Madrid bajo el estado de alarma del PSOE y Podemos desde este Día de España, 12-O de 2020

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 09.10.2020. Policía Nacional y Guardia Civil despliegan controles de tráfico para vigilar el cumplimiento de las restricciones a la movilidad impuestas por el estado de alarma que decretará el Gobierno, este viernes 9 de octubre de 2020, en la Comunidad de Madrid. Efe 

Efe – Cuatro nuevas zonas básicas de salud (ZBS) de la Comunidad de Madrid, en los municipios de Colmenar Viejo, Arganda del Rey, Coslada y Collado Villalba, se suman desde este lunes a las tres ya existentes con movilidad restringida, al tener una incidencia de más 750 casos de coronavirus por cada cien mil habitantes. Madrid (España), lunes 12 de octubre de 2020.

A estas siete zonas con movilidad restringida no les afecta el estado de alarma porque se ubican en municipios de menos de 100.000 habitantes.

Hasta ahora la Consejería de Sanidad utilizaba el criterio de mil casos por cien mil habitantes para decretar el confinamiento perimetral de una ZBS, pero ha rebajado a 750 la tasa de contagios en las zonas afectadas.

Las cuatro nuevas ZBS que entran hoy en vigor son las de Arganda del Rey, Sierra de Guadarrama (Villalba), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo) y Valleaguado (Coslada), mientras que continúan vigentes las de Humanes, Villa del Prado y Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes).

La orden autonómica 1322/2020 de 9 de octubre establece para las nuevas zonas básicas limitaciones similares a las de los municipios incluidos en el decreto de estado de alarma: Madrid, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.

En estos nueve municipios y en las siete zonas básicas «se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles», y se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada, salvo desplazamientos «adecuadamente justificados».

La movilidad se permite por motivos laborales o médicos, acceso a centros educativos, regreso a la zona residencial, asistencia a personas mayores o dependientes, acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas, realización de exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria o urgente.

Además, se limitan a seis personas de las reuniones familiares o sociales, la distancia interpersonal es de 1,5 metros, el aforo es de un tercio en lugares de culto, solo se permite un máximo de 15 personas en los velatorios, el aforo en locales comerciales y de hostelería es del 50 % y no podrán cerrar más tarde de las 22:00 horas.

Solamente en las siete zonas básicas se suspende temporalmente el acceso a los parques infantiles de uso público.