Los pasos del itinerario de los inmigrantes menores (MENAS) en España

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FOTOGRAFÍA. ALMERÍA (ESPAÑA), JULIO DE 2019. Desembarco en el puerto de Almería de un grupo de menores de origen argelino rescatados de una patera al sur del Cabo de Gata. Efe.

Efe – ¿Cuál es el recorrido legal de un menor extranjero que viaja solo cuando llega a España? ¿Se le otorga directamente la residencia española o se requieren ciertos requisitos? ¿Quiénes son responsables de la protección de estos menores? Estos son los pasos del itinerario de un mena. Madrid (España), martes 6 de agosto de 2019. 

1-. ¿Qué es un MENA? Es un Menor Extranjero No Acompañado (MENA), es decir, un joven de menos de 18 años que llega a territorio español sin un adulto responsable que lo acompañe.

2-. Cuando no hay dudas sobre su edad, y es menor, queda bajo la tutela de la comunidad autónoma donde se encuentre y es ingresado en un centro de menores donde se inicia su proceso de acogida e identificación.

3-. Si no está clara su edad, porque no suelen llevar documentación, se les practica diversas pruebas -como radiografía de la muñeca- para determinarla, bajo la supervisión de la Fiscalía de Menores.

4-. Una vez confirmado que es menor, se inscribe en el Registro de Menores no Acompañados y se inicia un proceso similar a si se hubiera encontrado un niño español: comprobar si tiene padres que puedan hacerse cargo de él y, si no es así, queda bajo la tutela de la administración autonómica.

5-. La política sobre menores extranjeros no acompañados está orientada al retorno del menor a su país de origen, bien con su familia o bien en un centro de acogida de menores de su país, siempre que ello constituya el interés superior del menor y se verifique que no existe riesgo o peligro para la integridad del niño, según la ley.

6-. Corresponde a la Administración General del Estado, conforme al principio de reagrupación familiar del menor, después de haber oído al niño y previo informe de los Servicios de Protección de Menores, resolver lo que proceda sobre el retorno a su país de origen o donde estén sus familiares o, en su defecto, sobre su permanencia en España.

7-. A aquellos niños que permanezcan en territorio español, se les dará autorización de residencia y mientras se completan los trámites, pueden cursar aquellas actividades o programas de educación o formación, dentro de su proceso de integración.

8-. En el caso de menores tutelados por la entidad de protección que cumplan 18 años sin haber obtenido la citada autorización de residencia y que hayan participado adecuadamente en las acciones formativas y otras actividades para favorecer su integración social se recomienda la concesión de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

9-. Cuando cumplen 18 años, dejan de estar tutelados por la administración y salen de los centros y solo algunas ONG e instituciones disponen de programas de apoyo para estos jóvenes adultos.