La ley Electoral prohíbe aplazar el 14F catalán

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FOTOGRAFÍA. PLAZA LLUCMAJOR NOU BARRIS (BARCELONA) ESPAÑA, 11.01.2021. Varios grupos de los enemigos de la libertad, que integran el separatismo y la ultraizquierda, intentan asaltar una carpa informativa de Vox para las elecciones catalanas del 14 de febrero de 2021, y son retenidos por los Mozos de Escuadra. Imagen Carlos Cortizo Casanova-Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo).

Lasvocesdelpueblo y Agencias – La falta de consenso para aplazar las elecciones catalanas del próximo domingo, 14 de febrero de 2021 (14F) podría dejar en manos de la justicia la fecha de los comicios. Expertos en derecho han explicado a la ACN que el amplio consenso de los partidos daría fuerza al cambio de fecha electoral. Barcelona (España), jueves 14 de enero de 2021.

En caso de que no se produzca el acuerdo unánime para aplazar los comicios catalanes del 14 de febrero de 2021 814F) o incluso que otros particulares y grupos de vecinos de Cataluña aleguen que, aplazando el 14F por parte de la Generalidad de Cataluña, se les vulnera el derecho al sufragio, la decisión recaería al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) o al Tribunal Constitucional (TC).

La justicia debería determinar si se produce una situación de fuerza mayor que obligue al aplazamiento electoral. Los expertos recomiendan que para garantizar el cambio de fecha, el Gobierno debería defender «sólidamente» que el proceso electoral no se puede hacer con garantías por los electores por la inexistencia de medios que permitan una votación segura.

La legislación no contempla el aplazamiento

Los expertos consultados por la Agencia Catalana de Noticias (ACN) explicaron que la ley electoral estatal que rige en Cataluña no contempla la posibilidad de aplazar unas elecciones.

Sin embargo, el precedente vivido en 2020 en Galicia y en el País Vasco donde se aplazaron sería útil a nivel jurídico.

Por catedrático de derecho constitucional de la Universidad de Barcelona (UB) y miembro de la comisión de asesoramiento del Síndic, Enoch Albertí, en el país se podría hacer lo mismo que pasó en Galicia y el País Vasco con las «mismas garantías» a pesar no estar previsto por la ley.

El consenso de los partidos

Si bien no es determinante al 100%, la clave es el consenso de todos los actores políticos en la mesa de partidos que se celebra este viernes.

Si los partidos no alcanzan el acuerdo y hay discrepancias en el aplazamiento, por el profesor titular en ciencia política de la Universidad de Barcelona (UB), Josep Maria Reniu, podría producirse el caso de que algunos actores denuncien la lesión del derecho a la participación política y actúen en la vía contencioso jurídica contra el decreto de aplazamiento que aprobara el Gobierno.

Por Reniu se podría producir un callejón sin salida porque a pesar del acuerdo de la mayoría de actores políticos, la justicia tomara una resolución que fuese en contra del aplazamiento.

Sin una legislación que contemple el cambio de fecha electoral, apunta que podrían entrar en «colisión» la defensa de la salud pública con el derecho a la participación política.

La argumentación de la Generalidad

Un partido político o un particular que quisiera recorrer el aplazamiento debería rebatir los argumentos dados por el Gobierno.

En concreto, según han explicado los expertos, debería poner en duda la existencia de una fuerza mayor que justifique la decisión y denunciar una vulneración del derecho a la representación política o al sufragio activo y pasivo.

Por todo ello, los expertos consultados por la ACN apuntan que el Gobierno tiene que justificar muy bien, en un decreto de aplazamiento, la fuerza mayor y acreditar que hay inexistencia efectiva de medios que permitan una votación segura y que no es posible celebrar el proceso con todas las garantías «democráticas».

Este último caso para verse afectada la campaña electoral. «Defender claramente que no se dan las condiciones de seguridad y normalidad para convocar las elecciones y hacer campaña», apuntó el profesor de filosofía del derecho de la Universidad Pompeu Fabra (UPF), José Luis Martí.

Uno de los argumentos básicos que se puede justificar es que el voto por correo se puede ejercer hasta 10 días antes de la votación. Esto provoca que personas contagiadas o contacto directo de un positivo días antes de las elecciones no podrían votar.

Además, concluyen que la franja horaria de votación por personas positivas o sospechosas supondría romper confinamientos y poner en riesgo a la población.

Precisamente, explicaron que según cálculos hechos por la Generalitat esto afectaría alrededor de 200.000 personas.

Por ello, los expertos creen que el Gobierno puede alegar que no se puede dejar sin votar a tanta población en no tener medios alternativos al voto presencial.

El margen para forzar el 14-F

El profesor de filosofía del derecho José Luis Martí ha constatado que las dudas legales en torno al aplazamiento se pueden producir sobre el procedimiento a seguir para hacerlo y en si se produce la causa mayor que la avala.

A su vez, Enoch ha apuntado que existe margen para que algún partido quiera forzar que se hagan elecciones el 14-F. «Alguien podría discutir que como no está previsto por ley el aplazamiento, no se puede hacer», explicó.

El catedrático ha recordado, sin embargo, que la Comisión de Venecia del Consejo de Europa apunta que en caso de emergencia está justificado suspender unas elecciones. «No se cierra la puerta de manera absoluta que se suspendan unas elecciones ya convocadas a pesar de que no haya una previsión legal de hacerlo», defendió.

La vía, pues, para forzar el 14-F sería que alegan que a pesar de que se pueda hacer un aplazamiento no se dan las circunstancias que lo justificarían.

Enoch ha indicado que el decreto de aplazamiento debería recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TJSC), que podría llegar al Tribunal Constitucional (TC). Aunque se pidiera amparo al TC, Enoch ve «difícil» que en pocas semanas se puedan resolver los procesos con una resolución definitiva sobre la cuestión.

Como se podría impugnar el aplazamiento?

Según Martí, para impugnar el aplazamiento electoral, habría que buscar la «contradicción» del Gobierno. Defender que previamente al decreto de aplazamiento había asegurado que estaba organizando las elecciones con medidas para hacerlo de forma segura.

Así, podrían apuntar que hasta ahora el Ejecutivo catalán ha defendido que los comicios se pueden hacer de manera segura sin poner en riesgo la integridad. «Si se pueden hacer de forma segura, entonces no y ha la causa mayor para suspender o aplazar los comicios», analizó.

Finalmente, Martín ha argumentado que es «normal» que la última palabra del aplazamiento electoral la puedan tener los tribunales.

«Deben validar que es una causa de fuerza mayor y que no es una decisión que se ha tomado en abuso. Que no es el Gobierno a quien le conviene por razones electorales», concluyó.