Tres jueces progres del TC: La Prisión Preventiva de Junqueras (ERC) anuló sus derechos

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAPÑA), AÑOS 2016. Vista del presidente de la formación separatista amarilla en Cataluña, Izquierda Republicana de Cataluña (ERC), Oriol Junqueras Vies. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias- Tres magistrados del Tribunal Constitucional: Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer y Fernando Valdés, de corte progresista (progre), probablemente nombrados a propuesta del PSOE del actual candidato a la investidura y presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, durante la reforma del Tribunal Constitucional, sostienen en un voto particular que el mantenimiento de la prisión preventiva del golpista exvicepresidente del Gobierno separatista de la Generalidad de Cataluña, Oriol Junqueras Vies, anuló sus derechos políticos y consideran que se debían haber evaluado otras medidas de control menos lesivas. Una crítica de los magistrados progres que llega en plena negociaciones de investidura entre el PSOE y ERC, que sin duda parece más a favores del PSOE al separatismo y principalmente a ERC; y justamente cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) está cerrando su auto sobre el amparo de Junqueras respecto a su prisión preventiva cuando fue diputado europeo electo; un auto del (TJUE) que usarían también los tribunales de países donde huyeron los líderes del Procés para decidir sobre la extradición o no a España del prófugo de la Justicia Carles Puigdemont Casamajò y exconsejeros huidos, aunque dicho auto del (TJUE) no pueda anular de ninguna manera la sentencia del Juicio Procés o el propio Juicio del Procés, así como confirmó un magistrado asesor del mismo (TJUE) en su informe para orientar al (TJUE) en su auto que se conocerá las próximas semanas. Madrid (España), martes 17 de diciembre de 2019. 

En su voto particular discrepante a la sentencia en la que el TC rechazó el amparo a Junqueras, Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer y Fernando Valdés, de corte progresista, señalan que la decisión del juez Pablo Llarena de mantener en preventiva al líder de ERC vulneró su derecho a ejercer sus funciones representativas, en concreto el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes.

«Puede decirse, pues, que el derecho de representación política del recurrente se veía anulado», sostienen los magistrados, para quienes «el derecho controvertido (…) afecta a la estructura del sistema democrático», y que creen que Llarena no ponderó suficientemente «la afectación del derecho de representación política».

En contra de sus nueve compañeros del pleno, los tres estiman que era «necesario» valorar «si era posible adoptar medidas alternativas que paliaran la restricción del ejercicio del derecho de representación política respetando el principio de proporcionalidad con respecto a la necesidad de salvaguardar los fines del proceso penal».