«Jordis» de ANC alega que el Tribunal vulnera la Constitución Española

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Jordi Sànchez, exlíder de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y diputado de JxCat. Archivo Efe.

Lasvocesdelpueblo y Agencias – La defensa de del secuestrador de los agentes d ela Guardia Civil el pasado 20 de septiembre de 2017 en la Consejería de Hacienda y Economía de la Generalidad, Jordi Sànchez, actual candidato de Convergencia-PDECAT-Juntos Por Cataluña (JxCat) a la presidencia de la Generalidad de Cataluña, ha recurrido al Tribunal Supremo para que le permita acudir al Parlamento de Cataluña para su investidura, alegando que de lo contrario el tribunal vulneraría la Constitución y el Estatuto de Cataluña y limitaría «gravemente» la democracia y la autonomía catalana. Madrid (España), martes 13 de marzo de 2018. Fotografía: Jordi Sànchez, exlíder de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y diputado de JxCat. Archivo Efe.

La defensa de Sànchez ha presentado esta mañana un recurso de apelación, a que ha tenido acceso Efe, ante la sala de lo penal del Tribunal Supremo, después de que el pasado viernes el juez Pablo Llarena denegara su petición de ser excarcelado para acudir al pleno de investidura, inicialmente previsto para hoy en el Parlamento pero después aplazado.

El pasado viernes, los abogados del candidato anunciaron que hoy solicitarían al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, cautelarmente, permitiera salir a Sànchez de la cárcel para su investidura, pero a última hora de ayer desistieron de esa iniciativa y decidieron presentar recurso de apelación al Supremo.

La defensa pide a la sala del Supremo que responda a su petición «con la mayor celeridad posible», teniendo en cuenta que el presidente del Parlamento «no puede esperar indefinidamente a saber» si Sànchez podrá o no acudir al pleno, sobre todo después de que el Constitucional, «de manera ciertamente discutible», interpretara que la investidura debe ser presencial, cuando el candidato a la presidencia era Carles Puigdemont.

Para los abogados, cualquier demora en la resolución de la petición de Sànchez puede suponer «la frustración irremediable» de sus legítimos derechos, «lo que sucederá si su candidatura se considera definitivamente decaída por el presidente del Parlamento y éste decide dar paso a otros candidatos».

La denegación de Sànchez a acudir al Parlamento para ser investido puede comportar, según la defensa, «graves lesiones de derechos fundamentales» y de artículos de la Constitución, entre ellos los de participación política, presunción de inocencia y expresión, y del Estatuto de Autonomía, como el de inviolabilidad de los diputados.

En opinión de los letrados, la vulneración de los derechos de participación política tendría una dimensión, «tanto individual como colectiva, pues con ella se ve frustrada la voluntad de los más de dos millones de personas que el 21 de diciembre votaron a partidos políticos que eventualmente podrían dar apoyo a la candidatura» de Sànchez.

La defensa rebate los argumentos de Llarena, que consideró que excarcelar a Sànchez entraña el riesgo de reiteración delictiva, y le afea que base su afirmación en «intuiciones personales», sin citar «un solo dato que avale tal afirmación».

«¿En qué momento de la conducción se supone que cometerá Jordi Sànchez una nueva sedición o rebelión? ¿Acaso dentro de los furgones policiales que le trasladen al Parlamento?», prosigue el escrito, que apunta a que el candidato tampoco podría perpetrarla en su «alocución» a la cámara, teniendo en cuenta la «inviolabilidad reconocida constitucional y estatutariamente a los parlamentarios».

El escrito, que firma el abogado Jordi Pina, reprocha a Llarena que deslice en su auto «consideraciones de oportunidad política totalmente impropias de un sistema en el que rige la división de poderes», al recordar, por ejemplo, que Sànchez ya estaba encarcelado cuando decidió presentarse a las elecciones.

«Con el debido respeto, resulta sencillamente inaudito que, en un sistema donde rige la división de poderes, un tribunal efectúe tan abiertamente manifestaciones acerca de la oportunidad política de elegir a unos candidatos y no a otros por parte de un Parlamento», sostiene el recurso al Supremo.

Para la defensa, impedir a Jordi Sànchez acudir al pleno supone «una grave restricción de la democracia como valor superior del ordenamiento constitucional español», así como una «vulneración del derecho al pluralismo político» y una «grave limitación del derecho de Cataluña a la autonomía política».