
Madrid (Reino de España), viernes 8 de agosto de 2025 (Lasvocesdelpueblo).- Solo y únicamente la Dirección General de Tráfico (DGT) autoriza certificación de un patinete eléctrico o monociclo eléctrico en España.
El Ministerio del Interior del Gobierno de España, a través de la DGT informó este viernes sobre los llamados «laboratorios certificadores de patinetes eléctricos y monociclos eléctricos», vehículo eléctrico conocidos con el nombre técnico «Vehículos de Movilidad Personal (VMP)».
«Los laboratorios interesados en poder certificar patinetes eléctricos y monociclos eléctricos deben solicitar a la DGT una autorización antes de poder operar como organismos competentes para la certificación», advierten desde Interior.
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La DGT dice que las marcas o fabricantes de los patinetes eléctricos y monociclos eléctricos «deberán solicitar la certificación de sus vehículos a los laboratorios autorizados como organismos competentes para la certificación de patinetes eléctricos y monociclos eléctricos si quieren poder comercializarlos a partir de 22 de enero de 2024».
Autorización de laboratorios certificadores
La designación del laboratorio como organismo competente (laboratorio autorizado para la realización del proceso de certificación) es de ámbito nacional y establecerá los requisitos exigibles para dichos organismos en materia de autorización de patinetes eléctricos y monociclos eléctricos, cuyos informes y resoluciones tendrán validez nacional.
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Para solicitar la designación como laboratorio autorizado debes cumplimentar el formulario con los datos solicitados y adjuntar al mismo el modelo de «declaración responsable» sobre la competencia técnica y medios materiales y humanos que se exigen para ser laboratorio autorizado que se incluye más abajo.
La resolución, concediendo o denegando la autorización solicitada, será dictada por la Dirección General de Tráfico y será remitida al organismo solicitante.
Requisitos previos
El solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos y demostrar evidencias de ello:
A).- Ser Servicio Técnico designado para la homologación de tipo europeo de vehículos de categoría L según el Reglamento (UE) nº 168/2013, por parte de alguna autoridad de homologación europea.
B).- Disponer de la competencia técnica y medios materiales y humanos, así como las pistas y equipos de ensayo descritos a continuación (Adicionalmente, se deberá disponer de todos los equipamientos y tramos de circuito necesarios para la realización de los ensayos descritos y referenciados a lo largo del presente manual, o equipamientos y tramos de circuito equivalentes que permitan garantizar el cumplimiento de los requisitos recogidos en el mismo):
B1).- Pista de ensayo nivelada con las siguientes características:
- Superficie seca y no deslizante de hormigón o asfalto.
- Pendiente máxima ≤ 1%.
- Coeficiente de asimetría (skewness) ≤ 3%.
B2).- Equipo para medir la velocidad calibrado con las siguientes características:
- Precisión ± 2 %.
- Resolución 0,1 km/h.
C).- Tener experiencia demostrable en sistemas de legislación, reglamentación y certificación.