Torra ve «radicalmente nulo de pleno derecho», ordenar la retirada su acta de diputado

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 03.01.2020. VOX tumba al Gobierno de Torra y manda a Torra a casa. El expresidente de la Generalitat, Quim Torra, atiende a los medios de comunicación durante la visita que ha realizado este viernes a la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña. La Junta Electoral Central ha acordado este viernes ordenar que se retire al presidente de la Generalitat, Quim Torra, su credencial de diputado autonómico, lo que conlleva su inhabilitación. La JEC estima así el recurso presentado por VOX que pedían la inhabilitación inmediata del presidente catalán tras la condena del pasado 19 de diciembre. A los recurso de VOX, se sumaron PP y Ciudadanos para recoger frutas, después de que VOX haya ejercido de acusación popular y condenado a Torra a inhabilitación y multa en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Lasvocesdelpueblo y Agencias – Joaquim (Quim) Torra, ha pedido a la Junta Electoral Central (JEC) que no ejecute la orden «radicalmente nula de pleno derecho e ineficaz» que le inhabilita, ya que la recurrirá ante el Tribunal Supremo alegando que vulnera derechos fundamentales «protegidos por la Constitución». Madrid (España), martes 7 de enero de 2020.

En un escrito, al que ha tenido acceso Efe, Torra solicita a la JEC que, mientras no se haya efectuado un «control judicial» por parte del Supremo, no ejecute su acuerdo del pasado 3 de enero, en el que ordenaba que se le retirara el acta de diputado en el Parlamento de Cataluña, lo que a la práctica supone su inhabilitación como presidente de la Generalidad de Cataluña.

Como el propio Torra ya anunció el pasado viernes en un escrito remitido a la Junta Electoral Provincial de Barcelona, Torra comunica a la JEC que interpondrá un recurso contencioso-administrativo ante el Supremo, en que pedirá como medida cautelarísima la suspensión de la resolución del árbitro electoral.

La JEC acordó el pasado viernes, con siete votos a favor y seis en contra, ordenar a la Junta Provincial de Barcelona que retire el acta de diputado de Torra, una vez se notifique íntegramente el contenido de su resolución, en que estima los recursos de VOX, PP y Ciudadanos para que se retirase el acta de diputado en el Parlamento de Cataluña al condenado a un año y medio y multa de 30 mil euros por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), Joaquim (Quim) Torra Pla. Aunque la condena por desobediencia a la Ley aún no sea firme, la JEC ya puede retirar el acta de diputado a Torra sin esperar sus recursos o el fin del proceso judicial porque son dos procesos diferentes.

Torra avanza que, cuando reciba la notificación formal e íntegra de la JEC, la recurrirá ante el Supremo teniendo en cuenta que la resolución de este organismo vulnera derechos fundamentales «protegidos por la Constitución y el Convenio europeo de Derechos Humanos» y además es «radicalmente nula de pleno derecho e ineficaz».

Por ello, solicita a la JEC que suspenda la ejecución de su acuerdo para no vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que, según resalta, excluye la ejecución material de cualquier gravamen mientras no se haya efectuado un control judicial e impone su suspensión automática.

Torra también advierte en su escrito sobre la «potencial perturbación» que provoca en el «mundo jurídico» la «apariencia de juridicidad» de la resolución de la JEC del pasado 3 de enero.

El recurso que Torra interpondrá ante la sala contencioso-administrativa del Supremo discurrirá de forma paralela al que anunció ante la sala penal del alto tribunal en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), del pasado 19 de diciembre, que le condenó a un año y medio de inhabilitación por no retirar a tiempo los lazos amarillos del Palacio del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en periodo electoral.

El TSJC condenó a Torra por su «recalcitrante y reiterada actitud desobediente» al no acatar las resoluciones de la Junta Electoral Central, lo que, para al tribunal, es muestra de una «voluntad consciente y una disposición anímica inequívoca» de contravenir los mandatos de la autoridad electoral».