
Pamplona (Navarra) España, lunes 27 de julio de 2026 (Lasvocesdelpueblo).- Sanfermines 2026 | La juez mantiene en prisión al investigado por la violación a una mujer semiinconsciente la madrugada del día 10 de julio de 2026 en Pamplona. La titular de la plaza nº 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Pamplona considera, además, que la agresión sexual se llevó a cabo con violencia.
La titular de la plaza nº 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer de Pamplona ha ratificado la medida de prisión provisional, comunicada y sin fianza del joven encarcelado el día 14 por la supuesta agresión sexual a una mujer en estado de semiinconsciencia la madrugada del pasado día 10 en un portal de la calle Estafeta de la capital navarra.
En la resolución judicial, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial, la magistrada destaca la gravedad de los hechos objeto de investigación. En su declaración, el investigado sostuvo que las relaciones fueron consentidas.
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Sin embargo, la jueza asegura que la agresión sexual (violación) se llevó a cabo no solo sin consentimiento, sino con violencia física. Así, según destaca en el auto, el informe forense «deja poca duda de la falta de consentimiento consciente» de la víctima dada la vulnerabilidad química recogida en dicho informe.
Según el examen forense citado en el auto de prisión dictado el día 14, la víctima arrojó a las 8.10 horas una tasa de alcoholemia de 2,21 g/l, «con evidencia asimismo de restos de cocaína en orina».
Pero para la magistrada, lo destacable del dictamen médico estriba en las lesiones que la denunciante presentaba, «difícilmente encuadrables en unas relaciones libres y voluntarias (erosiones en rodillas, hematoma en rodilla, hematomas en ambos brazos, en concreto en antebrazos, todas lesiones con margen de dos horas anteriores a la exploración de la forense)».
Al respecto, añade que en las imágenes del portal se ve cómo coge del antebrazo izquierdo el investigado a la víctima para llevarla, una acción que no es compatible con el pretendido consentimiento alegado.
Además, la jueza indica que aún se tienen que practicar diversas pruebas, como la testifical de los amigos que le acompañaban, la localización de los testigos que entraron en el portal y que pudieran haber visto parte de los hechos, así como los resultados que arrojen los informes psicológicos y los análisis de ADN.
Estas evidencias, según la jueza, podrían arrojar más claridad a los indicios ya existentes, «claros y evidentes», de que no hubo una relación consentida, sino una agresión sexual en la que, además de aprovecharse de la vulnerabilidad química, «se utilizó violencia física» por parte del imputado.
La magistrada ratifica el ingreso en prisión del investigado debido a que las penas que podrían recaer en este procedimiento son muy altas y graves, para proteger a la víctima y evitar la alteración de pruebas, así como para asegurar la presencia del mismo a disposición del tribunal durante la tramitación de la causa.
El auto explica que no existe otra medida menos gravosa que garantice los fines perseguidos.
La jueza descarta los dispositivos telemáticos por su falta de efectividad y considera que la prohibición de salida del territorio nacional no es suficiente, ya que dentro de la UE no hay controles fronterizos.
