Presos del «Procés» permanecerán en prisión durante el Juicio por «intenso riesgo de fuga»

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PRISIÓN 'ELS LLEDONERS' (SAN JUAN DE LA VILATORRA) MANRESA (BARCELONA) ESPAÑA, 01.12.2018. Vista de la imagen más reciente de los 7 líderes golpista xenófobos del llamado 'Procés' en la prisión de 'Els Lledoners', ubicada en la localidad española de San Juan de Vilatorrada (Barcelona) fingiendo una falsa alegría. De Izquierda a la derecha: (Primera fila) Uno de los "Jordis", el expresidente de Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sánchez; el candidato fracasado a la investidura del 21-D catalán y quien cedió sus bienes a su mujer para evitar las consecuencias del 1-O, Jordi Turull Negre; junto a este energúmeno está otro "Jordis", el líder de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart, este impresentable que sonríe más que nadie tiene a su izquierda al Consejero de Territorio y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña hasta el 28 de octubre de 2017, coincidiendo con el Artículo 155 de la Constitución en Cataluña; para finalizar esta primera fila está el hombre que se autoproclamó en su cuenta Twitter "nuevo ministro de Asuntos Exteriores de Cataluña (República Catalana) tras su nombramiento como consejero de Exteriores, el izquierdista de los hoy 'Comunes', Raúl Romeva. Se ve que dos de estos delincuentes independentistas no cabían en la primera fila. Detrás de la primera fila está el alias 'Junqui', el exvicepresidente de Puigdemont y presidente de ERC, Oriol Junqueras, este energúmeno es el que meno se rie. Junqueras fuerza la sonrisa y esconde todos sus dientes. A la izquierda de 'Junqui' está el hombre que fingió problemas de salud para salir de la prisión preventiva, se trata de la misma criatura superiora que Puigdemont nombró expresamente para dar las instrucciones a los Mozos de Escuadra antes y después del golpe de estado separatista del 1-O. Se llama Joaquim Forn (Quim Forn), el consejero de interior de la Generalidad golpista hasta el pasado 28 de octubre de 2017. Lasvocesdelpueblo

Redacción – La Justicia sentencia que el independentismo ha desarrollado los últimos meses nuevas estructuras al extranjero de manera que sus presos, una vez, fuera de las fronteras del Reino de España puede vivir el resto de su vida muy cómodamente. Asimismo, ha decidido rechazar todos los recursos sobre sus puestas en libertad durante el Juicio. Para el Tribunal Supremo el riesgo de fuga sigue siendo intenso: «es un hecho notorio la existencia fuera del territorio español de estructuras de poder organizadas, puestas al servicio de aquellos procesados que han tomado la determinación de sustraerse al llamamiento de esta Sala. De hecho algunas autoridades y miembros actuales del Gobierno y el Parlamento de Cataluña -como han publicitado ampliamente los medios de comunicación- se han desplazado para mantener reuniones con las personas integrantes de tales estructuras, algunas de ellas también procesadas en esta causa y declaradas en rebeldía. Esta realidad intensifica claramente el riesgo de fuga, pues pone de manifiesto la existencia de cierta infraestructura en el extranjero -con presencia, insistimos, de procesados en esta causa (Carles Puigdemont de PDECAT-JxCAT, marta Rovira de ERC, Anna Gabriel Sabaté de la CUP, etc.) ya huidos de la justicia- que podría facilitar la fuga de los procesados». Madrid (España), lunes, 28 de enero de 2019. FOTOGRAFÍA: PRISIÓN ‘ELS LLEDONERS’ (SAN JUAN DE LA VILATORRA) MANRESA (BARCELONA) ESPAÑA, 01.12.2018. Vista de la imagen más reciente de los 7 líderes golpista xenófobos del llamado ‘Procés’ en la prisión de ‘Els Lledoners’, ubicada en la localidad española de San Juan de Vilatorrada (Barcelona) fingiendo una falsa alegría. De Izquierda a la derecha: (Primera fila) Uno de los «Jordis», el expresidente de Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sánchez; el candidato fracasado a la investidura del 21-D catalán y quien cedió sus bienes a su mujer para evitar las consecuencias del 1-O, Jordi Turull Negre; junto a este energúmeno está otro «Jordis», el líder de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart, este impresentable que sonríe más que nadie tiene a su izquierda al Consejero de Territorio y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña hasta el 28 de octubre de 2017, coincidiendo con el Artículo 155 de la Constitución en Cataluña; para finalizar esta primera fila está el hombre que se autoproclamó en su cuenta Twitter «nuevo ministro de Asuntos Exteriores de Cataluña (República Catalana) tras su nombramiento como consejero de Exteriores, el izquierdista de los hoy ‘Comunes’, Raúl Romeva. Se ve que dos de estos delincuentes independentistas no cabían en la primera fila. Detrás de la primera fila está el alias ‘Junqui’, el exvicepresidente de Puigdemont y presidente de ERC, Oriol Junqueras, este energúmeno es el que meno se rie. Junqueras fuerza la sonrisa y esconde todos sus dientes. A la izquierda de ‘Junqui’ está el hombre que fingió problemas de salud para salir de la prisión preventiva, se trata de la misma criatura superiora que Puigdemont nombró expresamente para dar las instrucciones a los Mozos de Escuadra antes y después del golpe de estado separatista del 1-O. Se llama Joaquim Forn (Quim Forn), el consejero de interior de la Generalidad golpista hasta el pasado 28 de octubre de 2017. Lasvocesdelpueblo

En un nuevo auto de la Justicia del Reino de España, refuerza las razones que justifican la prisión y señala las diferencias entre la situación que afecta a los líderes del ‘Procés’ y la del disidente turco amparado por el Tribunal de Derechos Humanos (TEDH) Selahattin Demirtas

El Tribunal Supremo rechaza poner en libertad a los encausados por el ‘Procés’ y descarta que su caso sea equiparable al del disidente turco Selahattin Demirtas

El Tribunal del llamado «Caso Procés» ha rechazado las peticiones de libertad o de medidas alternativas solicitadas en sus escritos de defensa por los nueve procesados que permanecen en prisión.

Equiparaban su situación a la del líder político turco Demirtas, a quien el Tribunal de Estrasburgo ha dado la razón en una reciente sentencia dictada en noviembre de 2018.

En línea con esta sentencia, las defensas de los acusados entendían que la Sala Segunda no había motivado suficientemente la no adopción de medidas alternativas a la prisión preventiva.

La resolución que hoy ha sido notificada descarta ese déficit de motivación: »

Sostener que la Sala no se ha pronunciado acerca de la suficiencia de posibles medidas alternativas a la prisión -argumentan los magistrados-, sólo puede ser resultado de una lectura precipitada de resoluciones dictadas con anterioridad», dice el tribunal Supremo de la Nación.

La Justicia española asegura que en efecto, en nuestro auto de fecha 26 de julio de 2018, en respuesta a la solicitud de sustitución de la prisión preventiva por fórmulas menos gravosas, como las comparecencias apud acta, el control telemático, o la vigilancia policial, se decía textualmente:

«Las firmas diarias pueden dejar de ser diarias en el instante en el que el firmante decide emprender la fuga. El control policial puede relajarse o presentar fallos involuntarios que permitan la huida. Los dispositivos de rastreo telemático atenúan su eficacia en un ámbito territorial en el que rige la libertad de fronteras y la libre circulación de personas, por más que su utilización permitiría conocer el itinerario seguido por el procesado para sustraerse al llamamiento para el juicio oral».

Intenso el riesgo de fuga

Para el Tribunal Supremo el riesgo de fuga sigue siendo intenso:

«Es un hecho notorio la existencia fuera del territorio español de estructuras de poder organizadas, puestas al servicio de aquellos procesados que han tomado la determinación de sustraerse al llamamiento de esta Sala», ha dicho en Supremo.

Apunta la Justicia de la patria española que: «De hecho algunas autoridades y miembros actuales del Gobierno y el Parlamento de Cataluña -como han publicitado ampliamente los medios de comunicación- se han desplazado para mantener reuniones con las personas integrantes de tales estructuras, algunas de ellas también procesadas en esta causa y declaradas en rebeldía».

Por lo que: «Esta realidad intensifica claramente el riesgo de fuga, pues pone de manifiesto la existencia de cierta infraestructura en el extranjero -con presencia, insistimos, de procesados en esta causa ya huidos de la justicia- que podría facilitar la fuga de los procesados».

El auto dictado hoy recuerda que la doctrina de Estrasburgo para valorar el riesgo de fuga exige ponderar la existencia de «contactos en el extranjero» que puedan facilitar la huida.

El ‘Procés’ es un caso español que no tiene nada que ni con Turquía ni con otro país del mundo

Rechaza la Sala la comparación entre la situación de los políticos catalanes presos y la del opositor turco a que se refiere el Tribunal Europeo: «conviene destacar, por otra parte, un dato que singulariza y distingue las dos situaciones que las defensas, en su legítimo discurso impugnativo, pretenden igualar».

Al Juicio del Supremo, «el Sr. Demirtas era un líder opositor cuyo encarcelamiento -sin entrar en otro orden de consideraciones acerca de las notas definitorias del sistema jurisdiccional turco y de la pervivencia de preceptos penales difícilmente conciliables con el Convenio de Roma- podía llegar a implicar una ruptura de la legitimidad democrática».

Sigue razonando el Tribunal Supremo: «los hechos que delimitan el objeto de la presente causa especial no se atribuyen por el Fiscal, el Abogado del Estado y la acusación popular a líderes de la oposición. Antes al contrario, la mayor parte de los procesados eran líderes políticos integrados en el Gobierno de una comunidad autónoma en la que asumían la máxima representación del Estado en ese ámbito territorial», puntualiza la Justicia.

Agrega el Tribunal que: «No expresaban, por tanto, la silenciada voz discrepante frente a una política hegemónica que se impone sin contrapesos».

Para el Tribunal Supremo de la Nación española, «los políticos cautelarmente privados de libertad, cuya situación las defensas identifican con el cautiverio del Sr. Demirtas, se hallaban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico».

Por lo que: «La pretendida equiparación entre las medidas cautelares que afectan a los procesados y el encarcelamiento del opositor turco que está en el origen de la sentencia del Tribunal Europeo, es contemplada por la Sala como una respetable estrategia defensiva, pero carente de viabilidad por la falta de similitud con los hechos que van a ser objeto de enjuiciamiento. No existe persecución por las ideas. No se criminaliza una ideología», puntualiza e Supremo español.

«De hecho», continúa el tribunal Supremo, «la ideología que con tanta legitimidad democrática profesan los recurrentes, sostiene ahora al mismo gobierno autonómico y está presente en las instituciones de las que la mayoría de los procesados formaban parte», han dicho.

Sentencia el Tribunal Supremo que: «No está en cuestión una forma de pensar, una concepción rupturista de las relaciones entre los poderes del Estado. El día a día de la actividad política enseña la libertad con la que esas ideas son defendidas en las instituciones y en los foros nacionales e internacionales de debate político».