Tribunal (Madrid): La bandera ‘Estrellada’ en Copa del Rey es «libertad ideológica y pensamientos»

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Aficionados de FC Barcelona despliegan una bandera separatista de JxSí y CUP , 'Estrellada', durante la final de la Copa del Rey. Archivo Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias – Este mismo juzgado rechazó en su momento las medidas cautelares pedidas por la Delegación del Gobierno para impedir la entrada al estadio Vicente Calderón -donde se disputó la final- con las Estrelladas. La resolución conocida este viernes, 28 de julio de 2017, establece que «no puede considerarse que la exhibición de la Estrellada pueda comportar o generar violencia, racismo, xenofobia, o intolerancia en el deporte, siendo una mera manifestación de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos». Madrid (España), sábado 29 de julio de 2017. Fotografía: Aficionados de FC Barcelona despliegan una bandera separatista de JxSí y CUP , ‘Estrellada’, durante la final de la Copa del Rey. Archivo Efe

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 de Madrid ha avalado este viernes el uso de las banderas separatista de Juntos Por El Sí (JxSí) y CUP, la llamada ‘Estrellada’, en la final de la Copa del Rey de 2016 al considerar que se trata de una «manifestación de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos». 

El magistrado, en una sentencia dada a conocer este viernes 28 de julio de 2017,, anula parcialmente la orden de la delegada del Gobierno en Madrid, Concepción Dancausa, en la que prohibió la exhibición de las banderas secesionistas del separatismo catalán durante el partido entre el F.C Barcelona y el Sevilla F.C. del 22 de mayo del pasado año 2016.

Tribunal: «La exhibición de Estrellada en campo de deporte» es «mera manifestación de la libertad ideológica»

La resolución establece que «no puede considerarse que la exhibición de la Estrellada pueda comportar o generar violencia, racismo, xenofobia, o intolerancia en el deporte, siendo una mera manifestación de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos».

Recuerda la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que «más allá de que se trate de una expresión ciudadana de carácter político que pueda suscitar múltiples opiniones contrarias, como manifestaciones de la libertad ideológica exigen mutuo respeto».

De esta forma, el magistrado estima la petición presentada por la plataforma separatista ‘Derechos’ (Drets, en lengua regional), en nombre del socio barcelonista Frances-Josep Abad, quien considera en su recurso que prohibir la exhibición de las banderas supone una vulneración de los derechos de libertad de expresión y de libertad ideológica.

Tras analizar la jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo, la resolución establece que la orden de Dancausa lesiona ambos derechos.

Además, recuerda que la ley de 2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte -en base a la que se dictó la orden- «no incluye ninguna referencia a la exhibición de símbolos políticos».

Esta ley es la que rige durante las celebraciones de los partidos de la Liga española y de la Copa del Rey, por lo que la sentencia recuerda que «la normativa UEFA, que se pronuncia sobre la exhibición de símbolos políticos en las competiciones Europeas, únicamente resulta aplicable a los encuentros deportivos» que dependen de ella.

El juez no estima, sin embargo, la petición del recurrente de que tanto la delegada del Gobierno en Madrid como las fuerzas de seguridad no puedan emitir cualquier otra orden que impida la entrada al estadio o la exhibición durante el partido de las banderas separatistas de JxSí y CUP.

Este mismo juzgado rechazó en su momento las medidas cautelares pedidas por la Delegación del Gobierno para impedir la entrada al estadio Vicente Calderón -donde se disputó la final- con las Estrelladas.