
Madrid (Comunidad de Madrid) Reino de España, martes 22 de julio de 2025 (Lasvocesdelpueblo).- La Audiencia Provincial de Madrid impone 433 años de cárcel al inmigrante llamado «pederasta del Fornite» por agresión sexual con penetración, Sexteo (sexting), elaboración de pornografía infantil, entre otros delitos sexuales, cometidos por parte del condenado a un total de «25 niños», entre ellos una «niña», según fuentes judiciales. El auto pide a las autoridades españolas expulsar del país a este delincuente inmigrante de país de origen «República de Argentina».
Siempre hay que recordar que en la actualidad hay formaciones políticas en España cuyos líderes y dirigentes reclaman, en sus intervenciones, que «los niños tengan relaciones sexuales con quienes quieran»; hasta cargos del llamado «Ministerio de Igualdad» del Gobierno de España de Pedro Sánchez Pérez-Castejón han defendido y aplaudido estas afirmaciones.
Concretamente el principal partido de las ultraizquierdas, Podemos, y su exministra de Igualdad y actual eurodiputada por Podemos, Irene Montero Gil, lo han reclamado. Mientras, el PSOE y Pedro Sánchez Pérez-Castejón miraban por otro lado para no molestar a sus socios ultra y a los lobbies de la pederastia en España.
Captaba sus víctimas por videojuego
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 433 años y once meses de prisión a al inmigrante llamado con los iniciales «A.M.V.», de 45 años, por la comisión de decenas delitos sexuales sobre 24 niños y una niña, con los que contactó a través de un juego online.
El inmigrante condenado a 433 años de cárcel empleaba esa plataforma digital lúdica para convencer a los menores de los que, una vez ganada su confianza, abusaba sexualmente y luego hacía el Sexteo (envío de mensajes sexuales, eróticos o pornográficos, por medio de teléfonos móviles).
El delincuente inmigrante argentino, conocido como el «pederasta del Fornite» (nombre de un videojuego que empleaba para algunos de estos delitos) ha sido condenado por un delito de agresión sexual con penetración a menor, catorce de abuso sexual muchos de forma continuada, 18 de embaucamiento o Sexteo, siete de elaboración de pornografía infantil y trece de «ciberacoso» también conocido como «engaño pederasta», en inglés «child grooming«.
Prohibición de volver a España tras su expulsión
El tribunal convierte los 433 años de cárcel en 20 años de prisión al imponer al inmigrante delincuente la medida de «libertad vigilada durante 10 años una vez que cumpla la pena de prisión, cuyo límite máximo está fijado por ley en 20 años».
Además, la resolución establece que el delincuente inmigrante argentino «sea expulsado del territorio nacional cuando haya cumplido las tres cuartas partes de la condena, acceda al tercer grado penitenciario o se le conceda la libertad condicional, con prohibición de volver a España durante diez años».
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Asimismo le condena a indemnizar al niño sobre el que cometió la agresión sexual en 20.000 euros y fija otras indemnizaciones para otras víctimas de entre 3.000 y 10.000 euros.
Esta resolución aún no es firme y contra ella cabe la interposición del correspondiente recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.