
Madrid, miércoles 7 de octubre de 2026 (Lasvocesdelpueblo y Agencias).- La Fiscalía, que controla el Gobierno de coalición socialcomunista de Pedro Sánchez Pérez-Castejón, ha solicitado la absolución de Begoña Gómez, mujer del presidente del líder del Partido Socialista (PSOE), de los delitos de malversación y tráfico de influencias por los que será juzgada ante un jurado popular en la Audiencia Provincial de Madrid, en una fecha todavía por determinar. En su escrito de conclusiones provisionales, al que ha tenido acceso la Agencia EFE, el Ministerio Público mantiene la misma posición que ha defendido desde el inicio del procedimiento y sostiene que «los hechos narrados no son constitutivos de infracción penal. Sin delito no hay autor», señala el fiscal.
La petición de absolución se extiende también a la asesora de Gómez, Cristina Álvarez, acusada de malversación. Ambas fueron enviadas a juicio por el juez Juan Carlos Peinado tras una investigación iniciada en abril de 2024 a raíz de una denuncia presentada por la organización Manos Limpias.
En este procedimiento, únicamente la acusación popular, coordinada por Hazte Oír, reclama una condena para las dos acusadas. En concreto, solicita 13 años de prisión para Begoña Gómez y seis para Cristina Álvarez por hechos relacionados con la participación de la esposa del presidente como codirectora de una cátedra de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), el desarrollo de un programa informático en el marco de esta iniciativa y la actividad desempeñada por su asesora, cuyo salario procede de fondos públicos.
La Fiscalía sostiene que Gómez no obtuvo remuneración por su labor al frente de la cátedra extraordinaria para la Transformación Social Competitiva de la UCM. Destaca que percibió «0 euros» por esta actividad, que era «no retribuida». Según el escrito, la cátedra surgió después de una reunión promovida por Gómez con el rector de la Complutense, Joaquín Goyache, celebrada en la Moncloa en julio de 2020, durante la pandemia y con la universidad cerrada.
El Ministerio Público considera que la creación de la cátedra se ajustó a la normativa y recuerda que se trata de una figura destinada a atraer inversión privada y abordar cuestiones relevantes para la sociedad, para cuya dirección «no es preciso título universitario o profesional». En el marco de esta cátedra se planteó además desarrollar una plataforma tecnológica o software para medir el impacto social, en la que participaron empresas como Indra, que aportó equipo y personal valorado en 128.442,37 euros, Telefónica, con una aportación cuantificada en 55.000 euros, y Google, cuya participación se cifra en 40.000 euros, entre otras.
Sin embargo, la Fiscalía señala que no consta que este programa llegase a implantarse ni que fuese registrado como propiedad intelectual de la universidad. Tampoco aprecia un beneficio económico para las acusadas ni un perjuicio patrimonial para la UCM. El fiscal también recoge que Begoña Gómez colaboró con la Universidad Complutense en distintas actividades y másteres entre 2012 y 2024, por los que percibió un total de 39.170 euros.
Respecto a Cristina Álvarez, la Fiscalía tampoco aprecia delito en las funciones desempeñadas desde 2018 como asesora de Begoña Gómez. El Ministerio Público señala que se trata de un puesto de confianza y de personal eventual adscrito a la Presidencia del Gobierno, una figura que, según indica, ha existido para las cónyuges de los presidentes durante toda la etapa democrática. Su nombramiento, añade, siguió los cauces legales y sus funciones, desarrolladas con «disponibilidad permanente», incluían tareas logísticas y organizativas en las que predominaban las características propias de un puesto basado en la confianza.
Entre sus cometidos figuraban la gestión de la agenda, la preparación de reuniones, visitas y eventos, así como el acompañamiento a Begoña Gómez. La Fiscalía incluye también actividades puntuales de gestión y contacto entre personas vinculadas a la UCM, patrocinadores o entidades, con presencia en copia de determinados correos electrónicos. El Ministerio Público concluye que estas actuaciones no ocasionaron ningún menoscabo o detrimento para el patrimonio ni para los recursos públicos, por lo que reclama la absolución de ambas acusadas.
