Ha habido sectores que se han radicalizado y se han implicado en actos violentos. Ejemplo de ello fue el asedio tumultuario a la Consejería de Economía de la Generalitat de Cataluña en Barcelona el 20 de septiembre de 2017, cuando una multitud impidió la movilidad de la comisión judicial y de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y se produjeron daños en vehículos policiales e insultos e imprecaciones. Estos hechos están pendientes de ser juzgados y, por tanto, serán los jueces los encargados de valorar si hubo sedición o rebelión. La diferencia entre la sedición y la rebelión radica en la concurrencia de un alzamiento público y violento. La Fiscalía y el juez instructor creen que hubo violencia porque se produjeron actos intimidatorios para lograr la independencia de Cataluña; en cambio, la Abogacía del Estado entiende que hubo desórdenes públicos y tumultuarios para impedir a aplicación de la ley, aunque no violencia. Una y otra explican sus criterios en un largo relato de los hechos presentado ante el Tribunal y este es quien tiene que valorarlo y decidir en consecuencia.

Falso. El Estado expolia a Cataluña en términos fiscales y económicos. Verdadero. La recaudación que obtiene el Estado de Cataluña es consecuencia del sistema proporcional de contribución fiscal de las comunidades autónomas al conjunto del Estado y al reparto entre los individuos más ricos y más pobres. Además, el Estado tiene un fondo para compensar a las comunidades autónomas con necesidades financieras. Desde 2012 Cataluña es la comunidad que más financiación ha recibido del Estado: casi 80.000 millones de euros. (Ministerio de Hacienda).

Falso. Los presos independentistas son presos políticos. Verdadero. Es falso. En España, obviamente, no hay presos políticos. Ningún político catalán ha sido procesado por sus ideas. Todos los días, líderes independentistas –como el propio presidente del gobierno catalán- se expresan libremente en los medios –algunos lo hacen incluso desde la prisión-. Las personas procesadas lo están por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal español y están siendo juzgadas con todas las garantías inherentes a un Estado de derecho democrático. Ninguna organización intergubernamental del ámbito de los DDHH ni ninguna ONG activa en ese mismo acto (p. ej, Amnistía Internacional o Human Rights Watch) han reconocido a esas personas como presos políticos o de conciencia, aun cuando hayan criticado su prolongada situación de prisión provisional. La prisión provisional es por lo demás una figura que existe en prácticamente todos los países de nuestro entorno, incluso en algunos supuestos con plazos máximos superiores a los contemplados en la legislación española. Se trata de una medida cuya adopción compete en exclusiva al juez a la luz de diversos elementos, como el riesgo de fuga. Sobre este último punto, conviene destacar asimismo que el sistema judicial español –muy garantista en materia de derechos de los encausados- no prevé la posibilidad de enjuiciar a personas en rebeldía («in absentia»).

Falso. La declaración de independencia unilateral (DUI) de Cataluña fue simbólica y carente de efectos jurídicos, por lo que no debería servir de base para una imputación penal. Verdadero. Aun aceptando el carácter no jurídico -aunque sí político- de la DUI, lo cierto es que los días 6 y 7 de septiembre de 2017, la mayoría independentista en el parlamento catalán aprobó –vulnerando el propio reglamento interno de la cámara- una ¨ley de transitoriedad jurídica¨ que derogaba en territorio catalán la Constitución española y el Estatuto de Autonomía de la región. Y no fue un ¨acto simbólico¨, dado que fue publicada en el Diario Oficial de Cataluña. El pasado mes de abril el ex-Presidente Puigdemont hizo diversas declaraciones a los medios de comunicación reafirmando que la DUI no fue simbólica y que sigue –a su juicio- en vigor, a la espera de ser implementada.

Falso. España no deja votar a Cataluña. Verdadero. No es cierto que los catalanes no puedan ejercer su derecho de voto en las mismas condiciones que el resto de españoles. De hecho, desde 1977 los catalanes han votado en: 10 elecciones municipales, 12 elecciones regionales, 13 elecciones generales a las Cortes españolas, 7 elecciones europeas, 2 referéndums sobre su autonomía, 4 referéndums nacionales. El derecho de voto se ejerce mediante sufragio universal y está garantizado para el conjunto de ciudadanos de la nación. En el referéndum para aprobar el Estatut de Cataluña, la participación fue del 48,85%. En el referéndum para ratificar la Constitución Europea en 2005, solo un 26% de los catalanes votaron «no». Existen incluso cauces legales en el Congreso para reformar la Constitución.

PDF. «La Realidad Sobre el Proceso Independentista» de España Global. digital español «Ñ Pueblo Lasvocesdelpueblo».

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Falso. España no permite votar la autodeterminación. Verdadero. Permite votar la autodeterminación. La Constitución española no permite el derecho a la autodeterminación, al igual que el resto de las Constituciones de los países occidentales. Además, no lo piden todos los catalanes, sino un 47,7%, que se traduce en una mayoría parlamentaria pero no social. De hecho, España concede importantes niveles de, lo que llaman los académicos, autodeterminación interna, en el derecho a utilizar distintas lenguas, cultura, educación, etc.

Falso. Tras la independencia seguiríamos en la UE. Verdadero. independencia seguiríamos en la UE. El Tratado de Lisboa es tan claro como su interpretación por los actuales dirigentes de la UE. Una Cataluña independiente sería «país tercero», estaría automáticamente fuera de la Unión Europea y, si quisiera formar parte de ella, debería solicitar su admisión en la Unión, una admisión que tiene que ser aceptada por todos los Estados miembros de forma unánime. Además, varios dirigentes europeos ya se han pronunciado al respecto, como el presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, quien dejó claro que «ningún país pretende reconocer a Cataluña como un Estado».

Falso. La ONU reconoce el derecho de los pueblos a la autodeterminación. Verdadero. La ONU y el Derecho Internacional Público reconocen el derecho de autodeterminación de los pueblos cuando han sido pueblos oprimidos o colonias, que no es el caso. Cataluña forma parte de España, es reconocida como una de sus comunidades, tiene instituciones propias, su sociedad es bilingüe y forma parte de un Estado de Derecho como el español que está entre las 20 democracias plenas del mundo. El Secretario General de las Naciones Unidas declaró en una entrevista en periódico El Mundo (30/10/2015) que Cataluña no estaba incluida en el tipo de territorios a los que la ONU podría garantizar el derecho de autodeterminación. Además, Naciones Unidas no admite el derecho de autodeterminación en Estados democráticos como el español, sin perjuicio de la llamada autodeterminación interna en derecho a utilizar distintas lenguas, cultura, educación, etc.

Falso. Somos una nación. Verdadero. La Constitución reconoce que es una «nacionalidad», igual que el País Vasco y Galicia, al contar con particularidades culturales, lingüísticas, históricas y políticas. Pero el Tribunal Constitucional estableció en su sentencia del 16 de julio de 2010 que las referencias a Cataluña como «nación» no tenían eficacia jurídica.

Falos. España nos oprime desde la guerra de 1714. Verdadero. Gran parte de los historiadores en España y en otros países coinciden en que no fue una guerra civil sino una guerra internacional o de dinastías, es decir, que no fue una guerra de secesión sino de sucesión. «Se trataba de una guerra dinástica, con intervención internacional» (José Álvarez Junco, El País, 16 /10/2017).

Falso. La lengua catalana es un hecho diferencial. Verdadero. Además del catalán, en España se hablan otras lenguas oficiales: gallego, euskera, valenciano, y castellano (esta última, la lengua más extendida y la oficial de todo el Estado). La Constitución reconoce que «la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección» (artículo 3.3).

Falso. Los independentistas representamos a la mayoría. Verdadero. Las encuestas varían de mes en mes: una de las últimas fue realizada por la Universidad Autónoma de Barcelona (a finales de 2018) y daba un 46,1 a los partidarios de la independencia, y un 46,2 a los que preferían seguir siendo parte de España. Los resultados electorales han demostrado que entre un 45% y 47% de votantes están a favor de la independencia.

Falso. En España no hay libertad de expresión. Verdadero. La libertad de expresión es un derecho fundamental recogido en el Título I de la Constitución. De forma muy básica, esto se traduce en que, tal y como ha ocurrido, en España se puede, entre otras: Defender la independencia de una comunidad autónoma en cualquier medio de comunicación, parlamento autonómico o plataforma política. Organizar manifestaciones pro-independencia. Discutir en el Parlamento sobre el modelo de Estado. Nuestro país es, según el reciente «Índice de la Democracia 2018» publicado por TheEconomist, una de las 20 «democracias plenas» del planeta. Conforme al reciente informe de Freedom House 2019, España ocupa el puesto 19 y obtiene una puntuación muy alta, 94 sobre 100, igual a Reino Unido y Alemania y por encima de EEUU. Además, España pertenece a organizaciones internacionales y está sujeta a normas de derecho internacional sobre libertad de expresión. Tiene una Constitución democrática, y un sistema de garantías y derechos fundamentales. Los políticos presos incluso continúan haciendo uso de su libertad de expresión desde prisión, desde donde ofrecen entrevistas a los medios de comunicación.

Falso. En España no hay verdadera democracia. Verdadero. España forma parte de las mismas instituciones internacionales que cualquier país europeo. El «Índice de la Democracia 2018» de TheEconomist, la sitúa como una de las 20 «democracias plenas» del planeta, mientras que Freedom House 2019, la equipara a Alemania y Reino Unido, superando incluso a EEUU. Por tanto, no cabe pensar que España no sea una democracia, pues es evidente que el pueblo es soberano, existe independencia entre los poderes del Estado, las elecciones son libres y están garantizadas, y la Constitución garantiza los derechos fundamentales y libertades de los ciudadanos.

Falso. España no respeta los derechos civiles. Verdadero. En su último informe, la ONG Human Rights Watch no menciona que en los sucesos del 1 de octubre en Cataluña se hayan vulnerado los derechos de los ciudadanos. Los derechos civiles están garantizados por la propia Constitución, que dice en su primer artículo que: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político».

Falso. Muchos políticos han tenido que exiliarse. Verdadero. Algunos de los implicados en el llamado «Procés» huyeron y otros se quedaron. Pero los que huyeron lo hicieron porque sabían que se les acusaría de graves delitos. España es tan garantista como que no es posible juzgar a los huidos en su ausencia, lo que sí es posible en otras democracias. La Constitución garantiza el derecho de defensa, abre vías de apelación para cualquier decisión judicial y configura un Poder Judicial independiente. Además, España está sometida desde hace décadas a la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, ante el que podrán recurrir los enjuiciados si la sentencia del Tribunal Supremo es condenatoria.

Falso. España es un régimen medieval con instituciones parecidas a la Inquisición. Verdadero. España es uno de los países mejor valorados en el Índice Libertad Humana elaborado por el Instituto Cato, el Instituto Fraser y la Fundación para Libertad Friedrich Naumann. Tiene la máxima nota en libertad de movimiento, la libertad de asociación y la libertad de prensa. El «Índice de la Democracia 2018» de TheEconomist, la sitúa como una de las 20 «democracias plenas» del planeta, mientras que Freedom House 2019, la equipara a Alemania y Reino Unido, superando incluso a EEUU. Su Constitución fue aprobada por referéndum en 1978 tras un proceso constituyente y, por tanto, no hay ninguna herencia directa con aquel pasado.

Falo. La acusación popular en el juicio está en manos de un partido de extrema derecha llamado VOX. Verdadero. En España tanto la institución del jurado como la posibilidad de que personas físicas y jurídicas ejerzan la acusación popular son formas de contribución de los ciudadanos en la administración de la justicia. Lo mismo que Vox, se podría haber personado cualquier otro partido o colectivo. En este momento hay un debate importante en España sobre si hay que limitar o no las acusaciones populares.

Falso. Los catalanes tenían derecho a votar en el referéndum de independencia convocado por la Generalitat, y el Estado español actuó de forma antidemocrática intentando impedirlo. Verdadero. No existe el derecho a participar en un proceso de votación que el Tribunal Constitucional español –máximo intérprete y garante de los derechos fundamentales en España- ha declarado ilegal.

Falso. El 1-O la policía hizo uso de la fuerza al enfrentarse a ciudadanos pacíficos que solo querían votar. Verdadero. La resistencia de algunos ocupantes de los colegios electorales frente a la policía no fue solamente pasiva. A lo largo del día 1 de octubre varios policías fueron atacados y heridos por quienes participaban en las ocupaciones organizadas por algunas de las personas ahora encausadas (entre ellas, por cierto, una de las tres únicas que fueron hospitalizadas).

Falso. Durante la jornada del referéndum (ilegal) de autodeterminació n la actuación de la policía provocó más de mil heridos. Verdadero. Sin entrar a valorar el número de personas que sufrieron contusiones de algún tipo en esa jornada, hay que destacar que solo tres personas fueron ingresadas en hospitales por algún tipo de lesión directamente derivada de cargas policiales. Cuarenta y ocho horas más tarde, solo quedaba una persona hospitalizada.

Falso. En España no hay separación de poderes Verdadero. Ninguna instancia internacional cuestiona la separación de poderes o la imparcialidad de los jueces en España. España es además, según el reciente ¨Índice de la Democracia 2018¨ publicado por The Economist una de las 20 «democracias plenas» del planeta. Es cierto que la actual normativa legal para la elección de los vocales del máximo órgano de gobierno interno de la Judicatura (el Consejo General del Poder Judicial) atribuye un papel relevante a los partidos, un extremo que ha sido objeto de alguna crítica en el seno del Consejo de Europa. Se trata precisamente de una de las recomendaciones pendientes de cumplimiento por España en el marco del informe del GRECO. No obstante, el gobierno español ha mostrado su disposición a cumplir con todas las recomendaciones del informe, lo que exige una previa reforma legal. Buena parte de las recomendaciones se incorporaron al marco legal español hace poco más de cuatro meses (a través de la Ley Orgánica 4/2018 de 28 de diciembre). Conviene señalar en cualquier caso que la calificación otorgada a nuestro país por GRECO es similar a la de varios de nuestros socios en la UE. En el último informe sobre nuestro país (diciembre de 2017) se dice expresamente: ¨GRECO desea subrayar, como ya lo hizo en el Informe de la Cuarta Ronda de Evaluación, que no hay dudas sobre la alta calidad del poder judicial y de la fiscalía en España, así como sobre el fuerte espíritu de servicio y dedicación de los jueces y fiscales individuales…¨.
Un ejemplo de la independencia del poder judicial en España lo constituye el hecho de que el anterior Gobierno cayera en junio de 2018 a resultas de una moción de censura provocada por el terremoto mediático que suscitaron las severas penas por corrupción dictadas por los tribunales contra antiguos cargos del partido por entonces en el poder.
Más recientemente, en mayo de 2019, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional despejaron el camino para la contestada candidatura del expresidente catalán, Carles Puigdemont a las elecciones al Parlamento Europeo (PE). Los tribunales españoles han considerado que el derecho de todo ciudadano a concurrir a unas elecciones es de una naturaleza tan esencial que no admite restricciones en tanto que el interesado no haya sido condenado por un tribunal –aun cuando esté imputado y sustraído a la acción de la justicia española, como es el caso del Sr. Puigdemont-.

Falso. La policía española, enviada por el Gobierno para reprimir a los catalanes que votaban el 1-O, actuó con total impunidad. Verdadero. Los agentes no fueron enviados por el Gobierno, sino por los tribunales, en cumplimiento de una orden judicial. Hay en la actualidad diversas causas judiciales abiertas en relación con el uso de la fuerza en a lo largo de ese día. Los tribunales serán los encargados de depurar las responsabilidades correspondientes. Al día de hoy hay cerca de cuarenta agentes de la policía imputados por un presunto uso excesivo de la fuerza el 1-O.

Falso. Del referéndum del 1-O se deriva un mandato democrático en favor de la independencia de Cataluña. Verdadero. El referéndum -que fue anulado por el Tribunal Constitucional- contó, según datos proporcionados por sus organizadores (la Generalitat -el gobierno regional catalán-) con una participación del 38% -corregida en un alza de cinco puntos, hasta el 43% por la Generalitat, sin explicaciones-, y un porcentaje a favor del sí del 90,18%. Sin embargo, estos datos son completamente inverificables, máxime cuando el gobierno catalán –en ausencia de una junta electoral- dispuso el mismo día del referéndum la aplicación de un ¨censo abierto¨, de tal modo que hubo personas que tuvieron la posibilidad de votar en repetidas ocasiones y en distintas ubicaciones (como fue el caso, y se puede constatar por distintas fuentes, incluidas las audiovisuales).

Falso. Las personas en prisión por el referéndum lo están tan solo por haber puesto urnas para que la gente pudiera votar. Verdadero. Las personas a la espera de juicio participaron en el desarrollo de un plan que tenía como fin conseguir por la vía de hecho y al margen de la legalidad española la creación de un Estado en el territorio de la actual Comunidad Autónoma de Cataluña. Este proceso implicaba que las autoridades públicas desobedecieran al Tribunal Constitucional español (así lo pidieron públicamente varios de los imputados), además de una movilización en la calle que no se limitaba a la organización de manifestaciones, sino también la resistencia a la autoridad pública. En el Código Penal español –y en el de muchos otros países- se tipifica como delito impedir la actuación de funcionarios o agentes de la autoridad. En lo que se refiere a la jornada del «referéndum» del 1-O, las acusaciones contra los encausados no se refieren a la acción de ¨poner urnas¨, sino a la de organizar la ocupación ilegal de los colegios designados como centros de votación con el fin de impedir, de nuevo, la actuación de la policía. Y, de paso, proteger pruebas que eran necesarias para proseguir una investigación penal en curso.

Falso. Es inadmisible que en democracia un cargo elegido democráticamente pueda ser enviado a prisión. Verdadero. La ley es igual para todos. En democracia nadie está eximido de cumplirla. Quienes ejercen funciones y poderes públicos están sometidos a la ley y a la Constitución como cualquier ciudadano. Los políticos imputados no lo están –como se puede comprobar fácilmente- por manifestaciones o declaraciones hechas durante su mandato, sino por actos cometidos durante el mismo.

Falso. Es inaceptable que a los políticos encausados se les impute un delito de rebelión, propio de militares, y no de civiles. Verdadero. El Derecho penal es propio de cada país y, por tanto, es natural que existan divergencias entre las diferentes regulaciones. En el caso del Código Penal español, la rebelión no ha de ser cometida necesariamente por militares. Si el intento de derogar la Constitución o de declarar la independencia de una parte del territorio nacional mediante un alzamiento público es constitutivo de delito, ¿ha de admitirse que esta actuación o esta declaración se realicen sin sanción penal alguna? En cualquier caso, no es cierto que en cualquier otro país la tipificación del delito de rebelión esté limitada a militares o fuerzas paramilitares. Sin ir más lejos, los delitos que podrían ser equivalentes a la rebelión en un país como Alemania -la alta traición contra la Federación o contra un Estado federado- pueden ser cometidos por civiles.

Falso. La ex-presidenta del parlamento regional, Carmen Forcadell fue imputada únicamente por haber organizado un debate en sede parlamentaria. Verdadero. El debate parlamentario en cuestión representa solo una parte de la historia. La Sra. Forcadell no está en prisión solo por haber permitido ¨debatir¨, sino porque, de forma conexa e inseparable, participó activamente en la adopción de leyes el 6 y 7 de septiembre de 2017 que, sobre el papel, derogaban la Constitución en Cataluña, privaban de derechos a los catalanes e incumplían mandatos del Tribunal Constitucional. En todo el proceso de tramitación, la Sra. Forcadell –al igual que varios de los encausados- ignoró de forma reiterada todos y cada uno los dictámenes de los servicios jurídicos del propio parlamento catalán, que insistieron en advertir de la flagrante ilegalidad en la que se proponía incurrir. La acusación sitúa además a Carmen Forcadell -al igual que a varias de las personas que se sentarán con ella en el banquillo- como miembro de un plan que tenía como objeto conseguir de hecho la independencia de Cataluña mediante la declaración de la misma en el Parlamento y la utilización de la Generalitat, sus medios y funcionarios –incluidos los 17.000 agentes armados de la policía regional- como garantes del nuevo Estado.

Falso. El Tribunal Supremo no ha aceptado observadores internacionales, lo que demuestra que el juicio no tiene garantías. Verdadero. No se han concedido acreditaciones a observadores internacionales, dado que el juicio es público. Todas las personas que desean ¨observar¨ el juicio en la calidad que sea pueden acceder libremente a la sala, con la única limitación del espacio. El juicio puede ser seguido además por quien lo desee en «streaming». El nivel de transparencia es máximo.

Falso. Los catalanes tenían derecho a votar en el referéndum de independencia convocado por la Generalitat, y el Estado español actuó de forma antidemocrática intentando impedirlo. Verdadero. El así llamado «referendo» del 1 de octubre de 2017 no tuvo las mínimas garantías democráticas, conforme a instituciones como la Comisión de Venecia. No fue democrático ni en su origen, ni en el proceso de votación. No hubo censo, ni campaña por el «no», ni neutralidad de los medios públicos catalanes. En cambio, sí hubo múltiples irregularidades y no fue observado por ninguna institución internacional reconocida (OSCE, Consejo de Europa, UE). Los catalanes han votado unas 30 veces en democracia, incluidos tres referendos cruciales para su estatus político en España: el de la Constitución de 1978, el Estatuto de Autonomía en 1979, y en 2006, a favor de un nuevo Estatuto de Autonomía. Este Estatuto es el que está actualmente en vigor en Cataluña, después de ser revisado por el Tribunal Constitucional en 2010 que únicamente declaró inconstitucionales algunos de sus artículos. Sin seguir el procedimiento previsto para su reforma, fue asimismo este Estatuto el que la mayoría secesionista en el Parlamento pretendió desconocer y derogar, al igual que la Constitución española, con la aprobación de la Ley de Referéndum y la de Transitoriedad Jurídica, aprobadas los días 6 y 7 de septiembre de 2017.

Falso. Durante el 1-O la actuación de la policía provocó más de mil heridos. Verdadero. Esa cifra fue aportada por la Generalitat y miembros del movimiento secesionista. Lo cierto es que sólo tres personas fueron ingresadas en hospitales por algún tipo de lesión directamente derivada de cargas policiales. Se distribuyeron grandes cantidades de fotografías falsas de supuesta violencia ese día, que correspondían a otros acontecimientos y fechas, como denunciaron medios internacionales como The Guardian y Le Monde.
Como sucede en todos los países democráticos, los excesos policiales son contrarios a la ley. Los tribunales serán los encargados de depurar las responsabilidades correspondientes. A día de hoy hay 33 agentes de la policía imputados por un presunto uso excesivo de la fuerza el 1-O.

Falo. Del referéndum del 1-O se deriva un mandato democrático en favor de la independencia de Cataluña. Verdadero. No fue un referéndum democrático. No tuvo las mínimas garantías democráticas, conforme a instituciones como la Comisión de Venecia, ni en su origen, ni en el proceso de votación en sí. No hubo censo, ni campaña por el «no», ni neutralidad de los medios públicos catalanes, sí hubo múltiples irregularidades y no fue observado por ninguna institución internacional (OSCE, Consejo de Europa, UE). Fue anulado por el Tribunal Constitucional. Según un reciente sondeo del GESOP (Gabinete de Estudios y Opinión de Cataluña) sólo un 28,80% de los catalanes considera que existe un mandato democrático para proclamar la secesión, frente a un 68,4% que piensa lo contrario.

Falso. La declaración unilateral de independencia de Cataluña fue simbólica y carente de efectos jurídicos, por lo que no debería servir de base para una imputación penal. Verdadero. Los días 6 y 7 de septiembre de 2017, la mayoría secesionista en el Parlamento aprobó -en vulneración del propio reglamento interno de la Cámara y de los derechos democráticos de la oposición- una Ley de Referéndum y otra de Transitoriedad Jurídica, que derogaba en territorio catalán la Constitución española y el Estatuto de Autonomía de la región. Pese a ello, la declaración unilateral de independencia fue aprobada el 27 de octubre de 2017. Esa declaración fue recurrida y anulada por el Tribunal Constitucional, que la consideró radicalmente nula. No fue solo un «acto simbólico».

Falso. Las personas en prisión por el referéndum lo están tan solo por haber puesto urnas para que la gente pudiera votar. Verdadero. No están acusados por poner urnas, sino por la presunta comisión de delitos tipificados en el Código Penal español. Siguen defendiendo sus ideas políticas miles de personas, e incluso algunos de ellos desde la cárcel. Están acusados de hechos de los que se derivan responsabilidades criminales. Las autoridades secesionistas desobedecieron al Tribunal Constitucional español (de hecho, varios de los imputados llamaron públicamente a hacerlo). En lo que se refiere a la jornada del referéndum del 1-O, las acusaciones contra los encausados no se refieren a la acción de poner urnas, sino a la de organizar la ocupación ilegal de los colegios designados como centros de votación con el fin de impedir, de nuevo, la actuación de la policía, y otros hechos relacionados.

Falso. Los presos independentistas son presos políticos. Verdadero. No son sus ideas, sino los hechos acaecidos bajo sus responsabilidades institucionales los que son objeto del juicio. Las personas procesadas lo están por la presunta comisión de delitos tipificados en el Código Penal español y están siendo juzgadas con todas las garantías inherentes a un Estado de Derecho democrático. Ninguna organización intergubernamental del ámbito de los derechos humanos ni ninguna ONG activa en ese mismo ámbito (por ejemplo, Amnistía Internacional o Human Rights Watch) han reconocido a esas personas como presos políticos o de conciencia, aun cuando hayan criticado la prolongada situación de prisión provisional a la espera del inminente juicio.

Falso. Es inaceptable que a los políticos encausados se les impute un delito de rebelión, propio de militares y no de civiles. Verdadero. Esta es una cuestión que deben dilucidar los jueces. En el Código Penal español, la rebelión no ha de ser cometida necesariamente por militares. Los delitos que, en Alemania, podrían ser equivalentes a la rebelión prevista en el Derecho español -la alta traición contra la Federación o contra un Estado federado- pueden ser cometidos por civiles.

Falso. La expresidenta del Parlamento regional, Carmen Forcadell ha sido imputada únicamente por haber organizado un debate en sede parlamentaria. Verdadero. La Sra. Forcadell está en prisión acusada de participar en actos contrarios al Estado de Derecho, como la tramitación de iniciativas que derogaban la Constitución y el Estatuto de Autonomía en Cataluña, sin respetar ninguno de las garantías o derechos a los catalanes que disentían de su posición, y por incumplir sucesivos mandatos del Tribunal Constitucional. En todo el proceso de tramitación, la Sra. Forcadell –al igual que varios de los encausados- ignoró de forma reiterada todos y cada uno los dictámenes de los servicios jurídicos del propio Parlamento catalán, que insistieron en advertir de la ilegalidad en la que se proponía incurrir, admitiendo en todo este proceso propuestas de diverso tipo que el Tribunal Constitucional prohibió.

Falso. Se ha conculcado la legalidad al celebrar en Madrid un juicio que habría de sustanciarse ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, dado que fue en este último territorio donde se produjeron los hechos y actuaciones a las que se refiere el juicio. Verdadero. La competencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se daría en el caso de que los hechos objeto de enjuiciamiento se hubieran desarrollado únicamente en Cataluña. Ello no es así, pues es obvio que el proceso de secesión que se desarrollaba en ese territorio tenía implicaciones también fuera del territorio catalán, e incluso del territorio español.

Falso. El Tribunal Supremo no va aceptar observadores internacionales, lo que demuestra que no tendrá garantías. Verdadero. El juicio está siendo público y transparente, y TVE tiene la señal de televisión a la que pueden acceder otros medios de comunicación. Todas las personas que quieran «observar» el juicio en la calidad que sea podrán acceder libremente a la sala, con la única limitación del espacio. En cualquier caso, el Consejo General del Poder Judicial ha habilitado una amplia sala adicional desde donde se podrán seguir las sesiones en streaming.

El informe también se refiere al Estado de las autonomías o del preciso que ha pagado Cataluña por el ‘Procés’; una sociedad enfrentada y ruina económica, ante la fuga de empresas. Según los datos del Colegio de Registradores Mercantiles de España, más de 5.350 empresas y bancos han abandonado Cataluña desde octubre de 2017, el año más candente del «procés». Han sido empresas grandes, medianas y pequeñas (entre ellas Caixabank, Pastas Gallo o Bruixa d’Or) las que han decidido dar este paso debido al «riesgo derivado de la tensión política», como dice Fuentes, pero también «por cuestiones reputacionales ligadas a boicots comerciales que se produjeron por una y otra parte».

El impacto en la reputación de Cataluña debido al proceso independentista ha golpeado también su imagen crediticia. Las agencias de rating (Moody’s, Fitch y S&P) califican la deuda catalana de «bono basura» en sus respectivos informes de 2018, lo cual afecta a la financiación de una de las comunidades más prósperas de España.

Como revelan los datos publicados con fecha 2 de noviembre de 2018 por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF): la economía catalana se encontraba por debajo del crecimiento medio español en base al PIB de las CCAA para el tercer trimestre de 2018, situado en el 2,5% de media interanual. BBVA Research confirmaba las predicciones, pues en un informe de octubre de 2018 calculaba que para ese año la economía catalana crecería un 2,5% y, para 2019, un 2,3%. En cambio, preveía crecimientos superiores para el conjunto de España (2,6% y 2,4% respectivamente). En esa línea, el servicio de estudios de Funcas también calculaba que la economía catalana crecería por debajo de la media española en 2019 en su informe de noviembre de 2018.

Una sociedad enfrentada

Pero las consecuencias del proceso independentista no solo han sido económicas. La sociedad catalana ha sufrido también una división interna, como afirma el historiador Santos Juliá: «Todo lo conseguido por el Procés ha consistido en romper en dos, no ya al pueblo catalán, un ente de razón, sino a la sociedad catalana», en su artículo Un sol poble, una sociedad dividida , de la Revista de Libros del 13 de junio de 2018.

Antes de que tuviera lugar el referéndum ilegal del 1 de octubre, el cantautor Joan Manuel Serrat calificaba ese acto como «una situación de una gran fractura social que, a mi modo de ver, va a costar muchísimo tiempo recuperar».

Tras el 1 de octubre, Urkullu, lehendakari del País Vasco, mostraba su preocupación: «No por sorprendente, lamento profundamente lo que hoy está sucediendo en Catalunya, particularmente los incidentes que ahondan en el riesgo de fractura social», decía en unas declaraciones en Argentina.

Destaca también el capítulo «Preguntas frecuentes»

11. SOBRE EL PROCESO INDEPENDENTISTA CATALÁN

1. Si los catalanes quieren votar sobre su independencia ¿por qué no se les permite? La Constitución Española garantiza la unidad de España y es en el pueblo español, del que emanan todos los poderes del Estado, en el que reside la soberanía nacional. Que sólo una parte de la población del país decidiera sobre algo que pertenece a todos, equivaldría a privar de sus derechos al resto de los españoles. Las encuestas han ido evolucionando con los años pero, a día de hoy, la mayoría de los catalanes (53,7%) considera que lo mejor es una reforma del Estado autonómico o no hacer un referéndum, frente a un 42,4% que son partidarios del referéndum, según una encuesta realizada en noviembre de 2018 por la empresa Gesop. Menos de la mitad de la población (el 47,5%) votó por opciones independentistas en las últimas elecciones. Un referéndum profundizaría la división de la sociedad. Hoy la mayoría, tanto en España (52,3%) como en concreto en Cataluña (78,5%), quiere una solución dialogada, según una encuesta de La Vanguardia de febrero2019.

La Constitución española, como todas las demás en las democracias occidentales, no contempla el derecho de autodeterminación. Además, no lo piden todos los catalanes, sino un 47,5%, que se traduce en una mayoría en el Parlamento regional, pero no social. En cualquier caso, la expectativa legítima de una eventual mayoría social de los catalanes, sobre este asunto o sobre cualquier otro, solo se puede procesar, en términos constitucionales, desde el más escrupuloso respeto a la Ley, que es la que enmarca el disfrute de todos los derechos y obligaciones de los españoles. La Constitución Española admite la posibilidad de reformar principios básicos del Estado, pero a través de unos procedimientos de reforma previstos en ella. Así, la democracia española no es una «democracia militante» que prohíba determinadas manifestaciones como sucede, por ejemplo, en la Constitución alemana.

2. ¿Por qué el Gobierno español no reconoce el derecho a la autodeterminación como piden los independentistas catalanes? Los partidos políticos independentistas basan su demanda en que Cataluña tiene el derecho a la autodeterminación reconocido por la ONU y que ello le da derecho a un referéndum. Por ello, la Ley de Referéndum que aprobaron el 6 de septiembre de 2017 en el Parlament de Catalunya empieza diciendo: «Los pactos sobre Derechos Civiles y Políticos y sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobados por la Asamblea General de Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1966, ratificados y en vigor en el Reino de España desde 1977 reconocen el derecho de los pueblos a la autodeterminación como el primero de los derechos humanos». Sin embargo, el Consell Assessor per a la Transició Nacional, creado en 2013 por el propio Gobierno independentista, en un informe titulado “Internacionalización de la consulta y del proceso de autodeterminación de Catalunya”, dice que tales pactos solo son aplicables a las colonias: El artículo 1 de los dos Pactos Internacionales, el de Derechos económicos, sociales y culturales y el de Derechos civiles y políticos, de 1966, afirmaron el derecho de todos los pueblos a «su libre determinación», de modo que «en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política».

Una nueva Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios de Derecho Internacional Relativos a las Relaciones y Cooperación Amistosas entre Estados de 1970 (Resolución 2625) precisó que el derecho de autodeterminación reconocido por las Naciones Unidas se refería a situaciones coloniales, es decir, a aquellos «Estados que [no] se rigen por un gobierno representativo de todo el pueblo perteneciente al territorio sin distinciones de raza, religión o color». En consecuencia, Naciones Unidas no admite el derecho de autodeterminación en Estados democráticos como el español. Así pues, los expertos del propio Consell Assessor per a la Transició Nacional niegan el supuesto derecho a la autodeterminación para el caso de Cataluña contenido en la Ley del Referéndum.

3. ¿No reconoció el Reino Unido el derecho a la autodeterminación al organizar el referéndum de Escocia? En contraste con la Ley del Referéndum aprobada en el Parlament de Catalunya, ni el acuerdo firmado por David Cameron y Alex Salmond, ni la Ley del Referéndum aprobada por el Parlamento de Escocia contienen referencia alguna al derecho a la autodeterminación. En una entrevista en Barcelona a la emisora RAC1, Alex Salmond explicó que Cameron concedió el referéndum porque le dijeron que el sí a la independencia no llegaría al 30%. De hecho, era lo que señalaban las encuestas en 2012. De forma similar, según ha informado el Financial Times, en la cumbre del G20 de Brisbane, el primer ministro Cameron defendió ante Barack Obama, Angela Merkel y demás mandatarios que el voto en favor del Brexit no superaría el 30%. Así pues, Cameron no concedió el referéndum de Escocia en reconocimiento del derecho de autodeterminación, sino después de hacer unvaticinio del resultado más probable.

4. ¿Y Canadá? ¿Ha reconocido la autodeterminación de Quebec? Coincidiendo con dos mayorías absolutas en el Parlamento de Quebec, el Parti Québécois organizó dos referéndums para cambiar su relación con Canadá. Al ser unilaterales, ninguno de los dos fue considerado vinculante por el Gobierno de Quebec.

Seis días antes de la celebración del primer referéndum en 1980, el entonces primer ministro Pierre Trudeau dijo en un acto público que ni un 100% de síes daría a Quebec el derecho de empezar una negociación sobre la independencia Sobre el segundo referéndum, en 1995, el entonces primer ministro Jean Chrétien cuenta en sus memorias que «nunca expliqué –y nunca explicaré– qué hubiera hecho si hubiera ganado el sí». Eddie Goldenberg, quien fuera su asesor y jefe de gabinete, ha escrito en un libro que “mucho antes del referéndum”, Chrétien “había decidido que nunca reconocería la legitimidad de una victoria del sí».

5. ¿Pero no se celebraron los referéndums en Quebec con una la Ley de Claridad? Jean Chrétien decidió elaborar la Ley de Claridad después del segundo referéndum para acabar con la inherente ambigüedad de los referéndums unilaterales. Sin embargo, dicha Ley fue rechazada por el Parti Québécois. En TV3, Jean-François Lisée, líder histórico del partido independentista, dijo que «Canadá ha fracasado en su labor de encontrar una solución a la cuestión del Quebec» ya que considera que la Ley de la Claridad es una vía que hace «imposible» la independencia y que su modelo es la vía Cameron. Con motivo del referéndum escocés, Lisée escribió un artículo en The Guardian que tituló resumiendo su contenido: «Bien hecho, Gran Bretaña; un referéndum justo. Es una pena que Canadá no lo haya logrado» (The Guardian, 9 de septiembre de 2014).

Adicionalmente, la Ley de la Claridad, recogiendo la opinión del Tribunal Supremo del Canadá, afirma que nada en el derecho canadiense ni internacional legitima una secesión unilateral de Quebec.

6. ¿Por qué los independentistas catalanes y quebequeses ponen a David Cameron como su modelo? Oriol Junqueras ha puesto a Cameron muchas veces como ejemplo: «Tenemos una posición muy moderada y conservadora, tanto que coincide con la del líder más conservador de Europa, que es David Cameron, que dijo que se podía votar. ¿Les parece David Cameron conservador? Pues nuestra posición es conservadora». (En el Círculo de Economía de Sitges, recogido por El País, 30 de mayo de 2015).

Andrew Rawnsley, jefe de política en The Observer, ha explicado el carácter excepcional del Reino Unido que le dio la flexibilidad para poder pactar el referéndum de Escocia:
«Se puede decir a Gran Bretaña no le ha ido mal con su constitución ad-hoc. […] Y parecía suficientemente útil hasta que chocó con algo tan colosal como el Brexit. En parte, estamos pagando el precio por tomar una decisión tan importante con un simple referéndum sin haber establecido sus reglas ni cómo encajan con la democracia representativa. Resulta muy difícil reformar la Constitución de los Estados Unidos y solo se puede hacer si hay un consenso amplio y profundo. Gran Bretaña está saliendo de la UE, el hecho más trascendente en décadas, con una votación realizada hace casi tres años en la que solo un voto podría haber decidido el resultado […].

«Personas a las que respeto creen que Gran Bretaña tendrá que reconsiderar su actitud informal respecto a las reglas de su democracia y adoptar una constitución debidamente codificada». («Out of the Brexit nightmare must emerge a more robust democracy», The Guardian-The Observer, 13 de enero de 2019). Cameron pudo hacer uso de la flexibilidad de una constitución no escrita. En prácticamente todos los otros países sí existe una constitución escrita que estipula la indivisibilidad de su territorio.

7. ¿Existen otros precedentes más allá de los siempre citados Escocia y Quebec? Los tribunales Constitucionales de Italia, Alemania y Estados Unidos han prohibido en años recientes referéndums de independencia de parte de sus territorios. En el Véneto, habiendo obtenido un 60% de votos en las elecciones, la Liga Norte aprobó en 2014 en el parlamento regional una ley para organizar un referéndum de independencia.

El Gobierno de Matteo Renzi declaró que «la unidad del país es irrenunciable» y la recurrió. En 2015 el Tribunal Constitucional italiano prohibió el referéndum por ser inconstitucional: «La unidad de la República es uno de los elementos tan esenciales del ordenamiento constitucional que debe ser excluido incluso el poder de revisión constitucional» (La Vanguardia, 6 de enero de 2017). En efecto, en Italia un referéndum de independencia no es posible ni con una reforma constitucional. En 2016, el Tribunal Constitucional alemán declaró inconstitucional la petición de un referéndum hecha por un pequeño partido político separatista de Baviera argumentado: «No hay lugar en la Ley Fundamental (la Constitución) para las aspiraciones de independencia de los Länder»- En 2006, un ciudadano solicitó organizar una consulta sobre la independencia de Alaska. Finalmente, el Tribunal Supremo de Alaska estableció: «La secesión es claramente inconstitucional y por ello un objeto impropio de una iniciativa de consulta».

En 2012, 100.000 personas firmaron una petición online solicitando al presidente Obama la independencia de Texas. El 11 de enero de 2013, la Casa Blanca dijo en su respuesta: «La Constitución de los Estados Unidos no proporciona mecanismos para salir de la Unión».

8. Aunque sea sin reconocer el derecho a la autodeterminación, ¿por qué el Gobierno de España no organiza un referéndum sobre la independencia de Cataluña tal como el pactado por David Cameron en Escocia? Por las siguientes 5 razones:

1.- El Gobierno cree que la independencia de Cataluña tendría consecuencias negativas para todos los ciudadanos españoles cuyos intereses trabaja por defender, y supondría una severa limitación de oportunidades para todos ellos.

2.- El Gobierno quiere evitar el perjuicio económico que supondría la inevitable salida de Cataluña de la Unión Europea. Los independentistas catalanes argumentan, tal como hicieron los partidarios del Brexit, que la Unión Europea sería pragmática a causa de la importancia de la economía catalana y que, en especial, el interés económico del empresariado alemán aseguraría el mantenimiento del status quo. Pero de igual manera que la Unión Europea ha mostrado su determinación para mantener la indivisibilidad de las cuatro libertades (de personas, de bienes, de servicios y de capital), su interés está en no permitir la secesión de regiones ricas que, como los partidarios del Brexit, hayan utilizado el beneficio fiscal de la secesión de forma prominente en su argumentario.

3.-El Gobierno cree que un referéndum de independencia dejaría a Cataluña dividida en dos durante mucho tiempo. En las elecciones de 2015 al Parlament de Cataluña los partidos independentistas obtuvieron el 47,8% de los votos, y en las de 2017, el 47,5%. El proceso independentista ha causado ya una gran división social como lo demuestran las escisiones habidas en CiU y PSC, los dos partidos políticos que han ostentando el Gobierno catalán desde 1980.

4.- El Gobierno cree que la secesión de Catalunya es un paso en la dirección contraria al espíritu de la integración europea y al plan para una mayor integración de la Unión Europea que propugna.

5-. Y al igual que en la gran mayoría de los países del mundo, el Gobierno no tiene la potestad de organizarlo sin una reforma constitucional.

9. ¿Podría plantearse en otros países la misma situación que en Cataluña? Es posible que en otros países pueda plantearse la misma situación que en Cataluña. De hecho, se planteó por la Liga Norte en Italia, que llegó a organizar un referéndum consultivo no vinculante sobre la autonomía de la región del Véneto el 22 de octubre de 2017, sin que produjera efecto alguno sobre el estatus político de esta región. Caso parecido sucedió en Alemania cuando un pequeño partido político separatista de Baviera solicitó la independencia, pero fue rechazado por el Tribunal Constitucional alemán.
Y similar fue el caso planteado sobre la independencia de Alaska, que fue rechazado porel TribunalSupremode ese estado porqueera “claramente inconstitucional”.

10. ¿Es delito plantear la independencia de una comunidad o región o nación sin Estado? No es delito plantear la independencia de una comunidad o región sin Estado en España, donde el independentismo, dentro del marco legal democrático, es una opción política legítima. Pero sí es delito desobedecer al Tribunal Constitucional, aprobar leyes para derogar la Constitución y el Estatuto de Autonomía, celebrar un referéndum ilegal y después proclamarla independencia unilateralmente.
Tan conscientes de esto eran algunos líderes secesionistas que huyeron de España después de los hechos del 27 de octubre de 2017.

11. ¿No es cierto que se registraron actos de violencia policial el 1 de octubrede2017, cuandose celebró el referéndum? El referéndum que se celebró el 1 de octubre de 2017 en Cataluña era ilegal y estaba suspendido por el Tribunal Constitucional. La policía actuó a requerimiento de los jueces para que procedieran al cierre de los locales y del material electoral. En cumplimiento de ese mandato judicial, la Policía se encontró en algunos centros con grupos de personas que se oponían a su actuación.

Solo en tales supuestos, la policía tuvo que intervenir y, en algunos casos, incluso se produjeron agresiones a los policías. En todo caso, solo consta un herido de cierta gravedad de los tres hospitalizados, y no hay lista de ingresos hospitalarios con lesiones que requiriesen especial atención médica. Aunque la intervención policial fue proporcionada, algunos episodios están siendo investigados judicialmente, pues precisamente gracias a las garantías del Estado de Derecho en España es posible denunciar los excesos policiales, administrativos, judiciales o de cualquier índole si estos ocurren.

12. ¿Ha conseguido el independentismo convertir su aspiración en una causa internacional? El independentismo radical ha intentado internacionalizar su aspiración a través de sus representantes. Más allá de la falta de veracidad de sus mensajes y la desinformación, esto es prueba evidente de libertad de expresión, de información y de libertad ideológica y de movimientos de todos los ciudadanos en España. Para ello se han movido con plena libertad y han hablado de sus reivindicaciones con toda libertad, como corresponde a un Estado de derecho.

Ahora bien, no han obtenido ningún apoyo, ni de Estados ni de organizaciones internacionales. Por el contrario, la Unión Europea ha advertido que todos los objetivos que se pretendan deben estar amparados en las constituciones de los Estados. Y en el mismo sentido se han expresado otros organismos internacionales.

13. ¿Es cierto, tal y como dicen los independentistas, que la segregación de Cataluña no implicaría la salida de la UE? El Tratado de Lisboa, y su interpretación por los actuales dirigentes de la UE, es muy claro. Una Cataluña independiente sería «país tercero», estaría automáticamente fuera de la Unión Europea y, si quisiera formar parte de ella, debería solicitar su admisión en la Unión, una admisión que tiene que ser aceptada por todos los Estados miembros de forma unánime.

14. ¿Por qué la intervención que se produjo de la autonomía catalana durante varios meses no resolvió ningún problema? El Gobierno de entonces (PP), con el respaldo de la mayoría absoluta del Senado y con el acuerdo del Partido Socialista y Ciudadanos, dos de los tres partidos más importantes de la oposición, aplicó el artículo 155 de la Constitución, que es la cláusula de coerción federal cuando las autoridades de un territorio autónomo perjudican gravemente los intereses generales y no cumplen con las obligaciones que le atribuye la Ley.

Este artículo se inspiró literalmente en el artículo 37 de la Constitución federal alemana. No obstante, la corrección de su aplicación. Asimismo la extensión y naturaleza de las medidas que se adoptaron se examinará por el Tribunal Constitucional cuando falle dos recursos de inconstitucionalidad contra esa medida interpuestos por el Parlamento de Cataluña, y por el grupo confederal de Unidos Podemos en el Congreso de los Diputados.

Por lo demás, artículos como el 155 de la Constitución española, además de en la Constitución alemana, figuran también en las de Austria (art. 100), Italia (art. 126), Portugal (art. 234) o Argentina(art. 75). La aplicación del artículo 155 de la Constitución tuvo el efecto de recuperar la legalidad constitucional y estatutaria que se había visto alterada por las actuaciones de autoridades autonómicas que las habían ignorado y estaban actuando abiertamente en contra de las resoluciones judiciales y de la legalidad.

SOBRE EL PROCESO PENAL EN EL TRIBUNAL SUPREMO

15. ¿Cómo es posible que hasta nueve de los procesados lleven en prisión preventiva más de un año? La prisión preventiva de los procesados ha sido decidida primero por el juez instructor, y luego por la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo, por considerar que la libertad condicional conllevaría dos riesgos: el de fuga y el de reiteración delictiva.

Los jueces han tenido en cuenta que se han producido fugas a Bélgica, Suiza y Escocia y que los procesados insisten en afirmar que volverían a hacer lo que hicieron en septiembre y octubre de 2017, es decir, que, si tuvieran oportunidad, reiterarían sus comportamientos. Además, el Tribunal Constitucional ha confirmado recientemente la proporcionalidad de esta medida.

Por otra parte, cabe subrayar, además, que el Gobierno ha trasladado a los presos preventivos a cárceles cercanas a sus domicilios y familias. El 16% de la población reclusa en España son presos preventivos. La media europea es del 25,4%. De hecho, en 2017, el presidente del Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) del Consejo de Europa, Mykola Gnatovskyy, calificó de «positivo» el bajo índice de presos preventivos en las cárceles españolas.

16. ¿Por qué hay un sector de la población catalana que considera que la prisión preventiva es abusiva? Uno de los aspectos en que la población catalana ha sufrido la desinformación en los últimos años ha consistido en hacerle creer que la independencia unilateral era posible e indolora. La realidad nunca fue esa y el Tribunal Constitucional advirtió de la gravedad de los actos de los hoy procesados desde 2016.

Se debe recordar que, con carácter general, en un Estado de Derecho los jueces tienen encomendada una labor en la que nadie puede interferir. Y dentro de sus funciones está calibrar la necesidad y extensión de cualquier medida que garantice el proceso judicial y la administración efectiva de justicia para todos.

17. ¿Cómo es posible que la Abogacía del Estado acuse de un delito de sedición y la Fiscalía de otro más grave como es el de rebelión? Es cierto que se ha producido una diferente calificación entre la Abogacía del Estado y la Fiscalía. Ambos presuntos delitos son muy graves. La Abogacía del Estado es un servicio jurídico dependiente del Gobierno y la Fiscalía es un órgano constitucional autónomo e imparcial que ejerce la acción penal.

Estas discrepancias de criterio obligarán al Tribunal a un debate más profundo antes de dictar sentencia. En cualquier caso, este hecho no es más que una garantía más de la independencia de criterio y actuación de cada una de las partes acusatorias en el proceso.

18. ¿Por qué un partido como Vox está personado en la causa contra los acusados? En España, tanto la institución del jurado como la posibilidad de que personas físicas y jurídicas ejerzan la acusación popular, son formas de contribución de los ciudadanos a la administración de la justicia. Lo mismo que Vox, se podría haber personado cualquier otro partido o colectivo. En este momento, hay un debate importante en España sobre si hay que limitar o no las acusaciones populares.

19. La diferencia entre la sedición y la rebelión es la concurrencia de un alzamiento público y violento. ¿Dónde se produjo violencia? Efectivamente: la diferencia entre la sedición y la rebelión radica en la concurrencia de un alzamiento público y violento. Esa es una de las cuestiones que se va a dilucidar en el juicio oral. La Fiscalía y el juez instructor creen que hubo violencia porque se produjeron actos intimidatorios para lograr la independencia de Cataluña; la Abogacía del Estado, sin embargo, entiende que hubo desórdenes públicos y tumultuarios para impedir la aplicación de la ley. Una y otra explican sus criterios en un largo relato de los hechos presentado ante el Tribunal, y es este quien tiene que valorarlo y decidir en consecuencia.

20. ¿Es posible entonces que se les condene solo por uno de los delitos? Hay varios escenarios: se les puede condenar por uno u otro delito, o cabe también la absolución, en línea con lo que piden los letrados de la defensa que han sido libremente elegidos por los procesados, y que han planteado todas las pruebas que han considerado necesarias y que podrán ser aceptadas por el Tribunal.

Las conclusiones de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía son provisionales. Al final del juicio oral pueden mantener esas conclusiones o cambiarlas. Hay que esperar al final de la vista para conocerlas peticiones definitivas de penas. Cabe recordar que, aparte de supuesta rebelión, también se les acusa de malversación de dinero público y de desobediencia.

21. ¿Podrán recurrir la sentencia del Tribunal Supremo siendo esta la última instancia judicial? Les juzga la Sala Segunda (o de lo Penal) del Supremo porque varios de los procesados son parlamentarios y están aforados según lo dispuesto en el Estatuto de Cataluña ante ese Tribunal ya que los hechos excedieron el ámbito territorial de Cataluña. Estas discrepancias de criterio obligarán al Tribunal a un debate más profundo antes de dictar sentencia. En cualquier caso, este hecho no es más que una garantía más de la independencia de criterio y actuación de cada una de las partes acusatorias en el proceso.

22. ¿Es cierto que ni la justicia belga ni la justicia alemana aceptaron la euro-orden contra los huidos? En Alemania se aceptó la euro-orden por un presunto delito de malversación del Sr. Puigdemont, y en Bélgica se revocó la petición del juez español, después de que el juez de Bruselas observase defectos de forma.

Al margen de los 30 delitos contemplados en la decisión marco de la euro-orden en el año 2002, todos los demás se someten al principio de la doble incriminación, es decir, tienen que ser actos delictivos también en el lugar en donde se refugia el acusado de cometerlos. Los jueces alemanes, sin conocer todos los datos del proceso español, consideraron que los hechos que se relataban de forma resumida no podrían dar lugar a una condena por los tipos penales de rebelión o sedición según el código penal alemán.
Esta interpretación, además de prematura y ajena al sentido de la euro-orden, no significa que esos comportamientos presuntamente delictivos no hayan existido conforme al Código Penal español. Ni tampoco vincula a los Tribunales Españoles.

23. ¿Puede ser que huyeran porque creyeron que en España no tendrían garantías de juicios justos? Algunos de los implicados en el llamado Procés huyeron y otros se quedaron. Pero los que huyeron lo hicieron porque sabían que se les acusaría de graves delitos en España. Sin embargo, España es un país tan garantista que no es posible juzgar a los huidos en su ausencia, lo que sí es posible en otras democracias. La Constitución garantiza el derecho de defensa y configura un Poder Judicial independiente, así como un Tribunal Constitucional como último garante en España de los derechos fundamentales. Además, España está adherida desde hace décadas a la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, ante el que podrán recurrir los enjuiciados si la sentencia del Tribunal Supremo es condenatoria.

En relación con este alto foro jurisdiccional, cabe recordar que España es uno de los países que mejor expediente tiene, en el ámbito europeo y de la UE, en materia de sentencias ante el TEDH. Las condenas de España del Tribunal Europeo de Derechos humanos son muy escasas en número en relación con la población de España.
Esto prueba el buen funcionamiento de la justicia española y el sistema de garantías que contempla.

SOBRE ESPAÑA GLOBAL

¿Qué es España Global?

‘España Global’ es nada más que el Reino de España proyectado hacía fuera de las fronteras de nuestro país, la entonces llamada ‘marca España’, por sus mejores embajadores: deportistas, y sobre todo, su cultura. «Somos España; un país que cuenta. España es un país admirado y respetado en el mundo. Nuestra posición geográfica y devenir histórico, así como nuestra defensa de los Derechos Humanos y del entendimiento entre culturas, nos han convertido en un actor significativo en el panorama internacional», así se defina ‘España Global’ en su sitio web, dirigiéndose al mundo.

«Solidarios: La solidaridad es un valor innegable de los españoles. Somos líderes mundiales en donación de órganos y nuestra sociedad es una de las más comprometidas del mundo en proyectos humanitarios».

«Innovadores: Los españoles contemplamos la innovación y la investigación científica como parte indiscutible del progreso social. Durante todos los períodos históricos, los españoles han demostrado su audacia y su ingenio para hacer frente a los retos más diversos».

«Integradores: El carácter abierto y hospitalario de los españoles es una seña de identidad de nuestro país. A lo largo de la historia hemos sido una tierra de convivencia de diferentes culturas, que han conformado nuestra personalidad tolerante e integradora».

«Creativos: Somos un país de talentos universales. Nuestra creatividad conquista el mundo y llevamos a gala nuestro ingenio, con el Arte como bandera».