¿Monarquía o República?| VOX recurre la celebración de la consulta sobre la Monarquía en Ayuntamientos y subdelegaciones de Gobierno

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 10.10.2021. Santiago Abascal Conde. Las jornadas de Vox 'Viva21 La España en Pie, Agenda España' frente al feminismo radical, el falso ecologismo, las mafias que trafican con personas, y las políticas globalistas que sólo benefician a los políticos del consenso, llega la agenda de los Patriotas han iniciado este lunes reuniendo a miles de personas llegadas de todas parte del Reino de España. El presidente de Vox, Santiago Abascal Conde,y los destacados cargos nacionales de su partido, han visitado a las 52 carpas informativas del evento de cada provincia del Reino de España y las dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Redacción.- Madrid (España), miércoles 11 de mayo de 2022. VOX ha presentado un recurso en todos los Ayuntamientos en los que tiene representación y subdelegaciones de Gobierno para solicitar que denieguen el permiso de utilización del dominio público con el fin de llevar a cabo una consulta popular, impulsada por la «Plataforma Consulta Popular Estatal Monarquía o República», cuyo objetivo es retomar el llamamiento ciudadano a manifestar su posición sobre el modelo de Jefatura de Estado.

En su escrito, la formación explica que esta consulta es «manifiestamente ilegal», ya que en los artículos 1.3, y 56 a 65 de la Constitución Española (CE), se expresa que la forma política del Estado español es la Monarquía Parlamentaria. De manera que «no admite discusión alguna».

Asimismo, dicha consulta también incurre en una inconstitucionalidad de carácter competencial, ya que las consultas populares, recuerda VOX, son competencia del Estado, tal y como recogen los artículos. 149.1.32 CE, en relación con los artículos. 81.1 y 92 CE..

Advierte, además, la formación de que de celebrarse una consulta popular sobre la Jefatura del Estado, se trataría de un «simulacro ilegal de referéndum».

Por otro lado, VOX hace referencia al artículo 2.1 de la Ley Orgánica 2/1980, donde se detalla que, para poder realizar una consulta popular local, como instrumento específico de participación ciudadana directa, es necesario la «expresa autorización del Gobierno de la Nación».

Finalmente, la formación que preside santiago Abascal Conde hace también alusión al artículo 82 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio, para señalar que «cuando alguna persona o entidad, por propia iniciativa, pretendiere una ocupación privativa y normal de dominio público, deberá́ presentar una Memoria explicativa de la utilización y de sus fines, así como justificativa de la conveniencia y de la normalidad de aquellos respecto del destino del dominio que hubiere de utilizarse, y que la Corporación examinará la petición y teniendo presente el interés público y la legalidad de la misma, la admitirá́ a trámite o la rechazará».