La Justicia tumba al ‘catalán’ obligatorio en empresas y cine y deja en 25% la cuota de películas en ‘catalán’

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En la imagen, Ultraseparatistas fanáticos excluyentes de la dictadura separatista catalana con un lema que dice en legua regional: "Un país (Cataluña) de todos, una escuela solo en lengua regional, el catalán", 'Un País de Tots, L'escola en català'. Firman como lema de su manifestación que recorrió las calles de Cataluña el pasado mes de junio de 2014. archivo Lasvocesdelpueblo.

Redacción – El Tribunal Constitucional (TC) de la Nación ha tumbado a la imposición de la lengua regional, el catalán, en el ámbito cultural, empresarial y social, este martes 4 de julio de 2017, a raíz de los recursos planteados en su día por el Defensor del Pueblo y el PP, girando parcialmente algunos de sus preceptos y aplicando fuerza reservas en la interpretación de los que se salvan de la declaración de inconstitucionalidad. Barcelona (España), miércoles 5 de julio de 2017. Fotografía: En la imagen, Ultraseparatistas fanáticos excluyentes de la dictadura separatista catalana con un lema que dice en legua regional: «Un país (Cataluña) de todos, una escuela solo en lengua regional, el catalán», ‘Un País de Tots, L’escola en català’. Firman como lema de su manifestación que recorrió las calles de Cataluña el pasado mes de junio de 2014. archivo Lasvocesdelpueblo

Así recoge también el diario separatista catalán ‘El Punto Hoy’ (El Punt Avui) en su edición de este martes.

Una de las principales rebajas se produce en el campo del cine, ya que el TC limita al 25% de la producción la cuota obligatoria de exhibición de películas dobladas o subtituladas en catalán.

Así, el Tribunal considera ajustado a la legalidad que se establezcan baremos para fomentar el catalán en este ámbito, pero entiende «desproporcionada» la exigencia del 50% de implantación de la lengua para producciones extranjeras que contempla la ley aprobada en julio de 2010, y es por eso que la reduce a la mitad.

La sentencia ha sido redactada por el magistrado catalán Juan Antonio Xiol Ríos y, si bien desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el grupo parlamentario del PP contra la ley del cine, añade que uno de los apartados impugnados -el de las cuotas de reserva para distribuidores y exhibidores de películas- sólo será constitucional si se interpreta a la baja.

Todas las resoluciones se han dictado con la unanimidad de los miembros del tribunal y, de hecho, se ha querido agrupar en un único pleno el debate de normas que afectan al régimen lingüístico catalán con la intención de aplicar un criterio más o menos uniforme a las diferentes resoluciones.

Se da la circunstancia de que las cuatro leyes fueron impulsadas durante la etapa del gobierno tripartito, tanto durante la presidencia de Pasqual Maragall como la de José Montilla.

Aparte del cine, el TC también ha resuelto el recurso del PP contra la ley de comunicación audiovisual, de diciembre de 2005, procurando no tumbar ningún aspecto esencial, pero insistiendo, al menos, en la necesidad de que la interpretación de la norma no suponga en ningún caso «la exclusión del castellano».

Tampoco cuestiona la adjudicación de licencias en función del uso del catalán o que la mayor parte de canales que se ofrezcan sean en esta lengua porque entiende que se trata de fomentar la normalización lingüística y que en ningún caso suponen un «desequilibrio «respecto al castellano.

En cambio, se declara inconstitucional la exigencia de hacer una distinción clara entre información y opinión, con las consiguiente sanciones si se salta la norma que implican incluso una suspensión de tres meses.

En cuanto a la ley de mayo de 2010 sobre primera acogida de inmigrantes, el TC estima parcialmente el recurso del Defensor del Pueblo tumbando el precepto al considerar que discrimina el castellano debido a que antepone «la adquisición de competencias básicas en lengua catalana «para acceder a la formación en castellano.

Finalmente, sobre el recurso del Defensor del Pueblo contra el Código de Consumo, también de 2010, el TC sigue la línea impuesta en su día en el caso del etiquetado y señala que los consumidores tienen derecho a recibir determinada documentación e información en catalán, si bien prevalece la legislación estatal, «que exige el uso del castellano», señala.