Ordenan el ingreso en prisión de excargos del partido de Puigdemont, autores del expolio del «Caso Palau»

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FOTOGRAFÍA. CATALUÑA (ESPAÑA), AÑO 2018. Los ex responsables del Palau de la Música Fèlix Millet (i), Jordi Montull (2i), su hija Gemma (2d), así como para el extesorero de Convergencia-PDECAT-JxCAT Daniel Osàcar (d), durante la vista Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias – La Audiencia de Barcelona ha ordenado el ingreso en prisión de los exresponsables del Palau de la Música de la Generalidad de Cataluña: Fèlix Millet y Jordi Montull; y Daniel Osàcar, el extesorero de Convergencia-PDECAT-JxCAT del prófugo de la Justicia expresidente de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont, para cumplir las penas de cárcel impuestas por el desvío de fondos de la entidad musical. Barcelona (España), martes 12 de mayo de 2020.

En un auto, la sección décima de la Audiencia de Barcelona da hasta el próximo 25 de junio a los tres principales condenados del «caso Palau» para ingresar voluntariamente en la cárcel, aunque el reglamento penitenciario establece un plazo máximo de diez días, porque ya se habrán superado las tres fases de desescalada marcadas por el Gobierno para evitar la propagación del coronavirus.

Además, el tribunal ordena que se ejecute el embargo de las sedes que Convergencia-PDECAT-JxCAT puso a disposición del juzgado, para pagar los 6,6 millones de euros en comisiones ilegales que la sentencia le obliga a devolver, y encarga a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos que gestione esa operación y, en caso necesario, localice otros bienes hasta completar el decomiso impuesto en sentencia.

Las defensas de Montull y Osàcar, de 77 y 84 años de edad, respectivamente -Millet tiene 84-, pidieron a la sala que suspendiera su ingreso en prisión por su avanzada edad, sus achaques de salud y el riesgo de contagio por coronavirus si ingresaban en un centro penitenciario.

La Audiencia, no obstante, considera que esas circunstancias no permiten a los condenados eludir el ingreso en prisión, dado que ninguno de ellos acredita tener «una enfermedad muy grave con padecimientos incurables» que no pueda ser objeto de seguimiento médico en la cárcel, y recalca que los centros penitenciarios ya han implementado medidas para prevenir el contagio y la propagación de la COVID-19.

Por ese motivo, ordena ejecutar las penas impuestas a los condenados -9 años y 8 meses de prisión y multa de 4,1 millones de euros para Félix Millet, expresidente de la institución, 7 años y 6 meses con multa de 2,9 millones para quien fuera su mano derecha, Jordi Montull, y tres y medio para Osàcar-, aunque serán las cárceles las que decidirán su clasificación, atendiendo a sus circunstancias personales.

La Fiscalía Anticorrupción pedía el ingreso en prisión no solo de los tres principales acusados, sino también de Gemma Montull, exdirectora financiera del Palau, condenada a cuatro años de cárcel y que en el juicio se benefició de una rebaja de penas gracias a un pacto que su padre alcanzó con el ministerio público a cambio de delatar a CDC.

La sala, no obstante, descarta de momento enviarla a prisión y le ha concedido un plazo de siete días para que se pronuncie sobre el cumplimiento de la sentencia y aclare la forma en que pagará los más de dos millones y medio de euros de responsabilidad a que fue condenada.

También ha dado ese plazo de siete días para pronunciarse sobre la ejecución de las penas a los otros ocho condenados a penas de hasta dos años de cárcel, entre ellos el asesor fiscal Edmundo Quintana, a quien la sala requiere por escrito una propuesta de pago de los 549.749 euros que fue condenado a devolver a Hacienda, de forma solidaria junto a Fèlix Millet.

Respecto al empresario Juan Manuel Parra, que en el juicio confesó que había facilitado el pago de comisiones ilícitas a Convergencia-PDECAT-JxCATmediante facturas mendaces, la sala da por cumplida la pena de ocho meses de cárcel a que fue condenado y que se le sustituyó por una multa.

El auto ordena informar a los colegios profesionales respectivos de las penas de inhabilitación especial impuestas a los abogados Raimon Bergós y Santiago Llopart, y se requiere a todos los condenados a abonar las multas que se les fijaron en sentencia.

El calendario fijado por el tribunal empezará a contar una vez quede sin efecto la suspensión de plazos procesales acordada el 14 de marzo pasado a raíz de la pandemia de coronavirus y sus sucesivas prórrogas.

El auto de ejecución de la sentencia, que puede ser recurrido en un plazo de tres días, pone fin a un proceso judicial que se inició en 2009, cuando los Mossos d’Esquadra irrumpieron en el edificio del Palau de la Música para registrarlo a raíz de una querella de la Fiscalía.