Sigue sin estar permitida apertura de bares, restaurantes y peluquerías por COVID 19

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FOTOGRAFÍA. VALLADOLIDO 8ESPAÑA), 13.04.2020. Un hombre coge una mascarilla de manos de un policía municipal, momentos antes de subirse al autobús, camino de su puesto de trabajo esta mañana en la ciudad de Valladolid. Efe

Efe.- Madrid (España), lunes 13 de abril de 2020. Tras concluir el 9 de abril la restricción a las actividades no esenciales, este lunes regresa al trabajo el grueso de empleados afectados por esa prohibición y las únicas limitaciones a la actividad volverán a ser las recogidas en el decreto de estado de alarma inicial del 14 de marzo.

VÍDEO. Madrid, 13.04.2020.

¿Qué actividades vuelven este lunes y cuáles siguen sin estar permitidas?

De esta manera, pueden volver a la actividad las industrias de los sectores no considerados esenciales para luchar contra la epidemia, o la construcción.

El decreto inicial del 14 de marzo, que ordenó el aislamiento social y restringió los movimientos, determina las actividades que pueden llevarse a cabo y las que se restringen con la finalidad de proteger la salud de los ciudadanos.

– Se permiten las actividades sanitarias, de seguridad y telecomunicaciones, de aduanas, el suministro y distribución de alimentos y productos de primera necesidad, y el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo y gas natural.

– También están amparados los servicios indispensables de empresas e industrias auxiliares -componentes, limpieza, vigilancia y seguridad, mantenimiento y averías urgentes y transportes de mercancías y personas- necesarias para el funcionamiento de las actividades anteriores. También la recogida de basuras y el abastecimiento de agua.

– Se protege el transporte público, aunque sujeto a restricciones en la oferta. A partir de este lunes comienzan a repartirse mascarillas para los trabajadores en los servicios en los que es difícil mantener la distancia mínima.

VÍDEO. Madrid, 13.04.2020.

– Sigue activa la administración de Justicia y todos los servicios ligados a este sector, así como notarías y gestorías, de acuerdo a los servicios esenciales fijados.

– Sigue sin estar permitida la apertura de bares y establecimientos de restauración -que solo pueden prestar servicio a domicilio-, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones y auditorios. Sigue la prohibición de las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.

– Los comercios cuya actividad permite el decreto son tiendas de alimentación, farmacias, centros médicos, ópticas, ortopedias, prensa y papelería, estancos, gasolineras, tiendas de alimentación de animales domésticos y tecnología, comercio por internet, lavanderías.

– En el caso de las peluquerías, solo se permite el servicio a domicilio para garantizar la atención e higiene de las personas más vulnerables.

– Los medios de comunicación pueden seguir manteniendo su actividad.