La (JEC) da 48 horas Torra para que retire Estrelladas y lazos en edificios públicos

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FOTOGRAFÍA. PARLAMENTO DE CATLAUÑA (ESPAÑA), AÑO 2019. Vista del independentista actual presidente de la Generalidad de Cataluña, Quim Torra Pla, durante una sesión d ela cámara autonómica catalana. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias – Así que la Junta Electoral Central (JEC) requiere al presidente de la Generalidad de Cataluña, Quim Torra Pla, a que en un plazo máximo de 48 horas ordene la retirada de dichos símbolos independentistas. Para terminar, la JEC recuerda que el acuerdo adoptado este lunes es firme en la vía administrativa, por lo que solo cabe interposición de recurso en la contencioso-administrativa, en concreto ante la sala tercera del Tribunal Supremo, dentro de un plazo de dos meses. Madrid (España), martes 12 de marzo de 2019. 

La Junta Electoral central da un plazo máximo de 48 horas al presidente del ejecutivo autonómico catalán, Quim Torra, para que ordene la retirada de las Estrelladlas, en dialecto catalán «esteladas», y lazos amarillos que puedan encontrarse en los edificios públicos dependientes de la Generalidad de Cataluña.

Así consta en el acuerdo que la Junta Electoral ha adoptado este lunes, 11 de marzo de 2019, en respuesta a una reclamación presentada por Ciudadanos Cs, en la que protesta por la exhibición de «símbolos ideológicos o partidistas en edificios y espacios públicos».

Tras recordar la «reiterada doctrina sobre la obligación de los poderes públicos de mantener estrictamente la neutralidad política durante los procesos electorales», la Junta señala que «la igualdad en el sufragio es esencial en la representación democrática», y por ello, la legislación encomienda a la administración electoral, es decir, a la propia Junta, la exigencia de preservarla.

Las libertades ideológicas y de expresión son derechos fundamentales de las personas, apunta la Junta, pero «no de los gobernantes».

Del mismo modo, la autoridad electoral tiene «declarado» que «el lazo amarillo y la bandera ‘estelada’ son símbolos partidistas utilizados por formaciones electorales concurrentes a las elecciones».

Por esta razón, explica en su acuerdo, las «esteladas» y los lazos amarillos (usado en recuerdo de los cargos públicos en prisión preventiva por la declaración de independencia y el referéndum del 1 de octubre de 2017) pueden ser «legítimamente» exhibidos por los partidos dentro de su propaganda electoral, pero no pueden mostrarlos los poderes públicos, que se rigen por el principio de «neutralidad política».

Así que la Junta requiere a Torra a que en un plazo máximo de 48 horas ordene la retirada de dichos símbolos.

Para terminar, la Junta recuerda que el acuerdo adoptado este lunes es firme en la vía administrativa, por lo que solo cabe interposición de recurso en la contencioso-administrativa, en concreto ante la sala tercera del Tribunal Supremo, dentro de un plazo de dos meses.