La Asamblea Constituyente fiscalizará el «entramado institucional» de República Catalana

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Lasvocesdelpueblo y Agencias – Según el borrador de la Ley de Transición (ley de ruptura con el resto de España) que preparan Gobierno catalán y partidos separatistas, tras el referéndum del 1 de octubre con la ya asegurada victoria del «Sí» -porque los del «No» ni harán campaña ni votarán-, Una vez que la Asamblea constituyente aprobase la propuesta de una nueva Constitución catalana se debería de someter a ratificación a través de un nuevo referéndum y si contase con la aprobación de la población catalana la Asamblea se disolvería para proceder a unas elecciones «para la conformación del nuevo sistema institucional establecido por la Constitución (catalana)». Barcelona (España), lunes 3 de junio de 2017. Fotografía: El presidente de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont, y el vicepresidente, Oriol Junqueras (i), se dirigen a la reunión de gobierno catalán en Barcelona. Archivo Efe.

El segundo borrador de la Ley Fundacional de Transitoriedad («Ley de ruptura») para Cataluña prevé que si el resultado del referéndum del 1 de octubre fuese favorable a la separación, la Generalidad de Cataluña activaría una fase «de base ciudadana, transversal, participativa y vinculante, con el objetivo de redactar y aprobar la Constitución de la República».

El diario ‘El País’ recoge en su edición de hoy lunes este segundo borrador que señala que tras la creación de esa base ciudadana el proceso se subdivide en tres fases sucesivas: la primera de proceso participativo, la segunda de elecciones constituyentes y de elaboración de una propuesta de Constitución por parte de la Asamblea constituyente, y la tercera, de ratificación de la Constitución.

Los ponentes de la norma separatista señalan, según el borrador, que el actual Parlamento catalán debería amparar esas diferentes fases participativas para que tuvieran lugar esas deliberaciones por sectores y territorios en los siguientes seis meses tras conocerse el resultado de la consulta del 1-O.

Terminado ese proceso asambleario, el proclamado nuevo presidente de la República de Cataluña disolvería ese Parlamento catalán y convocaría unas elecciones para elegir, por «el régimen electoral ordinario», una Asamblea constituyente con el mismo número de miembros (135) que el actual Parlamento catalán.

La norma especifica que ninguna de las decisiones de la Asamblea constituyente serían susceptibles de control, suspensión o impugnación por ningún otro poder, juzgado o tribunal.

Una vez que la Asamblea constituyente aprobase la propuesta de una nueva Constitución catalana se debería de someter a ratificación a través de un nuevo referéndum y si contase con la aprobación de la población catalana la Asamblea se disolvería para proceder a unas elecciones «para la conformación del nuevo sistema institucional establecido por la Constitución (catalana)».

Hasta la formación de las nuevas instituciones de la República de Cataluña la diputación permanente de la Asamblea constituyente fiscalizaría «la creación de un nuevo entramado institucional» y asumiría «las funciones, facultades y obligaciones del Parlamento catalán».

El borrador recoge en materia judicial que el presidente catalán se reserva la facultad para nombrar el fiscal general de Cataluña y que podrán designar al presidente del Tribunal Supremo de la nueva república.

El mismo control político llegaría también al nombramiento de los jueces del Supremo quedando en manos de una sala de gobierno, compuesta por magistrados de distintas instituciones catalanas, la decisión al respecto.

El presidente de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont, se ha comprometido ante las críticas por la falta de concreción de diversos aspectos de la consulta a que mañana martes, 4 de julio, facilitará toda la información en un acto convocado por Juntos Por el Sí (ERC y Convergencia -PDECAT-) en el Teatro Nacional de Cataluña.